R.TNRCH. Nº 0453-2022-ANA
Resumen
CUT N°: 118901-2021.
IMPUGNANTE: Empresa Agraria Azucarera Andahuasi S.A.A.
ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.
SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por Empresa Agraria Azucarera Andahuasi S.A.A., en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 0287-2022-ANA-AAA.CF, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme con el numeral 6.25 de la presente resolución.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorizacion
MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Fundado
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se disponga la reposición del procedimiento hasta el momento en que el vicio se produjo, esto es hasta que el órgano instructor formule un informe final de instrucción en el que determine de manera motivada, las conductas que se consideren probadas constitutivas de infracción, la norma que prevé la imposición de sanción; y, la sanción impuesta o la declaración de no existencia de infracción.
Marco normativo
Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.