R.TNRCH. Nº 0524-2019-ANA
Resumen
CUT N°:40636-2019.
IMPUGNANTE: Comisión de Usuarios Ascope.
ÓRGANO: ALA Chicama.
MATERIA: Procedimiento Administrativo General
SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.
SUMILLA: Se declara improcedente la queja por defecto de tramitación presentada por la Comisión de Usuarios Ascope, debido a que no concurre la prexistencia de un procedimiento administrado dentro del cual se haya generado un defecto en el trámite.
MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: IMPROCEDENTE
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Es improcedente la queja por defecto de tramitación cuando se trata de actuaciones previas al inicio de un procedimiento administrativo sancionador.
Marco normativo
Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.