R.TNRCH. Nº 0876-2019-ANA
Resumen
CUT N°:53353-2019.
IMPUGNANTE: Juana Marlene Sánchez Hernani de Motta.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Juana Marlene Sánchez Hernani de Motta contra la Resolución Directoral N°160-2019-ANA/AAA I C-O, porque dicha resolución ha sido emitida conforme a ley.
MARCO NORMATIVO: Artículo 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
El cauce o álveo es el espacio por el cual discurren las aguas durante sus máximas crecidas o avenidas, por lo constituye un bien de dominio público hidráulico, cuya finalidad es contener y transportar las aguas, y, por tanto, no puede ser utilizado para realizar actividades agrarias o de otro tipo. No es posible amparar la solicitud de formalización de licencia de uso de agua, en virtud a que el predio en el cual se ejercer la licencia de uso de agua ha sido arrasado por el rio y a la fecha forma parte de su cauce
Marco normativo
Artículo 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI