R.TNRCH. Nº 0608-2021-ANA
Resumen
CUT N°:114871-2020.
IMPUGNANTE: Procuraduría Pública del Instituto Nacional Penitenciario.
ÓRGANO: AAA Mantaro.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización
SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°398-2021-ANA-AAA X MANTARO, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Procuraduría Pública del Instituto Nacional Penitenciario y la Oficina Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario.
MARCO NORMATIVO: Artículo 10°, numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Decreto
Legislativo N°1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado
y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°017-2008-JUS
SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO
Fecha de Resolución
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos, sin embargo, la Procuraduría Pública no es responsable de las infracciones realizadas por el titular de la entidad estatal; por lo que, no corresponde iniciar un procedimiento administrativo en su contra.
Marco normativo
Artículo 10°, numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Decreto
Legislativo N°1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado
y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°017-2008-JUS

