R.A. Nº 044-2018-ANA-AAA.CO-ALA.CL

Resumen

DECLARAR improcedente la solicitud de otorgamiento de permiso de uso de agua por superávit hídrico del Río Sama, presentado por la Sra. Lourdes Ángela Sacari Chancolla, en atención a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 13 Marzo, 2018

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RD Nº467-2018-ANA-AAA I CO

Resumen

Declarar Improcedente el Recurso Administrativo de Reconsideración Interpuesto por Programa Regional de Riego y Drenaje - PRORRIDRE en contra de la RD Nº 3394-2017-ANA/AAA I CO

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Marzo, 2018

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.A. Nº 043-2018-ANA-AAA.CO-ALA.CL

Resumen

DECLARAR improcedente la solicitud de otorgamiento de permiso de uso de agua por superávit hídrico del Río Sama, presentado por el Sr. David Federico Fernández Mandujano, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 13 Marzo, 2018

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A. Nº 041-2018-ANA-AAA.CO-ALA.CL

Resumen

Declarar la extinción de la licencia de uso de agua por cambio de titular otorgado al Sr. Remigio Calizaya Gómez, para el predio Parcela 3-C, Pizarro signado con el U.C. Nº 05356, de 1,00 ha bajo riego, otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 018-2005-DRA.T/GR.TAC.-ATDRL/S; dejándola subsistente en lo demás que contiene. Otorgar licencia de uso de agua a favor del Sr. Santos Francisco Ramos Laqui.

Fecha de Resolución

Martes, 13 Marzo, 2018

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A. Nº 042-2018-ANA-AAA.CO-ALA.CL

Resumen

Declarar improcedente la solicitud de ampliación adicional de tres meses para la culminación de estudios de disponibilidad hídrica superficial en el marco del proyecto "Ampliación de frontera agrícola en Pampa Colorada, Alto Cinto y Cauña - Asociación Agroindustrial Pampa Colorada, Alto Cinto y Cauña", formulado por el Sr. Martín Quispe Cunurana representante de la Asociación Agro-Industrial Pampa Colorada, Alto Cinto y Cauña, en atención a los considerandos de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 13 Marzo, 2018

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 0285-2018-ANA

Resumen

CUT N°:115392-2017.

IMPUGNANTE: Aruntani S.A.C.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la empresa Aruntani S.A.C. contra la Resolución Directoral N°378-2017-ANA-AAA.TIT, en el extremo que solicita la reducción de la multa impuesta, la que se establece en 60 UIT.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9  del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: FUNDADO EN PARTE

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1088-2017

Sumilla

Es infracción  el vertimiento de aguas residuales industriales de limpieza al mar aun cuando se tiene la declaratoria de veda vigente, puesto que los efluentes no provenian de la planta sino del emisor submarino.

Marco normativo

Numeral 9  del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0284-2018-ANA

Resumen

CUT N°:4909-2018.

IMPUGNANTE: Aeropuertos del Perú S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Utilizar el agua con mayores volúmenes o caudales que los otorgados

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Aeropuertos del Perú S.A. contra la Resolución Directoral N°1383-2017-ANA-AAA-H.CH, la misma que es nula y se dispone la reposición del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del articulo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el Literal i) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; numeral 1 del articulo 10 del TUO de la Ley de Procedimientos  Administrativos General .

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

108-2018

Sumilla

La notificación de inicio de procedimiento administrativo sancionador no causa conviccion si fue notificado en el domicilio del impugnante pues no hace alusion a la empresa impugnante.

Marco normativo

Numeral 2 del articulo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el Literal i) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; numeral 1 del articulo 10 del TUO de la Ley de Procedimientos  Administrativos General .

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0283-2018-ANA

Resumen

CUT N°:38551-2017.

IMPUGNANTE: Aruntani S.A.C.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por la empresa Aruntani S.A.C. contra la Resolución Directoral N°331-2017-ANA-AAA.TIT; confirmándose la responsabilidad y la sanción impuesta a la administrada en la comisión de la infracción tipificada en el numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, debido a que no se ha desvirtuado su responsabilidad ni se advierte vulneración al Principio de Razonabilidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1134-2017

Sumilla

Es  infraccion la ejecución de una construcción de un dique  que causa daños a la salud  de la población y al medio ambiente por lo tanto es calificado como muy grave.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0282-2018-ANA

Resumen

CUT N°:175284-2017.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Independencia.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Independencia contra la Resolución Directoral N°1107-2017-ANA-AAA.H.CH por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción imputada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9  del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1164-2017

Sumilla

Es infracción  el vertimiento de aguas residuales industriales de limpieza al mar aun cuando se tiene la declaratoria de veda vigente, puesto que los efluentes no provenian de la planta sino del emisor submarino.

Marco normativo

Numeral 9  del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0279-2018-ANA

Resumen

CUT N°:189116-2017.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Tarata.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Provincial de Tarata contra la Resolución Directoral N°2732-2017-ANA/AAA I C-O, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1382-2017

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor