RJ 301-2019-ANA

Resumen

Aprobar el "Plan Anual de Trabajo Archivístico de la Sede Central de la Autoridad Nacional del Agua - Año 2020", documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 31 Diciembre, 2019

Clasificación

Jefaturales

Autor

ANA

R.TNRCH. Nº 1420-2019-ANA

Resumen

CUT N°:213276-2019.

IMPUGNANTE: Francisco Huamaní Llamoca.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Francisco Huamaní Llamoca contra la Resolución Directoral N°1295-2019-ANA-AAA-CH.CH, por haberse presentado de forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1044-2019

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1415-2019-ANA

Resumen

CUT N°:24305-2019.

IMPUGNANTE: Comisión de Usuarios Limonyacu Bajo.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación planteado por la Comisión de Usuarios Limonyacu Bajo contra la Resolución Directoral N°1062-2017-ANA-AAA.M, por haberse desvirtuado los argumentos del recurso.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

354-2019

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014.

Marco normativo

Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1414-2019-ANA

Resumen

CUT N°:18293-2019.

IMPUGNANTE: Modas Diversas del Perú S.A.C.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Acto no impugnable

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Modas Diversas del Perú S.A.C. contra la Carta N°068-2019-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL, por considerar que dicha carta no constituye un acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

625-2019

Sumilla

La carta  sobre la faja marginal  no constituye un acto administrativo impugnable.

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1413-2019-ANA

Resumen

CUT N°:164651-2019.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Distrito de Riego Chili Zona Regulada.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Organización de Usuarios de Agua.

SUBMATERIA: Reconocimiento de Consejo Directivo

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Chili Zona Regulada contra la Resolución Administrativa N°362-2019-ANA-AAA.CO-ALA.CH, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 13 de Ley N°30157;  Tercera Disposición Complementaria Transitoria, literal c) del Decreto Supremo N.° 005-2015-MINAGRI – Reglamento de la Ley N°30157,  Artículo 4 de la Resolución Jefatural N°269-2017-ANA.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1094-2019

Sumilla

La Junta no cumplió dentro del plazo legal con adecuar sus estatutos ni su denominación, por lo que correspondía a la Administración inscribir de oficio dicha adecuación. Asimismo, se verificó que existía la delimitación del sector hidráulico correspondiente, condición habilitante para efectuar el cambio de denominación.

Marco normativo

Artículo 13 de Ley N.° 30157;  Tercera Disposición Complementaria Transitoria, literal c) del Decreto Supremo N°005-2015-MINAGRI – Reglamento de la Ley N°30157,  Artículo 4 de la Resolución Jefatural N°269-2017-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RJ 299-2019-ANA

Resumen

Autorización de modificación del Presupuesto Institucional de Apertura para el año fiscal 2019 del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA.

Fecha de Resolución

Martes, 31 Diciembre, 2019

Clasificación

Jefaturales

Autor

ANA

R.TNRCH. Nº 1404-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 107041-2019.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo .

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de las Resoluciones Administrativas N°011, N°012. N°013, N°014 y N°015, N°26 y N°27-2018-ANA/AAA I C-O/ALA-CH, por haberse determinado la existencia de las causales de nulidad previstas en los numerales 1 y 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se declara improcedente la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua respecto a los predios "Canispaya" con UC N°104027,  "Choroja" con UC N°104827, "Choroja" con UC N°104382, "El Tablón" con UC N°105575, "Punque" con UC N°104905, "Canispaya" con UC N°103590 y "La Rinconada" con UC N°103563.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1  del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD-IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

696-2019

Sumilla

Se declara improcedente la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua respecto a los predios indicados, por no haberse cumplido con acreditar la transferencia de propiedad conforme a la normativa vigente.

Marco normativo

Numeral 1  del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1400-2019-ANA

Resumen

CUT N°:224997-2018.

IMPUGNANTE: Isidoro Mamani Quispe.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba,.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Acto no impugnable

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Isidoro Mamani Quispe contra la Carta N°422-2019-ANA-AAA.CO-ALA. CL, por no constituir el referido documento un acto administrativo que pueda ser impugnado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1. del articulo 1, Numeral 116.3 del articulo 116, Artículo 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; 

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1091 -2019

Sumilla

No constituye un acto administrativo una carta  que fue generada por una denuncia es un acto  que no  produce efectos juridicos 

Marco normativo

Numeral 1.1. del articulo 1, Numeral 116.3 del articulo 116, Artículo 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1377-2019-ANA

Resumen

CUT N°:185958-2019.

IMPUGNANTE: AGROINDUSTRIA SAN JACINTO S.A.A.

ÓRGANO: ALA Santa-Lacramarca-Nepeña.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Ausencia de agravio

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por AGROINDUSTRIAS SAN JACINTO S.A.A. contra la Resolución Administrativa N°121-2019-ANA-AAA.HCH-ALA.SLN, por ausencia de agravio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 120.1 del artículo 120° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; articulo 42 del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Obras aprobado mediante Resolución Jefatural N°007-2015-ANA.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

957-2019

Sumilla

Al haberse declarado improcedente la solicitud de permiso de uso de agua por filtraciones, no afectó derecho o interés legítimo, y por tanto no correspondía pronunciamiento adicional sobre su oposición.

Marco normativo

Numeral 120.1 del artículo 120° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; articulo 42 del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Obras aprobado mediante Resolución Jefatural N.° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1368-2019-ANA

Resumen

CUT N°:119716-2019.

SOLICITANTE: Francisco Sandoval De La Cruz.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara improcedente la solicitud de nulidad formulada por el señor Francisco Sandoval De La Cruz respecto a la Resolución Directoral N°1200-2017-ANA-AAA JZ-V, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1079-2019

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor