R.TNRCH. Nº 0089-2020-ANA
Resumen
CUT N°: 244800-2019.
SOLICITANTE: Comité de Vigilancia Ambiental Comunal del Lago Chinchaycocha.
ÓRGANO: AAA Mantaro.
SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 366-2018-ANA-AAA X MANTARO, por haber emitido el referido acto conforme a Ley.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua
SUB MATERIA: Prorroga de Cuotas de Embalse.
MARCO NORMATIVO: El numeral 213.1 del articulo 213° del TUG de la Ley del Procedimiento Administrativo General
SENTIDO: No haber merito
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se puede establecer que con la emisión de la Resolución Directoral, tampoco se ha producido la afectación al interés público o algún derecho fundamental, por el contrario, según lo señalado en el Informe Técnico, las cotas temporales para el Embalse Chinchaycocha - Presa Upamayo, prorrogadas mediante el acto cuestionado, han logrado evitar inundaciones en las zonas de pastoreo adyacentes a la referida infraestructura hidráulica.
Marco normativo
El numeral 213.1 del articulo 213° del TUG de la Ley del Procedimiento Administrativo General

