R.TNRCH. Nº 0295-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 68015-2019.

IMPUGNANTE: José Carlos Angulo Silva.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor José Carlos Angulo Silva contra la Resolución Directoral N° 1630- 2019-ANA/AAA.CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el literal g) del articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. Asimismo, se reformula la sanción impuesta a una multa equivalente a 2.1 UIT, en aplicación del principio de proporcionalidad.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Destinar las aguas a uso distinto al cual fueron otorgadas

MARCO NORMATIVO:  artículo 57° de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

158-2020

Sumilla

Este Colegiado considera que se debe reformuíar la sanción impuesta a una multa equivalente a 2.1 UIT, en aplicación del principio de proporcionalidad,  siendo la multa Impuesta una sanción administrativa que se encuentra dentro del rango mínimo para una Infracción calificada como grave.

Marco normativo

artículo 57° de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0306-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 254218-2019.

IMPUGNANTE: Ismael Gomez Alanoca.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el señor Ismael Gomez Alanoca contra la Resolucion Directoral N° 1171-2019-ANA/AAA.CO, debido a que presento su solicitud de acogimiento al procedimiento de formalizacion de licencia de uso de agua fuera del plazo establecido por el Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Formalizacion de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: artículo 4° del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Martes, 02 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

182-2020

Sumilla

Se concluye que la Autoridad Administrativa del Agua resolvió la solicitud del impugnante conforme a Ley al declararla improcedente, no observándose una vulneración a la debida motivación o los principios del procedimiento administrativo.

Marco normativo

artículo 4° del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0291-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 8272-2020.

IMPUGNANTE: Laive S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Laive S.A. contra la Resolución Directoral N° 1618-2019-ANA/AAA I CO, en el extremo referido a la responsabilidad administrativa y sanción impuesta por infracción en materia de recursos hídricos determinadas en la Resolución Directoral N° 1301-2019-ANA-AAA.CO. Asimismo, se declara fundado el extremo del recurso de apelación referido a la medida complementarla dispuesta en el articulo 2° de la Resolución Directoral N° 1301-2019-ANA-AAA.CO, dejándola sin efecto legal.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

061-2020

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0288-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 11930-2020.

IMPUGNANTE: Asociación de Propietarios de Colonia Rural Papa León XIII - Chilca.

ÓRGANO: ALA Chillón - Rímac - Lurín.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Propietarios de Colonia Rural Papa León XIll - Chilca contra la Resolución Administrativa N° 531-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL, debido a que no es susceptible de impugnación la resolución que requiere el pago de la retribución económica.

MATERIA: Retribución Económica.

SUB MATERIA: Por el Uso de Agua 

MARCO NORMATIVO: literal a) del articulo 3° de la Resolución Jefatural N° 058-2017- ANA.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

136-2020

Sumilla

Este Colegiado considera  que el requerimiento de pago es el acto previo de la ejecución forzosa, por lo que no resulta Impugnable la resolución mediante la cual se requiere el pago, en tanto este acto presupone que ya culminó el procedimiento de determinación y liquidación de la obligación.

Marco normativo

 literal a) del articulo 3° de la Resolución Jefatural N° 058-2017- ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0285-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 36256-2020.

SOLICITANTE: Autoridad Administrativa del Agua Huarmey-Chicama.

ÓRGANO: ALA Moche-Virú-Chao.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 028-2020-ANA-AAA.HCH-ALA.MVCHAO, debido a que no concurren los presupuestos establecidos en el numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Organizaciones de Usuarios de Agua 

SUB MATERIA: Medida Preventiva de Suspensión Temporal.

MARCO NORMATIVO: numeral 2 del artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

194-2020

Sumilla

La Administración Local de Agua emitió la Resolución Administrativa luego de tomar conocimiento de la muerte del señor Ladislao Zoilo Murga Ascate, quien fue designado en el cargo de presidente de la Junta de Usuarios de Agua (en virtud de la medida preventiva) por lo que en vista de este hecho, resultaba necesario que dicha
administración, tomara las acciones necesarias para Impedir que la medida previamente adoptada se tornara en inefectiva, cautelando de esta forma que el acto administrativo sea física y jurídicamente posible.

Marco normativo

numeral 2 del artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0282-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 245999-2019.

IMPUGNANTE: Jaime Hernán Wertheman Rivas.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Jaime Hernán Wertheman Rivas contra la Resolución Directoral N° 2537-2019-ANA/AAA.JZ-V, debido a que no cuenta con legitimidad para obrar.

MATERIA: Denuncia Administrativa.

SUB MATERIA: Falta de legitimidad

MARCO NORMATIVO: Articulo 26° de los Lineamientos para la tramitación del procedimiento administrativo sancionador por transgresión a la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, y su Reglamento.

SENTIDO: Improcedente

 

 

Fecha de Resolución

Martes, 26 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1223-2019

Sumilla

Se declara improcedente el recurso de apelación formulado por el administrado, por carecer de legitimidad para impugnar.

Marco normativo

Articulo 26° de los Lineamientos para la tramitación del procedimiento administrativo sancionador por transgresión a la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, y su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0278-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 13911-2020.

IMPUGNANTE: Emapa Huaral S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Emapa Huaral S.A. contra la Resolución Directoral N° 1793-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción prevista en el numeral 1 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del articulo 277° de su Reglamento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: articulo 207° del Reglamento del Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento

SENTIDO: Infundado 

 

Fecha de Resolución

Martes, 26 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

118-2020

Sumilla

Se puede concluir que el hecho de que una empresa prestadora se encuentra inscrita en el Régimen de Apoyo Transitorio, no enerva de modo alguno su responsabilidad ni constituye causal eximente de responsabilidad en la comisión de una Infracción en materia  de recursos hidricos, pues el referido registro únicamente otorga una protección patrimonial  que deberá ser tomada en cuenta por la Administración en el momento que busque satisfacer la obligación Impaga.

Marco normativo

articulo 207° del Reglamento del Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0275-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 25809-2020.

IMPUGNANTE: Fundo San Judas Tadeo S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Fundo San Judas Tadeo S.A. contra la Resolución Directoral N° 064-2020-ANA-AAA-CH.CH, porque no acreditó el uso del agua de manera pública, pacífica y continua, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo N° 007-2015-MlNAGRl                  Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 26 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

139-2020

Sumilla

Se observa que la administrada presentó el documento denominado Certifícate Global, que Indica que la producción de uvas de la empresa Fundo San Judas Tadeo S.A. cumple los requisitos de un determinado protocolo, y las facturas de compra de combustible. Al respecto, cabe señalar que dichos documentos no hacen referencia al uso del agua por parte de la administrada, por lo que no son válidos para acreditar el uso público, pacifico y continúo del recurso hidrico en el predio.

Marco normativo

Decreto Supremo N° 007-2015-MlNAGRl                                                  Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0272-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 24103-2020.

IMPUGNANTE: Pesquera Diamante S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Pesquera Diamante S.A. contra la Resolución Directoral N° 1739-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que se han desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO:   numeral 84.1 del artículo 84°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

154-2020

Sumilla

Este Colegiado considera que ios medios de prueba presentados por la impugnante no cumplen con acreditar ei requisito de aprobación del instrumento de gestión ambiental, debido a que en ellos únicamente se constata el trámite que realiza la impugnante ante ei Ministerio de la Producción.

Marco normativo

 numeral 84.1 del artículo 84°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0302-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 177296-2019.

IMPUGNANTE: Cesaria Roque Castañeda.

ÓRGANO: AAA Pampas-Apurimac.

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento sancionador instaurado contra la señora Cesaria Roque Castañeda a traves de la Notificacion N° 224-2018-ANA-AAA.PA-ALA-MEDIO APURIMAC PACHACHACA, disponiendose el archivo de dicho procedimiento y dejandose sin efecto legal la Resolucion Directoral N° 0646-2019-ANA-AAA.PA.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de Oficio

 

 

Fecha de Resolución

Martes, 02 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

159-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolucion de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor