R.TNRCH. Nº 0438-2021-ANA

Resumen

CUT N°:81556-2021.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua de los Manantiales Filoque y Los Panales.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Formalización de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios de Agua de los manantiales Filoque y Los Panales, en consecuencia, nula la Resolución Directoral N°519-2021-ANA-AAA-JZ-V por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 2 del articulo 10" de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.9 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                                              Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

274-2021

Sumilla

La Administracion Local del Agua debió de evaluar si el Comité de Usuarios cumplió o no con acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua, conforme a los requisitos establecidos en la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, sin embargo,  la administración evaluó la verificacion Técnica de campo, incurriedo el acto administrativo en nulo, y reponer el procedimiento hasta el momento que se produjo el vicio.

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                                                                                                                                               Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0434-2021-ANA

Resumen

CUT N°:00623-2021.

IMPUGNANTE: Daniel Abel Sánchez Luyo y otros.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Suspensión de Derecho de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Suspensión de Derecho de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por los señores Daniel Abel Sánchez Luyo, Santos Santiago Ricardo Inga y Domingo Eugenio Medrano Torres miembros de la comisión liquidadora de la empresa Agrícola Santa Bárbara - ASBASA contra la Carta N°112-2021-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por no ser un acto Impugnable y se dispone la devolución del expediente administrativo para que la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza continúe con el trámite correspondiente respecto a la solicitud de suspensión de derecho de uso de agua presentada por la mencionada comisión.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

251-2021

Sumilla

La Carta constituye un documento informativo y no un acto administrativo; por tanto, no es susceptible de impugnación.

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0433-2021-ANA

Resumen

CUT N°:74746-2021.

IMPUGNANTE: Corporación Agrolatina S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Corporación Agrolatina S.A.C. contra la Resolución Directoral N°186-2021-ANA-AAA-CH. CH, por haberse presentado de forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

289-2021

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0432-2021-ANA

Resumen

CUT N°:74752-2021.

IMPUGNANTE: Corporación Agrolatina S.A,C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Corporación Agrolatina S.A.C. contra la Resolución Directoral N°188-2021-ANA-AAA-CH.CH, por haberse presentado de forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

287 - 2021

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0431-2021-ANA

Resumen

CUT N°:74763-2021.

IMPUGNANTE: Corporación Agrolatina S.A,C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Corporación Agrolatina S.A.C. contra la Resolución Directoral N°190-2021-ANA-AAA-CH. CH, por haberse presentado de forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

285-2021

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0423-2021-ANA

Resumen

CUT N°:23308-2021.

IMPUGNANTE: Delia Ticona Challo.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Delia Ticona Challo contra la Resolución Directoral N°270-2021-ANA/AAA.CO, debido a que no acreditó el uso del agua conforme se exige en el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

263-2021

Sumilla

No ha acreditado el uso del agua de manera publica, pacifica continua para los procedimientos de regularizacion de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Resolucion Jefatural N°177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0407-2021-ANA

Resumen

CUT N°:165634-2020.

IMPUGNANTE: Héctor Raúl Suárez Ríos y otros.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Prescripción

SUMILLA: Se declara de oficio la prescripción del ejercicio de la potestad sancionadora de la Autoridad Nacional del Agua respecto de la infracción cometida por los señores Héctor Raúl Suárez Rios, Bernardo Calixto Bobadilla Loli, Zócimo Alejandro Flores Calderón, Juan Víctor Diaz Sáenz, Bernardo Oropeza Natividad. Héctor Vega Sudarío, José Luis Cueva Abad y Walter Edgar Farge Vásquez, como ex directivos de la Junta de Usuarios del Valle de Supe, referida al incumplimiento del inicio del proceso de adecuación de dicha organización de usuarios a los alcances de la Ley N°30157 y su Reglamento. En consecuencia, se dispone la conclusión y archivo del presente procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 252.1 del artículo 252° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: PRESCRIPCION

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Julio, 2021

N° de Expediente TNRCH

208 - 2021

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua no cuenta con una norma específica que determine los plazos de prescripción en materia hídrica, correspondiendo aplicar las disposiciones establecidas en el marco administrativo general, el cual otorga un plazo máximo de cuatro (4) años para determinar la existencia de infracciones administrativas.

Marco normativo

Numeral 252.1 del artículo 252° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0430-2021-ANA

Resumen

CUT N°:228518-2019.

ADMINISTRADO: JASS Soroma - Huayco. 

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral Nº310-2019-ANA-AAA.UV y en consecuencia de la Resolución Directoral Nº567-2019-ANA/AAA.UV, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, e improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico en base a los fundamentos expuestos en los numerales 4.15 al 4.19 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

421-2020

Administrado

JASS Soroma - Huayco. 

Sumilla

Este Tribunal no se encuentra facultado para declarar la nulidad de la resolucion, debido a que prescribio el plazo de 2 años.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0424-2021-ANA

Resumen

CUT N°:19066-2021.

SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Yanatile.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota. 

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Formalización de Uso de Agua. 

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral Nº0017-2021-ANA-AAA.UV, solicitada por la Municipalidad Distrital de Yanatile, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10º del TUO  de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 

MARCO NORMATIVO: Resolución N°106-2021-ANA-TNRCH

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

261-2021

Sumilla

La licencia de uso de agua otorgada a la Junta fue emitida acorde con la finalidad del procedimiento de formalización de uso de agua, al haber acreditado el uso del recurso hídrico  de manera publica, pacifica y continua.

Marco normativo

Resolucion N°106-2021-ANA-TNRCH

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0419-2021-ANA

Resumen

CUT N°:7563-2021.

ADMINISTRADO: Asociación Agropecuaria El Dorado.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se resuelve declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°968-2020-ANA-AAA.PA, por haberse configurado la causal prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, emitiendo pronunciamiento sobre el fondo de la solicitud de licencia de uso de agua presentada por la Asociación Agropecuaria El Dorado, corresponde declarar su improcedencia, por no contar con la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, requisito previsto en el numeral 7 del artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

054-2021

Administrado

Asociación Agropecuaria El Dorado.

Sumilla

Corresponde declarar la nulidad de la presente resolucion por encontrarse incursa en causal de nulidad, al haber originado una transgresion a la ley y disposiciones establecidas en el precedente vinculante, y afectacion al interes publico.  

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor