R.TNRCH. Nº 0430-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 23388-2020.

IMPUGNANTE: Dora Bertha Hipólito Motta.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundada la solicitud de nulidad encauzada como un recurso de apelación interpuesto por la señora Dora Bertha Hipólito Motta contra la Resolución Directoral N° 1680-2019-ANA/AAA-CAÑETE-FORTALEZA, porque se acreditó el uso de agua proveniente del Dren Pampa de Ánimas con fines agrícolas, sin derecho de uso otorgado por la Autoridad nacional del Agua.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: Numeral 173.2 del artículo 173° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 18 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

162-2020

Sumilla

Se encuentra acreditado que la impugnante ejerció el uso de agua del Dren Pampa sin tener derecho de uso de agua, no existe motivo por el cual se deba realizar otras actualizaciones por parte de la administración, más aún  cuando correspondia a esta persona presentar los medios probatorios necesarios para refutar la sanción impuesta en su contra.

Marco normativo

Numeral 173.2 del artículo 173° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0415-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 91637-2019.

SOLICITANTE: Estela Natividad Apolaya Vda. De Palomino.

ÓRGANO: ALA Mala-Omas-Cañete.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de las Resoluciones Administrativas Nº 332-2018-ANA-AAA-CF-ALA.MOC y Nº 037-2019-ANA-AAA-CF-ALA.MOC, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición de los procedimientos administrativos. 

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Extincion y Otorgamiento de Licencia de uso de Agua 

MARCO NORMATIVO: articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

692-2019

Sumilla

Este Tribunal advierte que las Resoluciones Administrativas, contravienen el Principio de Legalidad puesto que la decisión de proceder a la modificación del permiso de uso de agua otorgado mediante la Resolución Administrativa, ha vulnerado lo dispuesto en la Ley de Recursos Hidricos, en tanto la referida Ley ha reservado la facultad para solicitar la modificación de un derecho de uso de agua al titular del mismo y no a terceros como en el presente caso. 

Marco normativo

articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0411-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 68632-2019.

IMPUGNANTE: lrrigación Agroindustrial Valle Encantado.

ÓRGANO: ALA Chili.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la asociación lrrigación Agroindustrial Valle Encantado contra la Resolución Administrativa N° 0322-2019-ANA-AAA-CO-ALA-CH, por haberse desvirtuado el argumento del recurso impugnatorio.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua. 

SUB MATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones

MARCO NORMATIVO: Tribunal Constitucional en la STC N° 01147-2012-PA/TC

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

983-2019

Sumilla

El no haber comunicado previamente lo de la incongruencia del predio no amerita una causal de nulidad, más aún, cuando conforme a lo desarrollado en los numerales precedentes la administrada no ha cumplido con acreditar que el predio cuenta con las obras autorizadas. 

Marco normativo

Tribunal Constitucional en la STC N° 01147-2012-PA/TC

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0425-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 66175-2020.

IMPUGNANTE: Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Sociedad Minera El Brocal S.A.A contra la Resolución Directoral N° 122-2020-ANA-AAA X MANTARO, debido a que sus fundamentos impugnatorios han sido desvirtuados y se encuentra acreditada la comisión de la infracción establecida en el numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d del artículo 277° de su reglamento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

MARCO NORMATIVO: literal  C  del articulo 135° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

247-2020

Sumilla

Conforme a lo expuesto en el propio IGA y por las caracteristicas de las aguas que emanan de la bocamina, se concluye que estas no se encuentran en su condición natural; y por tanto, requieren de una Autorización de Vertimientos para garantizar que su disposición final, no afecte la calidad del cuerpo de agua, ni las condiciones naturales de su entorno, como parte del ecosistema donde se encuentran.

Marco normativo

literal  C  del articulo 135° del Reglamento de la Ley de Recursos 
Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0410-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 208013- 2019.

IMPUGNANTE: María Encarnación Pinazo Bella.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelaci6n interpuesto por la señora María Encarnación Pinazo Bella contra la Resolución Directoral N° 1289-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que se ha desvirtuado el argumento de la impugnante.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua

MARCO NORMATIVO: numeral 79.1 del articulo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos  Hidricos

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1112-2019

Sumilla

Al tener el predio donde se requiere explotar el recurso hídrico un área de 150 m2, la señora Maria Encarnacion Pinazo Bella debio presentar el lnforme de Gestion Ambiental indicado, para acceder a la autorización de ejecución de obras hidráulicas, título previo al otorgamiento de una licencia de uso de agua, por lo que no corresponde otorgar la licencia solicitada.

Marco normativo

numeral 79.1 del articulo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos 
Hidricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0416-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 238691-2019.

IMPUGNANTE: Victoriano Eusebio Jiménez Vera.

ÓRGANO: ALA Tambo  Alto  Tambo.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Victoriano Eusebio Jiménez Vera contra la Resolución Administrativa N° 114-2019-ANA/AAA I C-O/ALA-T-AT, porque no se acreditó la transferencia de titularidad del predio con UC N°  07911.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Extinción y Licencia de Uso de Agua por Cambio de Titular.

MARCO NORMATIVO: articulo 44°  de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1152-2019

Sumilla

En el caso concreto, si bien el impugnante manifiesta que no fue reconocido como usuario de agua, es preciso determinar que, en tanto se ha determinado la falta de sustento sobre la transferencia de titularidad a su favor, no existe motivo suficiente para establecer que, por el solo hecho de ser usuario de agua, se encuentre cumplinedo todas las condiciones para acceder a una licencia de uso de agua mediante el procedimiento de extinción y otogamiento de licencia de uso de agua.

Marco normativo

articulo 44°  de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0413-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 84481-2020.

IMPUGNANTE: Crisólogo Quispe Misme.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Crisólogo Quispe Misme, en consecuencia, se declara la nulidad del artículo 2° de la Resolución Directoral N° 046-2020-ANA-AAA.UV y de la Resolución Directoral N° 208-2020-ANA-AAA.UV

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

MARCO ORMATIVO: articulo 261° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

268-2020

Sumilla

De la evaluación de los actuados, se advierte que la sub Directorio de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua habria dispuesto que se inicie un procedimiento administrativo sancionador contra el impugnante, lo que se no s encuentra dentro de sus funciones , por lo que este colegiado considera  que corresponde informar a la Oficina Administrativa de la Autoridad Nacional del Agua para que a través de la Secretaria Técnica de Procedimientos Disciplinarios realice las actuaciones e investigaciones necesarias y se adopte las medidas correctivas.

Marco normativo

articulo 261° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0418-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 168509-2018.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se rectifica la Resolución N° 273-2018-ANA/TNRCH de fecha 09.02.2018.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUB MATERIA: Rectificacion de error material 

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Rectificar 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

119-2018

Sumilla

Se rectifica el error material contenido en la Resolución N°  273-2018-ANA!TNRCH , referido a la fecha de emisión de dicho acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0409-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 23736- 2020.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación contra la Resolución Directoral N° 012-2020-ANA-AAA.JZ-V, por haberse desvirtuado el argumento de la impugnante y encontrarse acreditada la infracción tipificada en el literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

MARCO NORMATIVO: numeral 3 del articulo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

104-2020

Sumilla

Con los medios probatorios evaluados por este Colegiado, se evidencia que la responsabilidad de la Municipalidad Distrital  en la comisión de la infracción se encuentra acreditada; máxime si en el recurso de apelación la impugnante alega la vulneración al principio de razonabilidad en el aspecto referido a la calificación de la infracción y la determinación del monto de la multa, sin cuestionar el extreme de su responsabilidad respecto a los hechos que se le imputan, en consecuencia, se verifica que la autoridad de primera instancia evaluó adecuadamente los medios probatorios en el momento de emitir la Resolución Directoral.

Marco normativo

numeral 3 del articulo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0408-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 35517-2020.

IMPUGNANTE: Jaime Gutiérrez Sifuentes.

ÓRGANO: ALA Moche-Virú-Chao.

SUMILLA: Se confirma la Resolución Administrativa Nº 034-2020-ANA-AAA,HCH-ALA.MVCHAO, a través de la cual se declaró improcedente el recurso de reconsideración formulado por el señor Jaime Gutiérrez Sifuentes, debido a que sobre el pronunciamiento contenido en la Resolución Administrativa Nº 017-2020-ANA-AAA.HCH.MVCHAO no procede cuestionamiento alguno en vía recursiva.

MATERIA: Organizaciones de Usuarios de Agua.

SUB MATERIA: Padron Electoral

MARCO NORMATIVO: articulo 2° del Decreto Supremo N° 003-2017-MINAGRI

SENTIDO: Confirmar

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

174-2020

Sumilla

Se concluye que la aprobación del Padrón Electoral de la Junta de Usuarios de Agua  se efectuó en cumplimiento de un imperative legal, sobre el cual no precede ningun cuestionamiento en via recursiva, conforme lo ha señalado este Tribunal en un anterior prenunciamiento, más aún cuando el dispositivo legal 
que lo sustenta fue emitido teniendo en consideración la coyuntura particular de algunas organizaciones de usuarios respecto al proceso electoral de sus consejos directivos.

Marco normativo

articulo 2° del Decreto Supremo N° 003-2017-MINAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor