R.TNRCH. Nº 0302-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 177296-2019.

IMPUGNANTE: Cesaria Roque Castañeda.

ÓRGANO: AAA Pampas-Apurimac.

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento sancionador instaurado contra la señora Cesaria Roque Castañeda a traves de la Notificacion N° 224-2018-ANA-AAA.PA-ALA-MEDIO APURIMAC PACHACHACA, disponiendose el archivo de dicho procedimiento y dejandose sin efecto legal la Resolucion Directoral N° 0646-2019-ANA-AAA.PA.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de Oficio

 

 

Fecha de Resolución

Martes, 02 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

159-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolucion de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0296-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 27287-2020.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidraulico Menor Jequetepeque - Clase A.

ÓRGANO: ALA Jequetepeque.

SUMILLA: Se resuelve no haber merito para declarar de oficio la nulidad de la Resolucion Administrativa N° 423-2019-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ, solicitada por la Junta de Usuarios del Sector Hidraulico Menor Jequetepeque - Clase A, porque dicha resolucion ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Tarifa por Utilizacion de Infraestructura Hidraulica Menor.

SUB MATERIA: Utilización de la infraestructura hidráulica  menor

MARCONORMATIVO: artículo 6° del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

170-2020

Sumilla

Se advierte que se otorgó al Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña el titulo habilitante de Operador de la Infraestructura Hidráulica del Sector Hidráulico Mayor Jequetepeque - Clase A, en mérito de lo cual, es el responsable de administrar en forma exclusiva el sector hidráulico mayor a su cargo, realizando entre otras actividades, la recaudación del pago por la tarifa por el uso de la infraestructura hidráulica mayor, destinándola para la ejecución de sus respectivos planes.

Marco normativo

artículo 6° del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD N° 0179-2020-ANA-AAA.MDD

Resumen

DECLARAR el ABANDONO del procedimiento administrativo iniciado por el Sr. HIPOLITO CASIMIRO TICONA COA, con DNI Nº 24699197, sobre Autorización de uso temporal de una isla del Rio Inambari para siembra de cultivos.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0324-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 23099-2020.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Cañete.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Provincial de Cañete contra la Resolución Directoral N° 1842-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, la misma que se declara nula por haberse vulnerado el Principio del Debido Procedimiento Administrativo y la motivación del acto administrativo.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

MARCO NORMATIVO: numeral 227.2 del artículo 227° del Texto unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado.

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

204-2020

Sumilla

Se verifica que el escrito de fecha 19.12.2019, descargos al informe final de instruccón, no fue tomado en cuenta a efectos de emitir un pronunciamiento motivado, por lo que la resolución recurrida se encuentra incursa en la causal de nulidad insubsanable.

Marco normativo

numeral 227.2 del artículo 227° del Texto unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD N° 0178-2020-ANA-AAA.MDD

Resumen

OTORGAR licencia de uso de agua subterránea en vía de regularización con fines doméstico - poblacíonal a favor del señor WILBER CHAMPI HANCCO, identificado con DNI Nº 40815287, para aprovechar un volumen anual de hasta 693.74 m3.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0319-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 191285-2019.

IMPUGNANTE: Agrolmos S.A.

ÓRGANO: ALA Motupe-Olmos-la Leche.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Agrolmos S.A. contra la Resolución Administrativa N° 167-2019-ANA-AAA.JZ-ALA.MOL, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

940-2019

Sumilla

Se concluye que la Resolución Administrativa, contiene una forma válida de motivación, razón por la cual, en el momento de su emisión, la Administración Local de Agua Motupe Olmos La Leche no Incurrió en las causales de nulidad.

Marco normativo

artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0266-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 21506-2020.

SOLICITANTE: Rister Salazar Panduro.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 396-2017-ANA-AAA-IX-UCAYALI, solicitada por el señor Rister Salazar Panduro, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Prescripcion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

134-2020

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0263-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 263092-2019.

IMPUGNANTE: Peter Kuljich Bronchu.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Peter Kuljich Bronchu contra la Resolución Directoral N° 276- 2019-ANA-AAA-UCAYALI, por haberse desvirtuado los argumentos de su recurso.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 12 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

169-2020

Sumilla

Se debe precisar que la sustanciación de un procedimiento administrativo sancionador es independiente del trámite de otorgamiento de licencia de uso de agua, por lo que, corresponde ser resuelto por el órgano competente. 

Marco normativo

numeral 12 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

Gobierno formalizará 398 licencias para uso poblacional y 274 licencias para uso agrario en bloque de riego

Fecha de publicación

Lunes, 03 Agosto 2020
  • ANA inició trabajos de formalización en regiones de Arequipa, Ayacucho Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura, Apurímac y Lima

En lo que resta del presente año 2020, el Ministerio de Agricultura y Riego a través de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) formalizará el uso de los recursos hídricos superficiales y subterráneos mediante el otorgamiento de licencias de uso de agua a través de procedimientos simplificados, masivos y gratuitos.

Durante su presentación ante el Congreso, el presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano, informó que en lo que resta del presente año 2020, se formalizará en el uso agrario 274 bloques de riego que benefician a 17 350 hectáreas conducidas por 108,450 personas.

Para uso poblacional se formalizará 398 centros poblados con 50 mil habitantes, con ello se contribuirá al cierre de brecha de la formalización de usos de agua en uso agrario que asciende a 1 217 471 hectáreas que representa el 47%, y en el uso poblacional de 13 110 244 habitantes que representa el 44.6%.

Con la Formalización de Derechos de Uso de Agua (FODUA), el usuario contará con seguridad jurídica por el uso del agua y tendrán la posibilidad de mejorar su sistema de abastecimiento mediante proyectos de inversión pública y acceso a préstamos de entidades bancarias.

La FODUA se llevará a cabo en las regiones de Arequipa, Ayacucho Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura, Apurímac y Lima mediante el otorgamiento de licencias de uso de agua que la Autoridad Nacional del Agua entregará durante el segundo semestre del presente año.

En otro momento, el titular de la PCM anunció que en los próximos meses se formalizará 3 mil pozos de agua subterráneos para uso poblacional, agrícola y otros usos.

Lima, 3 de agosto 2020

Interactúa con nosotros:

R.TNRCH. Nº 0316-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 235846-2019.

IMPUGNANTE: Refrigerados Fisholg & Hijos S.A.C.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Refrigerados Fisholg & Hijos S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 2502- 2019-ANA-AAA-JZ-V, la misma que es declarada nula, en el extremo que resuelve declarar improcedente su solicitud de modificación de la autorización de reúso de aguas residuales tratadas y en consecuencia, se dispone la reposición del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 de la presente resolución.

MATERIA: Autorización de Reúso de Aguas Residuales.

SUB MATERIA: Renovación de autorizaciones de reusó de aguas residuales tratadas

MARCO NORMATIVO: numeral 27.3 del artículo 27° de la Resolución Jefatura N° 224-2013-ANA

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1158-2020

Sumilla

Este Tribunal ha podido advertir que la Autoridad Administrativa del Agua  únicamente Indicó que no evidenciaba en autos que Refrigerados Fisholg & Hijos S.A.C. haya cumplido con presentar la modificación de su instrumento de gestión ambiental.

Marco normativo

 numeral 27.3 del artículo 27° de la Resolución Jefatura N° 224-2013-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor