R.TNRCH. Nº 0048-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 104435-2020.

IMPUGNANTE: Víctor Peralta Portugal.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

SUMILLA: Se declara infundado el recurso interpuesto por el señor Víctor Peralta Portugal contra la Resolución Directoral Nº 288-2020-ANA/AAA.CO, por haberse desvirtuado los argumentos de su recurso. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° y artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

377-2020

Sumilla

Se ha verificado que, en el desarrollo del presente procedimiento administrativo sancionador, la administración ha merituado de manera integral los criterios de graduación de la sanción impuesta en base a los hechos y circunstancias que configuran la infracción imputada.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° y artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0044-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 83357-2020.

IMPUGNANTE: ANABI S.A.C.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:  Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa ANABI S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 282-2020-ANA-AAA.PA y, en consecuencia, nulo el referido acto administrativo. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento administrativo sancionador con la finalidad de que la Autoridad Administrativa del Agua Pampas - Apurímac emita un nuevo pronunciamiento respecto de la imputación realizada mediante la Notificación Nº 009-2020-ANA-AAA.PA-ALA.MAP.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

266-2020

Sumilla

La administración no ha emitido pronunciamiento respecto a la imputación realizada, referida al uso de agua proveniente de escorrentía, la cual está considerada en la imputación de cargos, sancionando al impugnante por una conducta distinta, referida al uso de agua atmosférica, vulnerándose el Debido Procedimiento, en su manifestación de derecho de defensa, por cuanto la impugnante ha formulado sus descargos en base a las imputaciones realizadas.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0040-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 22734-2020.

IMPUGNANTE: Sub Comité de  Usuarios Pozo Jesús es la Vida. 

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Sub Comité de  Usuarios Pozo Jesús es la Vida contra la Resolución Directoral Nº 031-2020-ANA-CAÑETE-FORTALEZA, por haberse desvirtuado los argumentos del recurso impugnatorio. 

MARCO NORMATIVO: Articulo 53° de la Ley de Recursos Hidricos. Numeral 79,1 del artículo 79°, 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

150-2020

Sumilla

De acuerdo con la evaluación realizada por lo cual no existe causal para declara la nulidad del acto administrativo, debiéndose desestimar en este extremo lo alegado por el impugnante.

Marco normativo

Articulo 53° de la Ley de Recursos Hidricos.
Numeral 79,1 del artículo 79°, 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0029-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 156442-2020.

IMPUGNANTE: Hidroeléctrica Chimú S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Hidroeléctrica Chimú S.A. contra la Resolución Directoral Nº 625-2020-ANA-AAA.H.CH, por haberse desvirtuado los argumentos de la impugnante. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 247° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO EN PARTE

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

501-2020

Sumilla

El impugnante no cumplió con los requisitos formales establecidos, se determina que carece de objeto pronunciarse sobre la existencia de disponibilidad o no de recursos hídricos.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0022-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 110498-2020.

IMPUGNANTE: Yony Apolinario Olazabal Téllez.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA:  Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Yony Apolinario Olazabal Téllez contra la Resolución Directoral Nº 618-2020-ANA/AAA.CO por haberse emitido conforme a derecho.

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Jueves, 21 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

358-2020

Sumilla

Este Colegiado debe precisar que en la Opinión Técnica emitida por el Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca, concluyó que la ejecución del proyecto es factible, en tanto, se cumpla con lo dispuesto en la Resolución Jefatural.

Marco normativo

Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0045-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 236453-2019.

IMPUGNANTES: Teresa del Pilar Farías de Medina, Eduardo Farías Abad, Pedro Pablo Farías Abad, Dionisio Farías Abad.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 179-2019-ANA-AAA.JZ-ALA.CIH, solicitada por los señores Teresa del Pilar Farías de Medina, Eduardo Farías Abad. Pedro Pablo Farías Abad y Dionisio Farías Abad, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

211-2020

Sumilla

Los impugnantes no han acreditado técnicamente el perjuicio causado con la emisión de la resolución apelada, puesto que la administración local resolvió el procedimiento verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0009-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 124664-2020.

IMPUGNANTE: Marco Antonio Castillo Valdiviano. 

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:  Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Marco Antonio Castillo Valdiviano contra la Resolución Directoral N° 453-2020-ANA-AAA.HCH, debido a que sus alegatos de impugnación han sido desvirtuados; y se procede a rectificar de oficio el error material incurrido en el Articulo Segundo del citado pronunciamiento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 239.1 del artículo 239° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

444-2020

Sumilla

Las obras realizadas por el impugnante no tienen un fin de aprovechamiento hídrico, sino de vivienda, por lo cual encajan dentro del alcance del tipo infractor que determina como falta administrativa la ejecución de cualquier tipo de obra en las fuentes o bienes asociados al agua.

Marco normativo

Numeral 239.1 del artículo 239° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0005-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 120886-2020.

IMPUGNANTE: Marco Antonio Cuadros Castillo. 

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se  declara fundado el recurso de apelación presentado por el señor Marco Antonio Cuadros Castillo contra la Resolución Directoral N° 851-2020-ANA/AAA.CO. por lo tanto, nula dicha resolución, y se dispone el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 07 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

412-2020

Sumilla

Se observa que en el transcurso del procedimiento la autoridad no ha establecido con certeza la fecha de construcción del pozo de concreto y que haya sido realizado por el impugnante, lo cual es relevante para la determinación de la existencia de la infracción imputada.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0063-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 150792-2020.

IMPUGNANTE: Universidad Nacional de Ucayali.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.
Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Universidad Nacional de Ucayali contra la Resolución Directoral Nº 255-2020-ANA-AAA-UCAYALI, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° y artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

455-2020

Sumilla

El impugnante si ha obtenido un beneficio económico con la comisión de infracciones, debido a que existió un uso del agua la cual ha sido utilizada para el desarrollo de sus actividades, asimismo, el ahorro que significó el no haber efectuado el pago de la retribución económica.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° y artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0062-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 150768-2020.

IMPUGNANTE: Universidad Nacional de Ucayali.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.
Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Universidad Nacional de Ucayali contra la Resolución Directoral Nº 275-2020-ANA-AAA-UCAYALI, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° y artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

454-2020

Sumilla

El impugnante si ha obtenido un beneficio económico con la comisión de infracciones, debido a que existió un uso del agua la cual ha sido utilizada para el desarrollo de sus actividades, asimismo, el ahorro que significó el no haber efectuado el pago de la retribución económica.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° y artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor