R.TNRCH. Nº 0351-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 252658-2019.

IMPUGNANTE: Luis Alberto Reyes Ruiz.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Luis Alberto Reyes Ruiz contra la Resolución Directoral N° 1865-2019-ANA-AAA-CH.CH, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Mantener en malas condiciones la infraestructura hidráulica

MARCO NORMATIVO: Artículo 254° y 255°  del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1229-2019

Sumilla

En el presente caso la conducta infractora ha sido válidamente constatada por la autoridad instructiva  y que la responsabilidad del impuganante  se encuentra debidamente acreditada con los medios probatorios.

Marco normativo

Artículo 254° y 255°  del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0366-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 215294-2019.

IMPUGNANTE: Agroindustrias San Jacinto S.A.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación presentado por Agroindustrias San Jacinto S.A.A. contra la Resolución  Directoral N° 1060-2019-ANA-AAA.H.CH, en el extremo de la aplicación del criterio de reincidencia, reformulando la sanción impuesta a una multa equivalente a 0.5 UIT.

MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Derecho de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 3 del articulo 248° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo  General.              numeral 278.2 del articulo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos 
Hidricos.

SENTIDO: Fundado en Parte 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1080-2019

Sumilla

En el presente caso no correspondia que la Autoridad Administrativa del Agua haya considerado el criterio de reincidencia en el momenta de calificar la infracción y determinar la sanción administrativa de multa que debia imponerse a Agroindustrias San Jacinto S.A.A.; motivo por el cual, corresponde amparar en este extrema el argumento de la apelante, y en consecuencia, reformular la sanción administrativa de multa a 0.5 UIT. 

Marco normativo

numeral 3 del articulo 248° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo  General.                                                  numeral 278.2 del articulo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0350-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 243979-2019.

IMPUGNANTE: Marybel Andía Acuña.

ÓRGANO: AAA Pampas-Apurimac.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Marybel Andía Acuña contra la Carta N° 119-2019-ANA-AAA.PA., debido a que este Tribunal no posee competencia para avocarse al conocimiento de dicha pretensión.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUB MATERIA: Incompetencia

MARCO NORMATIVO:  articulo 4° Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resoluciones de Controversias Hidricas

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1241-2019

Sumilla

Este Tribunal no resulta competente para atender dicho pedido al no encontrarse dentro de las funciones que le han conferido, razon por la cual, de acuerdo al organo de primera instancia , corresponde que sea tramitada ante el poder judicial.

Marco normativo

articulo 4° Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resoluciones de Controversias Hidricas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0365-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 221954-2019.

IMPUGNANTE: Angelino Arturo Vigo León.

ÓRGANO: Administración Local de Agua Jequetepeque.

SUMILLA: Se declara nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 149-2019-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ y de la Resolución Administrativa N° 199-2019-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ; disponiéndose retrotraer el procedimiento administrativo conforme a lo expuesto en el numeral  6.15 de la presente resolución.

MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Derecho de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

MARCO NORMATIVO: numeral 23.3 del articulo 23° de la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA numeral 227.2 del articulo 227° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1075-2020

Sumilla

Del presente caso se desprende que no se le comunico a la Sucesión Clemente Vigo Arce sobre la solicitud de extinción y otorgamiento de la licencia de uso de agua por cambio de titular del predio, presentada por el senor Angelino Arturo Vigo, hecho que constituye una vulneración  a su derecho de defensa, esto ultimo, debido a que nose le brindo la oportunidad de tomar conocimiento de un pedido que podria afectar su derecho como titular de una licencia de uso de agua.

Marco normativo

numeral 23.3 del articulo 23° de la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA numeral 227.2 del articulo 227° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0364-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 220970-2019.

IMPUGNANTES: Municipalidad Distrital de Salas.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por la Municipalidad Distrital de Salas contra la Resolución Directoral N° 794-2019-ANA-AAA-CH.CH, por haberse presentado en forma extemporánea. 

MATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extemporaneo

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1082-2019

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0363-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 93978-2019.

IMPUGNANTES: Catalina Benegas Manchego y Pastora Sixta Benegas Manchego.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declaran infundados los recursos de apelación presentados par las señoras Catalina Benegas Manchego y Pastora Sixta Benegas Manchego contra la Resolución Directoral N° 282-2019-ANA/AAA.CO, debido a que sus fundamentos de impugnación han sido desvirtuados.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1120-2019

Sumilla

Se tiene que el argumento de apelación no ha logrado desvirtuar la condición de extemporaneidad, por lo que, persiste el hecho de haber sido presentado fuera del plazo de ley.

Marco normativo

Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.A. N° 087-2006-AG-DRA-P/ATDRP

Resumen

Modificar el artículo 1° de la Resolución Administrativa N°022-2002-CTARP-DRAP/ATDRP, de fecha 26 de agosto del 2002,debiendo consignarse de la siguiente manera :Otorgar licencia de uso de agua con fines poblacionales a favor del Barrio Tres de Octubre para el uso de hasta 4.7 lits/seg. de las aguas provenientes del manantial Shaura (0.5) manantial Guñogpuquio (0.2) y la quebrada Amabolayoc 2(4.0) con fines de satisfacer las necesidades de consumo de la población del  mencionado barrio,ubicado en el sector del mismo nombre ,perteneciente al distrito de Huariaca ,provincia  y departamento de Pasco.

Fecha de Resolución

Lunes, 24 Julio, 2006

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A. N° 086-2006-AG-DRA-P/ATDRP

Resumen

Reconocer a la Junta Directiva del Comité de Pucará ,ubicado  en el Sector de Riego Paucartambo ,perteneciente al distrito de Paucartambo al distrito de Paucartambo ,provincia  de Pasco y a su primera Junta Directiva integrada por los siguientes miembros:
Presidente           :Sr. REMENTERIA MONTES ,Edgar
Vicepresidente     :Sr. ALVAREZ PAUCAR ,Pepe Orval
Secretario            :Sr. CAMPOS RICALDI,Pablo
Tesorero               :Sr. GAMARRA GUERRA,Jacinto
Vocales                :Sr.REYES CAÑETE,Lorenzo
                             :Sr. ALVAREZ CASIMIR,Luis

Fecha de Resolución

Lunes, 24 Julio, 2006

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A. N° 084-2006-AG-DRA-P/ATDRP

Resumen

Disponer que el usuario COMPAÑIA MINERA MILPO S.A.A. cancele los recibos N°2006001525-I por el importe total  de S/.38,603.49,N°2006001525-II por el importe total deS/.38,000.00 y el N°2006001525-III por el importe total de S/.38,000.00 de uso de agua superficial con fines poblacionales correspondiente al año 2006 de acuerdo al volumen e importe que se detalla, en el Banco de la Nacion mediante el servicio de recaudación vía Teleproceso al código 00299, dentro  de los plazos establecidos en la R.A.N° 083-2006-AG-DRAP/ATDRP y de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerados.

Fecha de Resolución

Lunes, 03 Julio, 2006

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A. N° 083-2006-AG-DRA-P/ATDRP

Resumen

Aceptar el fraccionamiento de pago del Recibo por consumo de agua con fines mineros correspondiente a la tarifa 2006, a Compañia Minera Milpo S.A.A., disponiendo su cancelación en tres(3)cuotas fraccionadas de la siguiente manera.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Junio, 2006

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua