R.TNRCH. Nº 0640-2019-ANA
Resumen
CUT N°:53809-2019.
IMPUGNANTE: Club Ecuestre Huachipa.
ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Agua Subterránea
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Club Ecuestre Huachipa contra la Resolución Directoral N°287-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, porque no se cumplieron los procedimientos previos para el otorgamiento de licencia de uso de agua.
MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del Artículo 53°, Numeral 79.1 del Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos; Numeral 84.1 del Artículo 81° y Numeral 84.1 del Artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Para la obtención de la licencia de uso de agua, se debe cumplir con los requisitos establecidos, entre ellos, acreditar la disponibilidad hídrica, la presentación de la certificación ambiental y la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico
Marco normativo
Numeral 6 del Artículo 53°, Numeral 79.1 del Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos; Numeral 84.1 del Artículo 81° y Numeral 84.1 del Artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos