R.TNRCH. Nº 0339-2019-ANA
Resumen
CUT N°:210709-2018.
SOLICITANTE: Ever Colqui Espinoza.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Caducidad
SUMILLA: Declarar la caducidad administrativa de oficio del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Ever Colqui Espinoza a través de la Notificación N°107-2017-ANA-AAA.HUALLAGA-ALA.ALTO HUALLAGA, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento, dejando sin efecto legal la Resolución Directoral N°070-2018-MINAGRI-ANA/AAA-HUALLAGA.
MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: CADUCIDAD
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.
Marco normativo
Artículo 259° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.