R.TNRCH. Nº 0958-2025-ANA

Resumen

CUT: 117521-2025.

IMPUGNANTE: Cixta Rojas Azurza.

ÓRGANO: AAA - Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionar – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: La faja marginal constituye un bien de dominio público hidráulico, por lo que su ocupación no autorizada, con un cerco perimétrico y una edificación de material rústico constituye infracción.

MARCO NORMATIVO: El numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, y literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 2.1 UIT.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

597-2025

Sumilla

La faja marginal constituye un bien de dominio público hidráulico, por lo que su ocupación no autorizada, con un cerco perimétrico y una edificación de material rústico constituye infracción.

Marco normativo

El numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, y literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0957-2025-ANA

Resumen

CUT: 123441-2024.

IMPUGNANTE: Wilson Ordas Amambal.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica es válida cuando en el balance anualizado se determina superávit y no se afecta derecho de terceros.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 13° y 42° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

064-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica es válida cuando en el balance anualizado se determina superávit y no se afecta derecho de terceros.

Marco normativo

Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 13° y 42° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0956-2025-ANA

Resumen

CUT: 60318-2024.

IMPUGNANTE: Proyecto Especial Tambo Ccaracocha del Gobierno Regional de Ica.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Fuentes naturales de agua.

SUMILLA: Es improcedente la autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua cuando no se presenta la certificación ambiental.

MARCO NORMATIVO: Artículo 36° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1193-2024

Sumilla

Es improcedente la autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua cuando no se presenta la certificación ambiental.

Marco normativo

Artículo 36° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0955-2025-ANA

Resumen

CUT: 186915-2022.

IMPUGNANTE: Nicolás Pedro Ramírez Rurush.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Filtraciones.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo cuando la autoridad no se pronuncia sobre los aspectos técnicos del pronunciamiento impugnado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 88° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Fundado y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1229-2024

Sumilla

Es nulo el acto administrativo cuando la autoridad no se pronuncia sobre los aspectos técnicos del pronunciamiento impugnado.

Marco normativo

Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 88° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0954-2025-ANA

Resumen

CUT: 188678-2023.

IMPUGNANTE: Roobin Edwin Vela Trujillo.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionar – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorización.

SUMILLA: Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico por lo que su ocupación con una piscina, enrocado y muro constituye infracción.

MARCO NORMATIVO: Literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1260-2024

Sumilla

Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico por lo que su ocupación con una piscina, enrocado y muro constituye infracción.

Marco normativo

Literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0953-2025-ANA

Resumen

CUT: 113649-2023

IMPUGNANTE: Comité de usuarios Sallarhuaycco.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La oposición se desestima cuando no se acredita la afectación de derechos.

MARCO NORMATIVO: Artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1216-2024

Sumilla

La oposición se desestima cuando no se acredita la afectación de derechos.

Marco normativo

Artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0952-2025-ANA

Resumen

CUT: 93311-2022.

IMPUGNANTE: Eliseo Quispe Huamán.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: La autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico con fines poblacionales requiere de la presentación del reconocimiento de la organización comunal.

MARCO NORMATIVO: Literal e) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

798-2024

Sumilla

La autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico con fines poblacionales requiere de la presentación del reconocimiento de la organización comunal.

Marco normativo

Literal e) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0951-2025-ANA

Resumen

CUT: 229974-2024.

SOLICITANTE: ALA Las Yangas - Suite.

ÓRGANO: ALA Las Yangas - Suite.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: El procedimiento simplificado de acreditación de disponibilidad hídrica regulado por norma especial solo aplica a los proyectos de inversión pública.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI y artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 021-2017-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

215-2025

Sumilla

: El procedimiento simplificado de acreditación de disponibilidad hídrica regulado por norma especial solo aplica a los proyectos de inversión pública

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI y artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 021-2017-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0950-2025-ANA

Resumen

CUT: 134159-2025.

IMPUGNANTE: Corporación e Inversiones Ariana Pérez E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionar – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo que declara improcedente por extemporáneo un recurso de reconsideración cuando ha sido presentado dentro del plazo de ley.

MARCO NORMATIVO: Subnumerales 1.2 y 1.11 del numeral 1 del artículo IV y numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

695-2025

Sumilla

Es nulo el acto administrativo que declara improcedente por extemporáneo un recurso de reconsideración cuando ha sido presentado dentro del plazo de ley.

Marco normativo

Subnumerales 1.2 y 1.11 del numeral 1 del artículo IV y numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0949-2025-ANA

Resumen

CUT: 146799-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chicama.

ÓRGANO: ALA Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: Las cartas con las cuales la autoridad solicita la presentación de informes en el marco de una fiscalización no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.

MARCO NORMATIVO: El numeral 1.1 del artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

900-2024

Sumilla

Las cartas con las cuales la autoridad solicita la presentación de informes en el marco de una fiscalización no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.

Marco normativo

El numeral 1.1 del artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas