RESOLUCION DIRECTORAL Nº 386-2025-ANA-OA
DISPONER la pérdida del beneficio de fraccionamiento otorgado a la administrada NELIDA ERMELINDA LEANDRO MARTIN, mediante Resolución Directoral N° 217-2018-ANA-OA, de fecha 27 de agosto de 2018.
DISPONER la pérdida del beneficio de fraccionamiento otorgado a la administrada NELIDA ERMELINDA LEANDRO MARTIN, mediante Resolución Directoral N° 217-2018-ANA-OA, de fecha 27 de agosto de 2018.
APROBAR la donación de (01) bien mueble patrimonial (camioneta) con placa de rodaje N° EGI-218, de propiedad de la Autoridad Nacional del Agua a favor de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Puquina-La Capilla, debidamente inscrito en la P.E. Nº 05003234 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Moquegua, por un valor neto de S/ 1,116.65 (mil ciento dieciséis con 65/100 soles), cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución.
AUTORIZAR la licencia sin goce de remuneraciones al servidor JULIO CESAR VARGAS HUAMAN, con eficacia anticipada, por el periodo del 10 de junio al 31 de julio de 2025.
RECONOCER el derecho a la devolución y DISPONER el pago de dinero por el importe total de S/. 238.10 (doscientos treinta y ocho con 10/100 soles) a favor de la administrada Juana Macarena Herrera Vega, conforme a lo expuesto en la parte considerativa.
RECONOCER, al consejo directivo del Comité de Usuarios Huacotoni Quemuri Pukinihuyo Peña Grande, ubicado en la parcialidad Huacotoni Quemuri del distrito de Inchupalla, provincia de Huancané del departamento de Puno, para el periodo comprendido entre el 01/01/2025 al 31/12/2025, el mismo que queda conformado por:
RECONOCER, al consejo directivo del Comité de Usuarios Cchacani, ubicado en la comunidad campesina Calahuyo del distrito de Vilquechico, provincia de Huancané del departamento de Puno, para el periodo comprendido entre el01/01/2025 al 31/12/2025, el mismo que queda conformado por:
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del Comité de Usuarios de Agua Choquechambi Carpani a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual QUEDA DENOMINADA COMO: COMITÉ DE USUARIOS CHOQUECHAMBI CARPANI, ubicado en la comunidad campesina Choquechambi Carpani, distrito de Muñani, provincia de Azángaro del departamento de Puno.
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del Comité de Usuarios de Agua Huantorcota Mi Triunfo a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual QUEDA DENOMINADA COMO: COMITÉ DE USUARIOS HUANTORCOTA MI TRIUNFO, ubicado en el fundo Huantorcota Mi Triunfo, distrito de Rosaspata, provincia de Huancané del departamento de Puno.
RECONOCER, al “Comité de Usuarios Perhuaperhuani Huijipata”, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de la quebrada Pirhuani, a través de la captación Kollpani margen izquierdo, manantiales “Crusani Perka I” y “Crusani Perka II”, que forma parte integrante del Subsector Hidráulico Huancané, Sector Hidráulico Menor Huancané – Clase B, delimitación aprobada por la Resolución Directoral N° 512-2015-ANA-AAA.TIT y Resolución Directoral N° 358-2017-ANA-AAA TIT, ubicado en la parcialidad Perhuaperhuani Huijipata, distrito de Vilquechico, provincia de Huancané del departamento de Puno.
RECONOCER, al “Comité de Usuarios Trapiche”, conformado por los usuarios que utilizan las aguas del “Rio Trapiche, captación Rebel”; “Rio Trapiche, captación Alcamarini”; “Quebrada Lahualahuani, captación Canterani”; “Quebrada Lahualahuani, captación Culicunca”; “Quebrada Sanchani, captación Sanchani”; “Manantial Huarachani”; “Manantial Tarapujo I”; “Manantial Tarapujo II” y otros, que forma parte integrante del Subsector Hidráulico Suches, Sector Hidráulico Menor Huancané – Clase B, delimitación aprobada por la Resolución Directoral N° 512-2015-ANA-AAA.TIT y Resolución Directoral N° 358-2017-ANA-AAA TIT, ubicado en la comunidad campesina Trapiche, distrito de Ananea, provincia de San Antonio de Putina del departamento de Puno.
ARTÍCULO 1.- APROBAR el caudal ecológico de la quebrada Machu Tambuyoc equivalente a un volumen anual de hasta 3.99 hm3, siendo el volumen de agua que debe mantenerse para la protección y conservación de la fuente natural y los ecosistemas involucrados.
ARTÍCULO 2.- ACREDITAR la disponibilidad hídrica para el otorgamiento de derecho de uso de agua superficial con fines de uso energético a favor la empresa CONTRATISTAS GENERALES WINCHUMAYO E.I.R.L. con RUC N° 20448413552 para el proyecto denominado “Central Hidroeléctrica Winchumayo”, ubicado en el sector de Caxile, distrito de Ituata, provincia de Carabaya, departamento de Puno, cuya acreditación hídrica es de 15.26 hm3.
SE RESUELVE:
ARTICULO 1. DICTAR DE OFICIO la medida cautelar denominada Medidas Preventivas de Carácter Temporal en el Sector Hidráulico Huaura; conforme a lo descrito en las conclusiones del presente Informe Técnico N° 0026-2025-ANA-AAA-CF-ALA.H/ELAO de fecha 12.06.2025.
ARTICULO 2. Establecer al caso excepcional, la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura no se acogerá al artículo 2 del D.S 004-2025-MIDGRI, sobre el enunciado "No puede inscribirse en registros públicos, ningún acto, sin que previamente se haya inscrito la adecuación estatutaria"
DESESTIMAR el procedimiento administrativo signado con CUT N° 45820-2025, sobre extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular, con fines de uso agrario, en el marco de la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA, del predio denominado “Los Sauces”, con U.C. 72439, con área total de 3.8361 hectáreas, seguido por el señor Miguel Angello Arturo Paz Alty, identificado con DNI N° 09336780.
RECONOCER, a los miembros del Consejo Directivo del Comité de Usuarios del Canal Bautista, jurisdicción del Sub-Sector Hidráulico El Pintor.
Incorporar, el acuerdo de adecuación estatutaria del Comité de Usuarios de Agua del Canal Progreso, a la Ley N° 31801.
RECTIFICAR a solicitud de parte el error material contenido en el visto y en el Artículo 2° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 0023-2024-ANAAAA.CHCH de fecha 10.01.2024.
SANCIONAR al señor Juan Carlos Aparcana Quispe, identificado con DNI N° 45404071, con la imposición de una multa administrativa equivalente a CINCO PUNTO CERO UNO (5.01) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por haber construido obras hidráulicas, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, consistente en la perforación de un pozo tubular, ubicado en las coordenadas UTM (WGS 84): 422,435mE – 8´442, 254mN, sector puente Los Maestros, distrito de Los Aquijes, provincia Ica, región Ica, sin la correspondiente autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos previstas en el numeral 3. “Ejecutar obra hidráulica sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, concordante con el inciso b) del artículo 277° del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, “Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, (…)”. Con el agravante establecido en el numeral 3.1) del artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA, el cual ratifica la condición de veda de los acuíferos de Ica, Villacurí y Lanchas, estableciendo que: “Manténgase la prohibición de ejecución de cualquier tipo de obra destinada a la extracción de recursos hídricos subterráneos o al incremento de los volúmenes de extracción”; de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
AUTORIZAR con eficacia anticipada al 13 de febrero del 2025 a la Municipalidad Distrital de Ocucaje, con RUC N° 20176310040, la Ejecución de Obras Mínimas, consistente en trabajos de descolmatación, conformación y reforzamiento de diques en riberas de rio vulnerables ante el peligro en el marguen izquierdo del sector Paraya del distrito de Ocucaje, provincia de Ica.
PRORROGAR por ÚNICA VEZ el plazo otorgado a favor de la empresa Los Olivos de Villacurí S.A.C., con RUC N° 20302872760, mediante Resolución Directoral N° 0204-2025-ANA-AAA.CHCH de fecha 28.02.2025, sobre Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico, consistente en la perforación de un pozo en reemplazo del pozo tubular IRHS-11-01-08-814, ubicado en el sector de Villacurì, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la conformación del Grupo de Trabajo del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas de la Cuenca del Río Huaura, así como la inclusión de las tres instituciones que brindaran apoyo y/o aporte al referido grupo.
RECTIFICAR de OFICIO el error material contenido en su parte expositiva y en el artículo 1° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 0815-2023- ANA-AAA.CHCH de fecha 12.10.2023.
Desestimar la solicitud de aprobación de acreditación de disponibilidad hídrica subterránea de un pozo de tipo tajo abierto proveniente del acuífero Fortaleza, con fines de uso doméstico – poblacional, ubicado en el sector Monte Grande, distrito de Paramonga, provincia de Barranca y región Lima, solicitado por el señor Alfredo Ortiz Guzmán, identificado con DNI 32282467.
PRORROGAR por única vez el plazo otorgado a favor de la empresa Perú LNG S.R.L.; con RUC N° 20506342563, mediante Resolución Directoral N° 0459-2023-ANA-AAA.CHCH, de fecha 26.06.2023; sobre Autorización de Uso de Agua Superficial, para la Ejecución de Actividades de Operación y Mantenimiento del Derecho de Vía, Instalaciones de Superficie y Acceso Viales al Ducto de Uso Principal de Perú LNG; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Extinguir de oficio la licencia de uso subterránea con código pozo IRHS 15.01.06-PP-0006, otorgada mediante Resolución Administrativa 321-2005-AG-DAM/ATDR CHRL de 2005-10-27, a favor de la empresa Menorca Inversiones S.A.C. con RUC 20173223626, para el pozo con código IRHS 15/01/06-0006, ubicado en el «Ex Fundo El Fortín» (ahora urbanización San Antonio), distrito de Carabayllo y región Lima, por caducidad, al haberse configurado la causal de conclusión del objeto para el cual fue otorgado.
PRORROGAR por única vez el plazo otorgado a favor de la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. – CALIDDA; con RUC N° 20503758114, mediante Resolución Directoral N° 0358-2025-ANA-AAA.CHCH, de fecha 28.03.2025; sobre Autorización para la Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial, para la obra denominada “ACCO-23-055 EXT RED DE RIO PUENTE ÑAÑA”; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar extinción de la licencia de uso de agua superficial del río Chillón, otorgada mediante Resolución Administrativa 020-2008/AG/ATDR.CHRL de 2008- 02- 13, a favor de Celestino Tello Vilcamechi, con DNI 06817274, correspondiente al predio con código 02660, de 0,25 ha área bajo riego, por un volumen de 3 710,31 m3 /año, ubicado en el Bloque de Riego Carabayllo, con código PCRL-28-B11, en el ámbito de la Comisión De Regantes de Carabayllo, distrito de Carabayllo y región Lima; por la caducidad, al haberse configurado la causal de conclusión del objeto para el cual fue otorgado.
Conceder la prórroga del plazo de vigencia de la Resolución Directoral 0658-2023-ANA-AAA.CF de 2023-05-18 que aprobó la acreditación de disponibilidad hídrica subterránea proveniente del acuífero del río Cañete con fines de uso agrario, para el proyecto denominado «Sector Fundo San Martín», distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima, tramitado en el «CUT: 231780-2022», a favor de la empresa San Felipe SA, con RUC 20322766018, considerando que la prórroga será por un plazo de dos «2» años calendario, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento del plazo primigenio; es decir, desde 2025-05-25 hasta el 2027-05-25.
Declarar extinción de la licencia de uso de agua superficial del río Chancay Huaral, otorgada mediante Resolución Administrativa 0122-2025/GRL.DRAL/ATDRCH-H de 2005-07-22, a favor del señor José Igue Shinzato, identificado con DNI 06247497, correspondiente al predio con código 03820, de 14,79 ha área bajo riego, por un volumen de 19 597 m3 /año, ubicado en el Bloque de Riego Jesús del Valle - Filtraciones con código PHUH2706-B34, en el ámbito de la Comisión de Usuarios Jesús del Valle, Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chancay Huaral, distrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima.
Declarar infundado el recurso impugnativo de reconsideración presentado por el señor José Antonio Iturrizaga Neyra con DNI 08251518, gerente general de la empresa Corporación Sauce Alto S.A.C, con RUC 20548137595, en contra de la Resolución Directoral 0139-2025-ANA-AAA.CF.
Declarar extinción parcial de la licencia de uso superficial del río Huaura otorgada mediante Resolución Administrativa 0055-2025-ANA-AAA.CF-ALA.H de 2025-04-13, a favor del señor Luis Ángel Morales Gamarra, identificado con DNI 15762728, correspondiente al predio «Olivares A-44 Chacaca», con U.C. 08154, con un volumen de 50 446,9940 m3 /año, para un área de 2,7535 ha bajo riego, ámbito de la Comisión de Usuario Subsector Hidráulico Ingenio, distrito y provincia de Huaura, región Lima, por renuncia del titular de acuerdo a los fundamentos antes mencionados.
Aprobar, la acreditación de disponibilidad hídrica subterránea para un pozo tubular «IRHS 15/06/01-88» proveniente del acuífero Chancay-Huaral, con un volumen 105 481 m3 /año, con fines de uso poblacional, para el proyecto denominado «Residencial Los Naranjos», ubicado en el sector la Esperanza, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, a favor de la empresa Integra Plus Inmobiliaria S.A.C., con RUC 20613066099.
Aprobar, la acreditación de disponibilidad hídrica superficial proveniente del rio Huaura, con volumen de 32 180 m3 /año, con fines de uso agrario, para el predio de 5,00 ha área bajo riego, ubicado en el sector Tiroler, distrito de Vegueta, provincia de Huaura y región Lima, a favor del señor Ulianov Emerson Zavala Rutti, identificado con DNI 10120676.
Aprobar, la actualización de la delimitación de la faja marginal de la quebrada Huascarán cauce principal (Huascarán 01), en ambas márgenes, que fue aprobado mediante Resolución Directoral 479-2021-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, actualizando los hitos desde HD-1 y HI-1 hasta HD-33 y HI-46, que comprende 40 hitos en ambas márgenes georreferenciadas y validados en coordenadas UTM WGS 84.
Modificar la licencia de uso de agua subterránea con fines de uso Industrial, otorgada mediante la Resolución Administrativa 424-2011-ANA-ALA.CHRL, a favor de la empresa Tecnológica de Alimentos S.A, con RUC 20100971772.
Desestimar la solicitud de autorización de ejecución de obra en fuente natural «Proyecto construcción de Puente Perlita – distrito de Chavín – provincia de Chincha – departamento de Ica», presentada por el señor Luis Renato Piazzon Falcone, con DNI 41429230, representante legal de la empresa Nexa Resources Perú SAA., con RUC 20100110513 de conformidad con los considerandos expuestos.
Rectificar, el error material incurrido en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1576-2024-ANA-AAA.PA., de fecha 27 de noviembre del 2024, en el extremo de la ubicación de las coordenadas UTM de la fuente de agua manantial Orccopuquio.
Declarar Inadmisible el Recurso de Reconsideración interpuesto por la señora Yoliza Vega Carrasco, contra la Resolución Directoral N° 0373-2025-ANAAAA. PA, su fecha 30 de abril de 2025, por no estar sustentada en nueva prueba, incumpliendo el requisito establecido en el artículo 219° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Prorrogar, por única vez y con eficacia anticipada al 24 de mayo de 2025, la autorización el uso del agua superficial otorgada, a MINERA LAS BAMBAS S.A., inscrita en la Partida Electrónica N° 12587752 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, mediante Resolución Directoral N° 0305-2023-ANA-AAA.PA su fecha 11 de mayo de 2023, en los mismos términos y condiciones en que fue concedida.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0087-2005 MA-ATDR-J, de fecha 03/02/2005, otorgada a favor de MENDOZA MONCADA, MILCIADES, respecto a la unidad operativa Cod: 15895, EL PANTEON y Otorgar LICENCIA de uso de agua Agrícola, Superficial, a favor de: PEREZ TERRONES SARA con DNI 19220342, MENDOZA PEREZ JACKELINE con DNI 41054595, MENDOZA PEREZ AURORA BLANCA con DNI 19327268, MENDOZA PEREZ JORGE LUIS con DNI 19337478
Acreditar la disponibilidad hídrica, autorizar las obras de aprovechamiento hídrico y OTORGAR, licencia de uso Agrario de agua superficial a favor de Santos Silvio Uceda Castillo
Acreditar la disponibilidad hídrica, autorizar las obras de aprovechamiento hídrico y OTORGAR, licencia de uso Agrario de agua superficial a favor de YESI MARGOT MOSTACERO MOSTACERO.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0662 2005 MA-ATDR-J, de fecha 07/09/2005, otorgada a favor de PLASENCIA ZAPATA, LUIS FERNANDO, respecto a la unidad operativa Cod: 03815, SAN LUIS y Otorgar LICENCIA de uso de agua Agrícola, Superficial, a favor de: MARCELA FRANCCESCA PLASENCIA ZAPATA con DNI 40773931
Declarar Improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, formulada por Efraín Lauro Salinas Lunarejo, tramitada con CUT N° 36615-2025, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, disponer el archivo del presente procedimiento.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial a favor de SANTIAGO ABEL VARAS CABRERA identificado con DNI 18195052, con un volumen máximo anual de hasta 4465,00 m , cuya fuente es el rio carabambita, para el predio denominado Loma de Papoque S/UC de un área total de 0,6400 ha., y área bajo riego de 0,50 ha., ubicado en el distrito de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial a favor de SANTOS LUZ VARAS CABRERA identificado con DNI 80379964, con un volumen máximo anual de hasta 4468,00 m , cuya fuente es el rio carabambita, para el predio denominado Loma de Papoque S/UC de un área total de 0,5670 ha., y área bajo riego de 0,50 ha., ubicado en el distrito de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial a favor de ROSARIO MARTIRES VARAS CABRERA identificado con DNI 19570742, con un volumen máximo anual de hasta 2323,00 m , cuya fuente es el rio carabambita, para el predio denominado Loma de Papoque S/UC de un área total y área bajo riego de 0,26 ha., ubicado en el distrito de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial a favor de OSCAR ARTURO VARAS CABRERA identificado con DNI 43213122, con un volumen máximo anual de hasta 4468,00 m , cuya fuente es el rio carabambita, para el predio denominado Loma de Papoque S/UC de un área total de 0,59 ha., y un área bajo riego de 0,50 ha., ubicado en el distrito de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial a favor de VILMAR NOEMI VARAS CABRERA identificado con DNI 41873286, con un volumen máximo anual de hasta 2 682,00 m , cuya fuente es el rio carabambita, para el predio denominado Loma de Papoque S/UC de un área total de 0,30 ha., y un área bajo riego de 0,30 ha., ubicado en el distrito de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial a favor de GABINO MELANIO VARAS CABRERA identificado con DNI 18195099, con un volumen máximo anual de hasta 6 708,00 m , cuya fuente es el rio carabambita, para el predio denominado Loma de Papoque S/UC de un área total de 0,88 ha., y un área bajo riego de 0,75 ha., ubicado en el distrito de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial a favor de SANTIAGO ABEL VARAS CABRERA identificado con DNI 18195052, con un volumen máximo anual de hasta 1 253,00 m , cuya fuente es el rio carabambita, para el predio denominado Loma de Papoque S/UC de un área total de 1,5 ha., y un área bajo riego de 1,40 ha., ubicado en el distrito de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad