R.TNRCH. Nº 0544-2024-ANA
Resumen
CUT N°: 237231-2022.
IMPUGNANTE: Rogerio Celis Ventura.
ORGANO: AAA Marañón.
MATERIA: Extinción de derecho de uso de agua.
SUBMATERIA: Nulidad.
SUMILLA: La extinción de un derecho de uso de agua por causal de nulidad, solo procede dentro de un plazo de 2 años de consentido el acto. En este caso, el plazo ha vencido en exceso.
MARCO NORMATIVO: Artículo 70° de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La extinción de un derecho de uso de agua por causal de nulidad, solo procede dentro de un plazo de 2
años de consentido el acto. En este caso, el plazo ha vencido en exceso.
Marco normativo
Artículo 70° de la Ley de Recursos Hídricos.