R.A. N° 0304-2025-ANA-AAA.CF-ALA.CH.H
DESISTIMIENTO
DESISTIMIENTO
Acreditar, la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 4,555.200 (m³/año) para el desarrollo del proyecto "Mejoramiento del servicio de agua potable rural en localidad de Pampahuire distrito de Curpahuasi de la provincia de Grau del departamento de Apurímac”, por un periodo de dos (02) años, conforme al detalle siguiente:
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0174-2006 GORE-DRAG I/ATDRI, de fecha 13/07/2006, otorgada a favor de PARODI MORALES, JUAN FELIPE HERNAN, respecto a la unidad operativa Cod: 65434.
Acreditar, la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 569.400 (m³/año) para el desarrollo del proyecto "Mejoramiento del servicio de agua potable rural en sector de Loncohuasi distrito de Curpahuasi de la provincia de Grau del departamento de Apurímac”, identificado con CUI 2702197, por un periodo de dos (02) años, conforme al detalle siguiente:
Acreditar, la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 797.130 (m³/año) para el desarrollo del proyecto "Mejoramiento del servicio de agua potable rural en el centro poblado de Sol Naciente del distrito de Curpahuasi de la provincia de Grau del departamento de Apurímac”, identificado con CUI 2702198, por un periodo de dos (02) años, conforme al detalle siguiente:
PRORROGAR el periodo de vigencia del Consejo Directivo 2023 2024, hasta el 31 de diciembre de 2025 del Comité de Usuarios Nro 7 Quinsachata.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Fause Orejuela, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de cuatro (04) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Chullunquiani, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de cuatro (04) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Kaquincora, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de cuatro (04) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Kauso Huayllapujio, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de cuatro (04) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Chaquimayo Cullillaca, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de cuatro (04) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Moquegache Japo, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de cuatro (04) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Barranco Chillihuani, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de dos (02) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Cachaña Cancharapi, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de dos (02) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027.
Reconocer, al Concejo Directivo del Comité de Usuarios Ccolpa Chupa, para el ejercicio de sus funciones en el periodo de cuatro (04) años, comprendido del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029.
Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa MENORCA INVERSIONES S.A.C., sobre autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico subterráneo, en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
CUT: 137639-2025.
IMPUGNANTE: Compañía Minera Caravelí S.A.C.
ÓRGANO: AAA Marañón.
MATERIA: Autorización de reúso de aguas residuales tratadas.
SUBMATERIA: Renovación de autorizaciones de reúso de aguas residuales tratadas.
SUMILLA: La prórroga en materia de recursos hídricos es de aprobación automática cuando la solicitud se presenta dentro de la vigencia del plazo otorgado y el titular no solicita modificaciones a las condiciones que dieron lugar a la autorización primigenia.
MARCO NORMATIVO: Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 004-2025-MINAM.
SENTIDO: Fundado, nulas y reposición.
CUT: 124315-2019.
IMPUGNANTES: Fortunato Fidel Pacheco Apaza y otros.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Regularización de Uso de Agua.
SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública con anterioridad al 31.12.2014.
MARCO NORMATIVO: Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.
SENTIDO: Confirmar e infundado.
CUT: 182060-2020.
IMPUGNANTE: Raymundo Cusacani Cotrado y otros.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Regularización o Formalización de Uso de Agua.
SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública al 31.12.2014.
MARCO NORMATIVO: Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.
SENTIDO: Improcedentes e infundados.
CUT: 75540-2021.
IMPUGNANTE: Carlos Lujan Valderrama.
ÓRGANO: AAA Marañón.
MATERIA: Procedimiento Administrativo General.
SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.
SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.
MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Improcedente.
CUT: 215501-2024.
IMPUGNANTE: Comité Naranjal.
ÓRGANO: ALA Barranca.
MATERIA: Procedimiento Administrativo General.
SUBMATERIA: Agotamiento de la Vía Administrativa.
SUMILLA: Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.
MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.
SENTIDO: No ha lugar.
CUT: 192448-2025.
IMPUGNANTE: Jesús Elías Cárdenas Valdez.
ÓRGANO: AAA Mantaro.
MATERIA: Procedimiento Administrativo General.
SUBMATERIA: Agotamiento de la Vía Administrativa.
SUMILLA: Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.
MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.
SENTIDO: No ha lugar.
CUT: 195989-2025.
IMPUGNANTE: Acuífero Casma S.A.
ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho.
SUMILLA: No corresponde una reducción adicional de la sanción cuando la resolución de primera instancia ya había considerado la atenuación por inicio de formalización.
MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley y artículo 11° del Decreto Supremo N° 001-2024-MIDAGRI.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: Leve - 1 UIT.
CUT: 189441-2025.
IMPUGNANTES: Julio Esmeli Villanueva Rojas
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.
SUMILLA: Cuando la autoridad hubiera podido conocer con diligencia ordinaria la existencia de un litigio sobre el predio (partida registral presentada incompleta, pero que en su versión íntegra contiene una anotación de demanda), entonces, previa verificación, correspondería declarar la inhibición.
MARCO NORMATIVO: Artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Fundado.
CUT: 233085-2024.
SOLICITANTE: Juan Francisco Yovera Yarleque.
ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.
SUMILLA: Es nula la extinción y otorgamiento de una licencia de uso de agua amparada en una compraventa otorgada por un juez de paz que carece de competencia funcional.
MARCO NORMATIVO: Artículo 17° de la Ley de Justicia de Paz, numerales 23.1 y 23.2. del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.
CUT: 167808-2025.
IMPUGNANTE: Julia Angélica Ferreyra Cayo.
ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.
MATERIA: Extinción de Derecho de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Caducidad.
SUMILLA: No corresponde declarar la caducidad del derecho de uso de agua cuando la falta de ejercicio no es imputable al titular, sino a la inoperatividad de la infraestructura hidráulica administrada por la Junta de Usuarios.
MARCO NORMATIVO: Artículo 71° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 102.3 del artículo 102° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG.
SENTIDO: Infundado.
CUT: 76663-2025.
IMPUGNANTE: Comité de Regantes Dren Hualajaico.
ÓRGANO: ALA Huallaga Central.
MATERIA: Organizaciones de Usuarios de Agua.
SUBMATERIA: Reconocimiento de Consejo Directivo.
SUMILLA: No procede el reconocimiento de una junta directiva cuando la organización de usuarios no se encuentra adecuada a la Ley N° 31801 y su Reglamento.
MARCO NORMATIVO: Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31801, Ley que regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos, Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 007-2024-MIDAGRI que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31801 y Artículos 2 y 3 de la Resolución Jefatural Nº 0284-2024-ANA-Lineamientos para la Adecuación de las Organizaciones de Usuarios de Agua a la Ley Nº 31801 y su Reglamento.
SENTIDO: Confirmar.
CUT: 130136-2025.
IMPUGNANTE: Agrícola Don Ricardo S.A.C.
ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Rectificación de error material.
SUMILLA: La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo.
MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Infundado.
CUT: 196666-2025.
IMPUGNANTE: Gustavo Díaz Guevara
ÓRGANO: AAA Marañón.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Construir o Modificar obras sin autorización.
SUMILLA: Los trabajos referidos al vaciado de concreto armado, colocación de acero de refuerzo y fierros corrugados para instalación de columnas sobre el cauce de una quebrada no constituyen obras mínimas.
MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º de su Reglamento.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: Grave - 4.99 UIT.
CUT: 116423-2025.
IMPUGNANTE: Francesco Pascarella.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Construir o Modificar obras sin autorización.
SUMILLA: La construcción de cualquier de obra en el cauce requiere autorización de la Autoridad Nacional del Agua.
MARCO NORMATIVO: Literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: Leve - 1.25 UIT.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, proveniente de las aguas del río Blanco, para el proyecto “INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO A FAVOR DE LOS SEÑORES SILVESTRE GONZALES POVEA Y CATALINA SALAS VERGARA – SECTOR SAUCEDA, DISTRITO DE LIMATAMBO - PROVINCIA DE ANTA – DEPARTAMENTO DE CUSCO”, a favor de los Señores SILVESTRE GONZALES POVEA, identificado con DNI N° 24373107 y, CATALINA SALAS VERGARA, identificada con DNI N° 24374160.
DECLARAR la extinción parcial de la licencia de uso de agua primigenia otorgada mediante Resolución Administrativa N°0059-05-DRALL/ATDRMVCH a favor de María Aurora Godoy Castillo respecto del área transferida dejando subsistente el área remanente del predio denominado Conache UC 01960 con un área total de 3,33298 ha y bajo riego de 3,33038 ha; con un volumen máximo anual de hasta 59 560,52 m3; predio ubicado en el distrito de Laredo, Provincia Trujillo, departamento La Libertad, manteniendo vigente todo lo demás que no se oponga a la presente resolución según los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Rectificar, el error material incurrido en el artículo primero de la parte resolutiva la Resolución Directoral N° 0050-2025-ANA-AAA.HCH, en el extremo de la ubicación del punto de captación de la fuente considerado en el rio Carabamba debe ser en la coordenada WGS84 UTM, Zona 17: 758 634 E - 9 091 194 N y no como erróneamente se consignó, manteniéndose vigente lo demás que contiene y que no se oponga a la presente resolución
Declarar IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la Municipalidad Distrital de Anta; contra la Resolución Directoral N° 0691-2025-ANA-AAA.HCH, de fecha 02.09.2025, por haberse presentado de forma extemporánea y no presentar nuevo medio de prueba, la cual se confirma en todos sus extremos, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
OTORGAR AUTORIZACIÓN DE USO DE AGUA SUPERFICIAL a favor de la Concesionaria Vial Sierra Norte S.A, la autorización de uso de agua para la ejecución del proyecto “Contrato de concesión – Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2: Ciudad de Dios – Cajamarca – Chiple – Cajamarca – Trujillo y Dv. Chilete – EMP.PE3N, para utilizar el agua proveniente del río Motil, quebrada La Huaca y quebrada Hueco Mote
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante R.A. Nº 0086-2005-MA-ATDR-J, de fecha 03.02.2005, a favor de Néstor Gerardo Espinoza Herrera para el predio con U.C. 15981, con un área de 11.10 ha bajo riego.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 1944-2014-ANA-AAA.JZ-V, de fecha 21.10.2014, a favor de Segundo Flavio Rodríguez Espinoza, para el predio “Maffequin” de la unidad catastral 02553, para un área bajo riego de 5.6035 ha
OTORGAR, licencia de uso Agrario de agua superficial a favor de PEDRO CHUQUILIN INFANTE
- OTORGAR, licencia de uso Otros Usos de agua subterráneo a favor de MANUEL AUSBERTO ASTOLINGON TERAN
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0122-2005 MA-ATDR-J, de fecha 03/02/2005, otorgada a favor de MAYANGA MENDOZA, GELMO SALVADOR, respecto a la unidad operativa Cod: 09190, STA. SEGUNDA.
Otorgar LICENCIA de uso de agua Agrícola, Superficial, a favor de: CRUZ CALVANAPON, NILSER ONAN con DNI 43580954
Denegar el pedido de formalización del uso del agua, presentada por el señor (a) ROBERTO ADRIAN MONCADA CASTREJON
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0120-2005 MA-ATDR-J, de fecha 03/02/2005, otorgada a favor de FLORIAN HUAYLLA, JOSE ROMAN, respecto a la unidad operativa Cod: 10627, PELLEJITO.
Otorgar LICENCIA de uso de agua Agrícola, Superficial, a favor de: FLORIAN MOSTACERO, JOSE LUIS con DNI 19258727
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0637-2005 MA-ATDR-J, de fecha 07/09/2005, otorgada a favor de FLORIAN HUAYLLA, JOSE ROMAN, respecto a la unidad operativa Cod: 10692, BARRANCA.
Otorgar LICENCIA de uso de agua Agrícola, Superficial, a favor de: FLORIAN MOSTACERO, JOSE LUIS con DNI 19258727
OTORGAR, la licencia de uso de agua con fines acuícolas a favor de Ramiro Malca Cubas, por un volumen de hasta 202 801.00 m³/año, proveniente del rio La Arangra, para el desarrollo de la actividad productiva de Acuicultura de Recursos Limitados – AREL, en el caserío Nitisuyo Alto, distrito y provincia San Miguel, departamento Cajamarca
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante R.A. Nº 091-2005-AG-INRENA/ATDR-J, de fecha 03.02.2005, a favor de Leoncia Ines De La Cruz Cubas, para el predio “Santa Abelina” de unidad catastral 17199, con área bajo riego de 1.50 ha.
AUTORIZAR la ampliación de la licencia sin goce de remuneraciones, por asuntos particulares, al servidor CAS EDER DANIEL FARFAN SANDOVAL, por el periodo del 15 de noviembre al 14 de diciembre de 2025.
AUTORIZAR el reembolso de gastos por concepto de viáticos por el monto total de S/. 167.00 (siento sesenta y siete con 00/100 Soles), a favor del Ing. Jesús Orlando Mori Flores, quien participó en la reunión de coordinación con la ALA Chancay Lambayeque para brindar orientación respecto a la atención de documentos relacionados al proceso electoral de las comisiones de usuarios que no lograron la elección de sus consejos directivos en el ámbito de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chancay Lambayeque Clase A, bajo los alcances de la Ley N° 31801 y su Reglamento el 31 de octubre del presente año; con cargo a la Meta 0013, Fuente de Financiamiento: RDR y clasificador de gasto 23.21.22, conforme a la parte considerativa.
AUTORIZAR el reembolso de gastos por concepto de viáticos por el monto total de S/. 249.50 (doscientos cuarenta y nueve con 50/100 Soles), a favor de la abogada Zuleyka Deydania Loayza Flores, quien participó en la reunión de coordinación con la ALA Chancay Lambayeque para brindar orientación respecto a la atención de documentos relacionados al proceso electoral de las comisiones de usuarios que no lograron la elección de sus consejos directivos en el ámbito de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chancay Lambayeque Clase A el 31 de octubre del presente año; con cargo a la Meta 0013, Fuente de Financiamiento: RDR y clasificador de gasto 23.21.22, conforme a la parte considerativa.
AUTORIZAR el reembolso de gastos por concepto de viáticos por el monto total de S/.640.00 (seiscientos cuarenta con 00/100 Soles), a favor del Ing. Cesar Ancco Carita, quien en comisión de servicio participó en reuniones de trabajo del Proyecto Especial Olmos Tinajones del Gobierno Regional de Lambayeque, los días 06 y 07 de octubre del 2025, con cargo a la Meta 0155, Fuente de Financiamiento: RDR y clasificador de gasto 23.21.22, conforme a la parte considerativa.
AUTORIZAR el reembolso de gastos por concepto de viáticos por el monto total de S/. 515.00 (quinientos quince con 00/100 Soles), a favor de la abogada Diana Leonor Talavera Martínez, quien viajo a la ciudad de Cusco en comisión de servicios los días 21 y 22 de octubre de 2025, para brindar apoyo en asesoramiento legal con la finalidad de abordar temas de interés sobre la Gestión de Recursos Hídricos, con cargo a la Meta 0009, Fuente de Financiamiento: RDR y clasificador de gasto 23.21.22, conforme a la parte considerativa.