R.TNRCH. Nº 0532-2020-ANA
Resumen
CUT N°: 97875-2020.
IMPUGNANTES: Junta de Usuarios del Valle Supe, Genaro Espinoza Prado, Simeón Cirilo Herrera Bonifacio, Julio Romero Gavedia, Agapito Ávila Lezama, Reynaldo Torres Ramírez, Teófilo Beltrán Sánchez, Marino Guzmán Díaz Vega y Victor Manuel Jaime Urrunaga.
ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.
SUMILLA: Se declara la caducidad de oficio del procedimiento administrativo sancionador iniciado a través de la Notificación Múltiple N° 005-2019-ANA-AAA.CF-ALA.B, dejando sin efecto legal la Resolución Directoral N° 1466-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA y la Resolución Directoral N° 132-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA; asimismo, se dispone el archivo del procedimiento.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Caducidad
MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Caducidad
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.
Marco normativo
Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.