R.TNRCH. Nº 0122-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 245320-2019.

IMPUGNANTE: Jaime Luis Carranza Villar.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por el señor Jaime Luis Carranza Villar contra la Resolución Directoral N° 1341-2019-ANA-AAA.M, en consecuencia, se revoca el referido acto administrativo, y se dispone el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Sustraer el agua cuyo uso ha sido otorgado a terceros/ Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

MARCO NORMATIVO: articulo 277° en los literales n) y o) del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Fundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1253-2019

Sumilla

Se podría aseverar la existencia de algún tipo de daño en la infraestructura hidráulica, cuando no se ha determinado que la misma haya sido aprobada como tal por la autoridad competente. Es decir, al no comprobarse que dicha acequia rustica no forma parte de la Infraestructura hidráulica pública no puede hablarse de daño.

Marco normativo

articulo 277° en los literales n) y o) del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0093-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 231927-2019.

IMPUGNANTE: Transportes Ispana E.I.R.L

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Transportes Ispana E.I.R.L. contra la Resolución Directoral N° 1560-2019-ANA-AAA-CH.CH, debido a que dicho acto administrativo se ha emitido conforme a ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorización/Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización//Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

MARCO NORMATIVO: numeral 12 del articulo 15° de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1108-2019

Sumilla

La circunstancia que los informe técnicos hayan sido emitidos dos años luego de la realización de la primera inspección ocular, no enerva la responsabilidad administrativa de la apelante y a su vez no es mérito para declarar la prescripción de la acción administrativa por la comisión de las infracciones imputadas ya que no ha
transcurrido el plazo para la prescripción que es de cuatro (4) años desde la comisión de la infracción.

Marco normativo

numeral 12 del articulo 15° de la Ley de Recursos Hidricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0103-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 240040-2019.

IMPUGNANTE: José Manuel Orihuela Esteban.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor José Manuel Orihuela Esteban contra la Resolución Directoral N° 1717-2019-ANA-AAA-CH.CH, porque se acreditó el daño y la obstrucción de la quebrada Grangraminas y el uso de agua proveniente de dicha fuente con fines mineros, sin derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización/Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica.

MARCO NORMATIVO: numeral 278.1 del articulo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1202-2019

Sumilla

No se presenta alguna desproporcion y menos una vulneracion al principio de razonabilidad respecto de la sancion impuesta, en tanto queda demostrado las infracciones cometidas por el impugnante.

Marco normativo

numeral 278.1 del articulo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0056-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 249206-2019.

IMPUGNANTE: Humberto Moisés Astorga Febres.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Humberto Moisés Astorga Febres contra la Resolución Directoral N° 1903-2019-ANA-AAA-CH.CH, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 218.2 dei artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1219-2019

Sumilla

Este tribunal considera que  no está orientado a cuestionar la decisión de la Autoridad  Administrativa del Agua  de declarar improcedente el recurso de reconsideración por haberse presentado fuera del plazo legal; sino que, constituye un cuestionamiento sobre el fondo del asunto y que tiene como objeto cambiar el sentido de la Resolución, la cual, adquirió la calidad de acto administrativo firme.

Marco normativo

numeral 218.2 dei artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. N° 0024-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 41963-2019.

IMPUGNANTES: Marieli Rosa Calderón Arias y otros.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declaran infundados los recursos de apelacion interpuestos por los señores Marieli Rosa Calderon Arias, Eugenio Jacinto Castro Osnayo, Juan Calizaya Mamani y Edgar Ticona Ramirez contra la Resolucion Directoral N° 147-2019-ANA/AAA.CO, por no haber desvirtuado los fundamentos de dicho acto administrativo. 

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI                Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

704-2019

Sumilla

El impugnante presento su solicitud con fecha posterior al 02.11.2015, es decir, cuando ya habia transcurrido la fecha prevista en el ordenamiento legal para solicitar la regularización de licencia de uso de agua, en consecuencia, no se encontraba habilitado para acogerse al procedimiento de regularización de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI                                              Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0045-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 66976-2019.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado contra la Resolución Directoral N° 1123-2019-ANA/AAA.CO. debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o Modificar Obras sin Autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo N° 048-2011-PCM

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1123-2019

Sumilla

Este Tribunal determina que en el momento de la comisión de la infracción constatada en la verificación técnica de campo, la apelante no contaba con autorización de la Autoridad Nacional del Agua para ejecutar obras hidráulicas consistente en la construcción de un muro de concreto armado en la margen derecha del cauce.

Marco normativo

Decreto Supremo N° 048-2011-PCM

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0040-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 153835-2019.

IMPUGNANTE: Asociación de Moradores Predio II Caserío de Quechap.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Moradores Predio II Caserío de Quechcap contra la Resolución Directoral N° 822-2019-ANA-AAA.H.CH, por haberse desestimado los argumentos del recurso impugnatorio.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o Modificar Obras sin Autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hidricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

786-2019

Sumilla

No se ha vulnerado el derecho de defensa de la administrada, por cuanto, conforme se advierte del inicio del procedimiento administrativo sancionador, se le ha comunicado que su conducta, la cual ha sido detallada en la Notificación  encaja en el supuesto infractor tipificado.

Marco normativo

numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hidricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0115-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 217007-2019.

IMPUGNANTE: Gandules Inc. S.A.C.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por Gandules Inc. S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 2333-2019-ANA-AAA-JZ-V, por haberse emitido conforme a Ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras de Pozo de Reemplazo.

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA 

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1156-2019

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua señaló que dichos pozos se encuentran fuera del radio de influencia de los pozos originales, por lo que la propuesta de la administrada no sería viable, ya que las condiciones geológicas e hidrodinámicas del acuifero serian diferentes en cada zona, desnaturalizándose el derecho de uso de agua original.

Marco normativo

Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0201-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 156890-2018.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Se declaran nulas de oficio la Resolución Directoral N° 031-2018-ANA-AAA.M y la Resolución Directoral N° 032-2018-ANA-AAA.M, emitidas por la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, por encontrarse incursas en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10° de! TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone la reposición de los procedimientos administrativos a fin de emitirse un nuevo Pronunciamiento.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Revisión de Oficio.

MARCO NORMATIVO: numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.  Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1171-2019

Sumilla

Se advierte que, en ambos procedimientos, la Autoridad Administrativa del Agua Marañen, ha resuelto el pedido de manera incongruente con lo solicitado por la Junta Administradora de Servicio de Saneamiento del caserío Palcopampa y la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) La Paccha - Chipuluc, Incurriendo en motivación incongruente.

Marco normativo

numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.                Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0190-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 223669-2019.

IMPUGNANTE: Lorenzo Gutiérrez López.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Lorenzo Gutiérrez López contra la Resolución Dirctoral N° 1007-2019-ANA-AAA.CO, porque no se acreditó el uso de agua de manera pública, pacífica y continua, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: l Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Febrero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1122-2019

Sumilla

Se advierte de la revisión del expediente, para acreditar el uso público, pacifico y continuo del agua, el administrado presentó la copia de la Notificación, mediante la cual se le inició un procedimiento administrativo sancionador por destinar las aguas de los pozos con código  aun predio distinto para el cual fue autorizado.

Marco normativo

l Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor