R.TNRCH. Nº 0165-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 176290-2020.

IMPUGNANTE: Hernán Larico Huayna.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña .

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Ausencia de agravio

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Hernán Larico Huayna contra la Resolución Directoral Nº 562-2020-ANA/AAA.CO, por ausencia de agravio.

MARCO NORMATIVO: numeral 2 del artículo 124º, articulo 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

003-2021

Sumilla

La apelación será declarada improcedente cuando el que recurre no expresa agravios respecto de la resolución impugnada.

Marco normativo

numeral 2 del artículo 124º, articulo 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0206-2021-ANA

Resumen

CUT N°:142263-2019.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se resuelve declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa Nº0465-2019-ANA-AAA.JZ-ALA.MBP, por haberse configurado los presupuestos previstos en el numeral 213.1 del artículo 213º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, se dispone que la Administración Local de Agua Medio y Bajo Piura declare la extinción de la licencia de la señora Fausta Pazo Antón Vda. De Ayala (titular primigenia de la licencia de uso de agua) y otorgue la licencia de uso de agua a favor de los integrantes de la sucesión de la integrada por sus hijos los señores Teodoro Ayala Pazo, Grimaldino Ayala Pazo, Justo Ayala Pazo, Nicandro Ayala Pazo, Asgardo Ayala Pazo y Andrea Ayala Pazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

292-2020

Sumilla

La transferencia de la licencia de uso de agua de la titular primigenia, si consta en un documento válido de transferencia, en la que se declara que la Sucesión Intestada, lo que permite declarar la extinción y otorgamiento de la licencia de uso de agua, a favor de sus herederos, pero no la sucesiva partición y adjudicación, conforme al fundamento expuesto.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0207-2021-ANA

Resumen

CUT N°:111157-2020.

IMPUGNANTE: Eleuterio León del Castillo Manrique. 

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:  Caducidad de procedimiento administrativo sancionador

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Eleuterio León del Castillo Manrique a través de la Notificación Nº188-2019-ANA-AAA.IV.HCH-ALACH, en consecuencia, se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto la Resolución Directoral Nº303-2020-ANA-AAA.HCH.  

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

499-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

ANA

R.TNRCH. Nº 0208-2021-ANA

Resumen

CUT N°:9876-2021.

IMPUGNANTE: Asociación de Ganaderos y Agricultores Santa Ana de Huaycahuacho.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Revocación de Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acto no impugnable

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Ganaderos y Agricultores Santa Ana de Huaycahuacho contra la Resolución Directoral Nº613-2020-ANA-AAA-CH.CH, por ser un acto inimpugnable. 

MARCO NORMATIVO: numeral 217.2 del articulo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

050-2021

Sumilla

Se verifica que la pretensión del impugnante no tiene por objeto cuestionar una declaración de la Administración que ponga fin a un procedimiento, o que afecte sus derechos, intereses legítimos u obligaciones, sino que busca cuestionar lo dispuesto, que ejerza sus facultades de supervisión y fiscalización de los recursos hídricos y realice las acciones correspondientes a fin de identificar conductas que infrinjan la normatividad en materia de recursos hídricos y de ser el caso inicie el procedimiento administrativo sancionador que corresponda.

Marco normativo

numeral 217.2 del articulo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0229-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 152434-2020.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N" 793-2019-ANA-AAA.M, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General: y se declara improcedente la solicitud formulada por el señor Demetrio Meléndez Pinedo y Lebi Meléndez Pinedo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

110-2021

Sumilla

Al no haberse acreditado el requisito de la certificación ambiental del proyecto o en su defecto pronunciamiento de la autoridad sectorial competente, no correspondía que la Administración otorgue una autorización de ejecución de obras a favor de los administrados para el proyecto.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0209-2021-ANA

Resumen

CUT N°:56402-2020.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº 0863-2019-ANA-AAA.PA, debido a que se ha cumplido con el requisito establecido en el literal c) del numeral 16.2 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

MARCO NORMATIVO: Literal c) del numeral 16.2 del articulo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatura! N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

236-2020

Sumilla

Se concluye que se ha cumplido con el requisito establecido en el Reglamento de Procedimientos Administrativos, al haberse acreditado en el procedimiento administrativo iniciado por el administrado, la posesión legítima del predio donde se usa el recurso hidrico, conforme lo analizado.

Marco normativo

Literal c) del numeral 16.2 del articulo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatura! N°007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0210-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 22731-2021.

IMPUGNANTE: María Moraima Toribio Rodríguez.

ÓRGANO: ALA Moche - Virú -Chao.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de permiso de uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por la señora María Moraima Toribio Rodríguez contra el acto administrativo contenido en la Carta Nº 005-2021-AAA-AAA.HCH-ALA.MVCHAO, por haberse emitido conforme a ley. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

076-2021

Sumilla

No existe derecho de uso de agua en el cual se sustente el pedido de "cambio de nombre del titular para permiso de uso de agua" solicitado por el impugnante.

Marco normativo

Artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0228-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 10038-2021.

IMPUGNANTE: Fondo Popular 1- Renta Mixta, Fondo de Inversión Privado.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso de agua

SUMILLA: Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el Fondo Popular 1-Renta Mixta, Fondo de Inversión Privado contra la Resolución Directoral N° 393-2020-ANA/AAA-HUALLAGA, debido a que se ha emitido conforme a derecho. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 50° y 200° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

038-2021

Sumilla

El instrumento de gestión ambiental o en su defecto el pronunciamiento de la entidad competente de que no necesitaba el mismo, pues el presente procedimiento es uno de regularización que debe ceñirse a lo dispuesto en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento.

Marco normativo

Artículo 50° y 200° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0211-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 182844-2020.

IMPUGNANTE: Centro Piscícola Copacabana Canua S.A.C.

ÓRGANO: AAA  Pampas - Apurímac.

MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Centro Piscícola Copacabana Canua S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 762-2020-ANA-AAA.PA, porque los argumentos del impugnante han sido desvirtuados.

MARCO NORMATIVO: Artículo 41° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

057-2021

Sumilla

La evaluación realizada al expediente se determinó que técnicamente es inviable otorgar la autorización solicitada, por lo que dicha actuación no resultaba pertinente, máxime si el administrado se mantiene de las fuentes manantiales; cuando la acreditación de disponibilidad hidrica se otorgó respecto al rio.

Marco normativo

Artículo 41° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0212-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 2119-2021.

IMPUGNANTE: Celso Flores Quispe.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por el señor Celso Flores Quispe contra la Resolución Directoral Nº677-2020-ANA-AAA-CH.CH, debido a que su alegato de impugnación ha sido desvirtuado; y se procede de oficio al archivo del extremo de la Resolución Directoral Nº515-2020-ANA-AAA-CH.CH, en lo que corresponde a la determinación de responsabilidad sobre el numeral 13 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 82º de su reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

033-2021

Sumilla

El impugnante posee una autorización por parte del director ejecutivo regional de salud; lo cierto es que, corresponde a esta Autoridad Nacional, de manera exclusiva, otorgar la autorización para realizar el reúso del recurso hidrico; y solo con este titulo habilitante, se pueda utilizar el agua residual.

Marco normativo

Artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor