R.TNRCH. Nº 0170-2019-ANA
Resumen
CUT N°:224730-2018.
IMPUGNANTE: SEDAPAL.
ÓRGANO: : AAA Cañete-Fortaleza.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos Generales
SUBMATERIA: Medida Cautelar.
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima contra la Carta N°032-2018-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL-AT/WCCF, porque dicha carta no contiene un acto susceptible de impugnación.
MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del Artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: IMPROCEDENTE
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Las cartas informativas por las cuales la autoridad comunica que la resolución carece de competencia para dejar sin efecto acuerdos de consejos directivos, no tienen la condición de acto administrativo por lo cual no son actos impugnables .
Marco normativo
Numeral 217.2 del Artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

