R.TNRCH. Nº 1130-2025-ANA
Resumen
CUT: 178169-2025.
IMPUGNANTE: Horacio Segundo García Torres.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador Recursos hídricos.
SUBMATERIA: Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.
SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua no tiene competencia para sancionar por desforestación, sino por daños a un bien natural asociado al agua.
MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Fundado.
SANCIÓN: Leve - 0.51 UIT.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La Autoridad Nacional del Agua no tiene competencia para sancionar por desforestación, sino por daños a un bien natural asociado al agua.
Marco normativo
Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

