Sancionar al señor Manuelito Cesar Vilcapoma Chamorro, con una multa equivalente a cero coma cinco (0,5) Unidades Impositivas Tributarias (por reducción de multa en aplicación de la condición atenuante de responsabilidad por infracciones), al haberse configurado la comisión de la infracción tipificada en el literal "f” del artículo 277° del Reglamento de la Ley Nº 29338, aprobado por Decreto Supremo N° 001- 2010-AG, consistente en: “Ocupar sin autorización la faja marginal, margen izquierda del río Ichu, mediante la instalación de un depósito con vehículos en mantenimiento y reparación (auto VW-placa C=23132, auto BMW placa AOS-434); una compresora, chatarras diversas, ubicado en el Sector Millpo Ccachuana del distrito de Ascensión, provincia y departamento de Huancavelica.