R.TNRCH. Nº 0354-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 176977-2021.

SOLICITANTES: El Comité de Usuarios de Agua de Cangallopampa-Occenay y la Comunidad de San Antonio de Astanya.

ÓRGANO: ALA Bajo Apurímac-Pampas.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 257-2020-ANA-AAA.PA-ALA.BAP, debido a que el referido acto administrativo fue dictado en observancia de las normas que rigen el reconocimiento de las organizaciones de usuarios de agua.

MATERIA: Reconocimiento de Organización de Usuarios de Agua.

SUB MATERIA: Reconocimiento de comites de Usuarios

MARCO NORMATIVO: Literal m) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

376-2022

Sumilla

La resolución apelada constituye un acto administrativo de reconocimiento de una organización de usuarios de agua; y como tal, no otorga ningún derecho de uso de agua.

Marco normativo

Literal m) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0351-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 186864-2021.

SOLICITANTE: Rodrigo Francisco Colonia Balarezo.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 567-2017-ANA-AAA-CH.CH y la Resolución Directoral N° 1892-2017-ANA-AAA-CH.CH, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Prescripcion de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

155-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0362-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 201385-2021.

ADMINISTRADO: Anglo American Quellaveco S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 595-2021-ANA/AAA.CO, por no haberse configurado las causales de nulidad del acto administrativo previstas en el numeral 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUB MATERIA: Licencia de uso de agua 

MARCO NORMATIVO:  Numeral 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

677-2021

Administrado

Anglo American Quellaveco S.A

Sumilla

No se ha acreditado de manera fehaciente la afectación a la referida reserva. A su vez, ha quedado establecido que el tipo de fuente de captación de la utilización del recurso hídrico por parte de la administrada, no es una fuente natural de agua.

Marco normativo

Numeral 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0336-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 64283-2022.

SOLICITANTE: Mercedes Rosa Aranda Zeballos.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 1199-2019-ANA/AAA.CO, debido a que ha prescrito la facultad de este tribunal para poder actuar dentro del plazo establecido en el numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 01 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

374-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0340-2022-ANA

Resumen

CUT N°:  131387-2021.

SOLICITANTE: Javier Gervacio Yep Galleres.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución N° 0119-2022-ANA-TNRCH de fecha 23.02.2022, al no haber llegado a un acuerdo unánime de los integrantes del colegiado, de acuerdo con el numeral 213.5 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA : Extincion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.5 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 01 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

Al no existir votación unánime por parte de los integrantes del colegiado, no corresponde declarar la nulidad de oficio de una resolulciones del Tribunal

Marco normativo

Numeral 213.5 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0314-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 189747-2021.

SOLICITANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico  Menor Ica-Clase B.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chicha.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral Nº 061-2021-ANA-AAA-CH.CH, solicitada por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica - Clase B, por considerar que fue emitido conforme a Ley.

MATERIA: Servidumbre de Agua 

SUB MATERIA: Modificación de Servidumbre de Riego.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Mayo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

028-2022

Sumilla

Se concluyó que la modificación de la servidumbre de riego no perjudica a los usuarios debido a 
que se contará con una nueva toma de captación.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0304-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 28877-2022

SOLICITANTE: Miguel Flores Poma.

ÓRGANO: ALA Huaura.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 082-2021-ANA-AAA.CF-ALA.H, solicitada por el señor Miguel Flores Poma, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua,

SUB MATERIA: Aguas de retorno drenajes o filtraciones 

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Sentido

Fecha de Resolución

Viernes, 20 Mayo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

120-2022

Sumilla

Es necesario puntualizar de la revisión del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, el apelante no cuenta con un derecho de uso de agua (licencia, permiso u autorización) otorgado por la 
Autoridad Nacional del Agua respecto del predio.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0284-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 108011-2020.

SOLICITANTE: Daniel Jesús Quispe Palomino.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 0551-2021-ANA-AAA-CAÑETE FORTALEZA, por no haberse configurado ninguna de las causales de nulidad del acto administrativo previsto en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Formalización o regularizacion de Licencias de Uso de Agua. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Mayo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

068-2022

Sumilla

La formalización de la licencia de uso del agua en el marco de lo establecido en la Resolución Jefatural N° 058- 2018-ANA, presupone la no afectación a terceros.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0251-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 208541-2019.

SOLICITANTE: Gerencia General de la Autoridad Nacional del Agua.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución N° 176-2020-ANA/TNRCH, debido a que la misma, ha sido emitida con arreglo a ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA:  Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Abril, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1016-2019

Sumilla

Las administraciones en mérito a su competencia, deberán tramitar los procedimientos de extinción y otorgamiento parcial de licencia de uso de agua, en los casos que se transfiera parcialmente un predio que cuente con licencia de uso de agua y se solicite respecto del mismo el otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular, teniendo en cuenta que no existe variación de las condiciones bajo las cuales se concedió el derecho primigenio.

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0246-2022-ANA

Resumen

CUT N°:  55544-2021.

SOLICITANTE: AAA Caplina-Ocoña.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la resolución ficta recaída en el procedimiento de autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico superficial para la Central Hidroeléctrica Lluclla, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Autorización de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Abril, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

280-2022

Sumilla

Se considera que la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico aprobada a favor de la empresa apelante por haber operado el silencio administrativo positivo se encuentra conforme a derecho.

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor