CUT N°: 31188-2019.
IMPUGNANTE: Empresa Procesadora Tropical S.A.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización / Dañar, obstruir o destruir las defensas, naturales o artificiales, de las márgenes de los cauces
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Procesadora Tropical S.A. contra la Resolución Directoral N°058-2019-ANA-AAA-HUALLAGA, por no haberse desvirtuado la comisión de las infracciones imputadas y se integra la Resolución Directoral N°755-2018-ANA-AAA-HUALLAGA, señalando que la conducta realizada por la administrada configura también la infracción contenida en los numerales 1 y 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales a) y p) del artículo 277° de su Reglamento.
MARCO NORMATIVO: Numerales 1. y 5. del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 80.1 del artículo 80°, numeral 81.1 del artículo 81° y numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Artículo 370° del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil
SENTIDO: INFUNDADO / INTEGRAR