R.TNRCH. Nº 0262-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 270008-2023.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

300-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0279-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 222725-2023.

IMPUGNANTE: Desarrollo Frutícola Sudamericana S.A.C.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es improcedente el recurso de apelación interpuesto contra una supuesta denegatoria ficta por silencio administrativo negativo, cuando el procedimiento está sujeto a silencio positivo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 36.1 del artículo 36°, numeral 197.1 del artículo 197° y artículo 199° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Numeral 84.1 del Artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

190-2024

Sumilla

Es improcedente el recurso de apelación interpuesto contra una supuesta denegatoria ficta por silencio administrativo negativo, cuando el procedimiento está sujeto a silencio positivo.

Marco normativo

Numeral 36.1 del artículo 36°, numeral 197.1 del artículo 197° y artículo 199° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Numeral 84.1 del Artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0261-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 267307-2023.

ORGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

250-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0260-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 15209-2024.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

253-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0259-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 30036-2024.

SOLICITANTE: Juan Carlos Manuel Contreras Pardo.

ORGANO: ALA Camaná-Majes.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no es competente para resolver presuntas inconductas funcionales, en observancia de las atribuciones otorgadas a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 24.2 del artículo 24° del “Reglamento interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua”; y, subnumeral 5.7 del numeral V de la Directiva General N° 005-2020-ANA-J-OA – “Normas y procedimientos para la aplicación del régimen disciplinario y procedimiento sancionador en la Autoridad Nacional del Agua”.

SENTIDO: Falta de competencia.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

242-2024

Sumilla

El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no es competente para resolver presuntas inconductas funcionales, en observancia de las atribuciones otorgadas a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 24.2 del artículo 24° del “Reglamento interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua”; y, subnumeral 5.7 del numeral V de la Directiva General N° 005-2020-ANA-J-OA – “Normas y procedimientos para la aplicación del régimen disciplinario y procedimiento sancionador en la Autoridad Nacional del Agua”.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0258-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 41341-2024.

SOLICITANTE: Luciana Echevarría Huamani.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: Cuando la denuncia se basa en la demora del funcionario y el trámite ya culminó, se produce la sustracción de la materia.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

292-2023

Sumilla

Cuando la denuncia se basa en la demora del funcionario y el trámite ya culminó, se produce la sustracción de la materia.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0257-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 20075-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Alto Piura – Clase B.

ORGANO: AAA - Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: La disposición que resuelve un cuestionamiento al informe técnico que recomienda el inicio de un procedimiento administrativo no es un acto administrativo impugnable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

555-2023

Sumilla

La disposición que resuelve un cuestionamiento al informe técnico que recomienda el inicio de un procedimiento administrativo no es un acto administrativo impugnable.

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0256-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 42663-2022.

SOLICITANTE: Comité de Usuarios de Agua Valle Tutapa.

ORGANO: TNRCH.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: Las decisiones adoptadas por este Tribunal agotan la vía administrativa y solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22º de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, artículo 23º del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No ha lugar.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

068-2022

Sumilla

Las decisiones adoptadas por este Tribunal agotan la vía administrativa y solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

Marco normativo

Artículo 22º de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, artículo 23º del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0255-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 239600-2022.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de la Comunidad Club Paracas.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: La licencia de uso de agua con fines poblacionales se otorga a las organizaciones comunales encargadas de la administración, operación y mantenimiento de los servicios de saneamiento de su comunidad, debidamente reconocidas por la municipalidad de su jurisdicción.

MARCO NORMATIVO: Artículos 39º y 47° de la Ley Nº 29338, artículo 59º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 15° de Decreto Legislativo Nº 1280, artículo 20° de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y artículos 3° y 7° de la Resolución Jefatural N° 330-2011- ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

571-2023

Sumilla

La licencia de uso de agua con fines poblacionales se otorga a las organizaciones comunales encargadas de la administración, operación y mantenimiento de los servicios de saneamiento de su comunidad, debidamente reconocidas por la municipalidad de su jurisdicción.

Marco normativo

Artículos 39º y 47° de la Ley Nº 29338, artículo 59º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 15° de Decreto Legislativo Nº 1280, artículo 20° de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y artículos 3° y 7° de la Resolución Jefatural N° 330-2011- ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0254-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 77078-2023.

IMPUGNANTE: Domitila Yolanda Paredes Viuda De Haga.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: La sucesión intestada inscrita constituye un título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA y artículo 660° del Código Civil.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

537-2023

Sumilla

La sucesión intestada inscrita constituye un título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA y artículo 660° del Código Civil.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas