R.TNRCH. Nº 0425-2023-ANA
Resumen
CUT N°: 206386-2021
SOLICITANTE: Administración Local de Agua Colca-Siguas-Chivay
ORGANO: AAA Caplina – Ocoña
SUMILLA: No haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la resolución ficta generada por la aplicación del silencio administrativo positivo recaído en la solicitud de autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica presentada por Compañía Minera Zafranal S.A.C., debido a que no se ha configurado ninguna de las causales de nulidad previstas en el artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua
SUB MATERIA: Autorización de Ejecución de Estudios de Disponibilidad Hídrica
MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Nulidad de Oficio
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Este Tribunal determina que no existe mérito para declarar la nulidad de oficio por haber operado el silencio positivo, no se acredita la afectación del interés público o lesión de derechos fundamentales.
Marco normativo
Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.