SANCIONAR al señor Rubén Darío Rojo Padilla, identificado con DNI N° 06984792 con una multa equivalente a CERO PUNTO SETENTA Y CINCO (0.75) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por utilizar con fines agrícolas el recurso hídrico superficial proveniente del canal de derivación Bernales para irrigar tres predios ubicados en el sector Miraflores, distrito de Humay, provincia de Pisco y departamento de Ica, cuyos centroides se encuentran ubicados en las coordenadas (UTM WGS 84) i) 403,087 mE – 8’481,513 mN; ii) 402,944 mE – 8’481,393 mN; iii) 403,080 mE – 8’481,318 mN; en un área total de 5.03 ha. aproximadamente, sin contar con el derecho respetivo emitido por la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de Recursos Hídricos, tipificado en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”; concordante con el literal a) del artículo 277° del su Reglamento, “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua” aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
resolución.