R.TNRCH. Nº 0462-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 1675-2022.

SOLICITANTE: Jorge Humberto Chávez Quesquén.

ÓRGANO: ALA Zaña.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa Nº 0004-2022-ANA-AAA.JZ-ALA.Z, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 660º del Código Civil.

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

306-2022

Sumilla

Se verifica que el impugnante no acreditado la posesión del predio, por lo tanto, no cuenta con el sustento necesario para desvirtuar la validez de la decisión contenida en la resolución.

Marco normativo

Artículo 660º del Código Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0444-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 46061-2022.

SOLICITANTE: Comunidad Campesina La Menta.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 3996-2015-ANA-AAA-JZ-V, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de dicho acto administrativo.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularizacion o Formalización de Licencias de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

262-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0435-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 33757-2022.

SOLICITANTE: Javier Eloy Chambilla Cauna.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral Nº 119-2017-ANA-AAA.TIT solicitada por el señor Javier Eloy Chambilla Cauna por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularizacion o Formalización de Licencias de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

181-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0434-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 198426-2021.

IMPUGNANTE: Martín Mamani Chata.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Martín Mamani Chata contra la Resolución Directoral N° 026-2022-ANA/AAA.CO, porque no se acreditó el uso del agua de manera pública, pacífica y continua, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA:  Regularización o formalizacion de Licencias de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

195-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0421-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 150805-2021.

SOLICITANTE: Fernando Salazar Rivas.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 1846 2018-ANA-AAA JZ-V, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA:  Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

184-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0412-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 188397-2021.

SOLICITANTE: Asociación de Agricultores del Valle Río Seco Viñani.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 0018-2022-ANA-AAA-AAA.CO-ALA.CL, solicitada por la Asociación de Agricultores del Valle Río Seco Viñani, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Superavit hidrico

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

166-2022

Sumilla

El impugnante no ha demostrado afectación alguna respecto de los hechos expuestos en su solicitud.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0411-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 28397-2022.

SOLICITANTE: Zenón Gutiérrez Rojas.

ÓRGANO: ALA Mantaro.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 0046-2022-ANA-AAA.MAN-ALA.MANTARO, solicitada por el señor Zenón Gutiérrez Rojas, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

156-2022

Sumilla

El impugnante no ha demostrado afectación alguna respecto de los hechos expuestos en su solicitud.

Marco normativo

Numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0401-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 26967-2022.

SOLICITANTE: Raúl Alberto Peña Ángeles.

ÓRGANO: ALA Huaraz.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 0268-2021-ANA-AAA.HCH-ALA.HZ, por no haberse configurado ninguna de las causales de nulidad del acto administrativo previsto en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones 

MARCO NORMATIVO: Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y el Procedimiento N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Autoridad Nacional del Agua.

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Jueves, 30 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

151-2022

Sumilla

El hecho de que la constancia del uso de la infraestructura hidráulica pública que presentaron los administrados haya sido suscrita por un familiar, no invalida dicho documento, pues no contradice el 
hecho de que fue emitida por quien venía ejerciendo el cargo de presidente del Comité

Marco normativo

Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y el Procedimiento N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Autoridad Nacional del Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0397-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 46773-2021.

SOLICITANTE: Ramiro Leopoldo Gamarra Giraldez.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa N° 0196-2021-ANA-AAA.CO-ALA.CH solicitado por el señor Ramiro Leopoldo Gamarra Giraldez porque el referido acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua 

SUB MATERIA: Actualización de Infraestructura Hidráulica.

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N° 327-2018-ANA.

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Martes, 28 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

147-2022

Sumilla

El inventario de infraestructura hidráulica aprobado mediante resolución Administrativa solo realizará la actualización cada año si corresponde integrar nuevos tramos de infraestructura hidráulica no considerados en el inventario.

Marco normativo

Resolución Jefatural N° 327-2018-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0367-2022-ANA

Resumen

CUT N°:  118003-2021.

SOLICITANTE: Club Ecuestre Huachipa.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral Nº 375-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, solicitada por el Club Ecuestre Huachipa, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio del referido acto administrativo.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUB MATERIA: Prescripcion de facultad pàra declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

161-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor