RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0235-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Declarar Improcedente la acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, solicitado por Lorenzo Arnaldo Pachuco Palomares, con DNI N° 21099764 para irrigar 4.50 ha para cultivo de papa y 2.00 ha para cultivo de arveja, ubicado en el distrito Huasahuasi, provincia Tarma, departamento de Junín, en virtud a los argumentos que se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0234-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Declarar de Oficio el Abandono del procedimiento administrativo de acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obra con fines recreativos, iniciado por Maritza Lina Caballero Rengifo, con DNI N° 77571267,en calidad de titular gerente de JMR DIVERSION XTREMO EIRL, en virtud de lo dispuesto en el artículo 202° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0572-2025-ANA

Resumen

CUT: 98243-2022.

IMPUGNANTE: Asociación Administrativa de Centros Turistas de Tocuya.

ÓRGANO: AAA – Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

283-2023

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0233-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Autorizar la ejecución de obras mínimas para limpieza y descolmatación en el rio Huasahuasi, en una longitud de 50 m., solicitado por Kennidy Marcelino Espinoza Ricaldi, con DNI N° 42125642, ubicado la localidad de Llanco, distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junín

Fecha de Resolución

Martes, 27 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0232-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Autorizar la ejecución de obras mínimas en el río Tulumayo, en una longitud de 154 metros, solicitado por la empresa CHINANGO SAC., con RUC N° 20518723040, para el proyecto “Autorización de Ejecución de Obras Mínimas en el río Tulumayo, distrito de Monobamba, provincia de Jauja, departamento de Junin”

Fecha de Resolución

Martes, 27 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0231-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Acreditar la disponibilidad hídrica superficial en un punto de interés del manantial “Quebrada Nija Pochari”, en 1 281.15 m /año; con fines domésticopoblacional, a favor de Karim del Rocío Misayauri Ortega, con DNI N° 20741228, para el proyecto “Mejoramiento del Sistema Agua en el Sector Villa Sankivironi I Etapa, distrito de Perene, provincia de Chanchamayo, región Junín”

Fecha de Resolución

Martes, 27 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0230-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Autorizar la ejecución de obras mínimas en el río Perene, solicitado por Benito Javier Quicha Luzano con DNI N° 20584478, para el proyecto “actividades de limpieza y descolmatación del río Perené cauce (islote) y Reforzamiento de Ribera Margen Izquierda colindante con CC.NN. Santa Rosa de Ubiriki distrito de perene – provincia de Chanchamayo- Junin”, en una longitud de 188 m. lineales, ubicado en el sector de la CC.NN. Santa Rosa de Ubiriki, distrito de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín

Fecha de Resolución

Martes, 27 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0229-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Acreditar la disponibilidad hídrica superficial en un punto de interés de la quebrada Sharcaj en 4 891.98 m³ a favor de Pedro Orosco Cruz, con DNI N° 20546960, con fines agrarios para irrigar 0.50 ha de cultivos (0.30 ha arveja, 0.1 ha de lechuga y 0.1 espinaca), ubicado en el distrito de Palcamayo, provincia de Tarma, departamento de Junín

Fecha de Resolución

Martes, 27 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0228-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Acreditar la disponibilidad hídrica superficial en un punto de interés del manantial “Muylo” en 1 752 m /año con fines industriales (envasado de agua), a favor de Lizardo Obed Aguilar Ruiz, con DNI N° 21120229, ubicado en el Centro Poblado de Muylo, distrito y provincia de Tarma, región Junín

Fecha de Resolución

Martes, 27 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0571-2025-ANA

Resumen

CUT: 163162-2024.

IMPUGNANTE: Yuri Adan Fernández Atencio.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: La propiedad de un terreno no autoriza el uso del agua subterránea.

MARCO NORMATIVO: El numeral 1 del artículo 120º de la Ley Nº 29338 “Ley de Recursos Hídricos”, literal a del artículo 277° del Reglamento de la Ley Nº 29338 “Ley de Recursos Hídricos”, El artículo 279º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 2.1 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

223-2025

Sumilla

La propiedad de un terreno no autoriza el uso del agua subterránea.

Marco normativo

El numeral 1 del artículo 120º de la Ley Nº 29338 “Ley de Recursos Hídricos”, literal a del artículo 277° del Reglamento de la Ley Nº 29338 “Ley de Recursos Hídricos”, El artículo 279º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor