R.TNRCH. Nº 0527-2025-ANA
Resumen
CUT: 180797-2024.
IMPUGNANTE: Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Puno.
ÓRGANO: AAA Titicaca.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.
SUMILLA: No se vulnera el derecho de defensa cuando se notifica válidamente a la entidad que es sujeto del procedimiento.
MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, y literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: 0.5 UIT - Leve.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No se vulnera el derecho de defensa cuando se notifica válidamente a la entidad que es sujeto del procedimiento.
Marco normativo
Numeral 3 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, y literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.