R.TNRCH. Nº 0927-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 95280-2023.

IMPUGNANTE: Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur S.A.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Utilizar el agua con mayores volúmenes o caudales que los otorgados.

SUMILLA: El uso del agua por mayor volumen al autorizado, en este caso, por más de cuatro veces, constituye una infracción muy grave.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 57° y artículo 64° de la Ley de Recursos Hídricos y literal i) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

306-2024

Sumilla

El uso del agua por mayor volumen al autorizado, en este caso, por más de cuatro veces, constituye una infracción muy grave.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 57° y artículo 64° de la Ley de Recursos Hídricos y literal i) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0925-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 159113-2024.

SOLICITANTE: Desarrollo Frutícola Sudamericano S.A.C.

ORGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es infundada la queja por defecto de tramitación cuando la autoridad se encuentran dentro del plazo legal para evaluar y resolver el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto, 2024

N° de Expediente TNRCH

851-2024

Sumilla

Es infundada la queja por defecto de tramitación cuando la autoridad se encuentran dentro del plazo legal para evaluar y resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0923-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 86834-2023.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Chungar S.A.C.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reúso sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales se configura por el hecho de no contar con una autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua, sin que se requiera afectación del cuerpo de agua

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d del artículo 277° de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

765-2023

Sumilla

La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales se configura por el hecho de no contar con una autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua, sin que se requiera afectación del cuerpo de agua.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d del artículo 277° de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0922-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 152143-2024.

SOLICITANTE: Nancy Matilde Morón Aspur.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: No procede la queja cuando se advierte que la autoridad está tramitando la oposición presentada en un procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

809-2024

Sumilla

No procede la queja cuando se advierte que la autoridad está tramitando la oposición presentada en un procedimiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0921-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 156304-2024.

SOLICITANTE: Consorcio Agrominero San Hilarión S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite dentro de un plazo razonable, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

829-2024

Sumilla

Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite dentro de un plazo razonable, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0895-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 87138-2023.

IMPUGNANTE: Destilería Naylamp E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: Las infracciones de peligro como el uso de un canal para fines distintos a los programados, no requieren la acreditación de contaminación o deterioro de la infraestructura.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

201-2024

Sumilla

Las infracciones de peligro como el uso de un canal para fines distintos a los programados, no requieren la acreditación de contaminación o deterioro de la infraestructura.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0894-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 104046-2022.

IMPUGNANTE: Gerardo Villegas Bautista.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras hidráulicas en la fuente natural del agua sin autorización.

SUMILLA: Las obras recientes en un pozo acreditan la infracción de ejecución de obras hidráulicas sin autorización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

818-2023

Sumilla

Las obras recientes en un pozo acreditan la infracción de ejecución de obras hidráulicas sin autorización.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277º de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0893-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 142228-2022.

IMPUGNANTE: Elena Bustos Mejía.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento.

SUMILLA: La licencia de uso de agua se otorga al titular de la autorización de ejecución de obras, exigiéndose solo una verificación técnica de campo en la que se corrobore que se trata de las obras autorizadas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 85.1 del artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 21.1 del artículo 21° y artículo 42° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

702-2022

Sumilla

La licencia de uso de agua se otorga al titular de la autorización de ejecución de obras, exigiéndose solo una verificación técnica de campo en la que se corrobore que se trata de las obras autorizadas.

Marco normativo

Numeral 85.1 del artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 21.1 del artículo 21° y artículo 42° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0892-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 80268-2023.

IMPUGNANTE: Gobierno Regional de San Martín.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización, construir o modificar obras sin autorización y dañar, obstruir o destruir las defensas, naturales o artificiales, de las márgenes de los cauces.

SUMILLA: La prescripción de la infracción alegada por el administrado se desvirtúa cuando se comprueba que la construcción es reciente.

MARCO NORMATIVO: Numerales 3, 5 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a), b) y p) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

241-2024

Sumilla

La prescripción de la infracción alegada por el administrado se desvirtúa cuando se comprueba que la construcción es reciente.

Marco normativo

Numerales 3, 5 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a), b) y p) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0817-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 133527-2022.

IMPUGNANTE: Zenón Vicente Melgar Ríos.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización y ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: Los cauces naturales de agua constituyen bienes asociados al agua, por lo que su desvío no autorizado constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal f) del artículo 277°; y numeral 278.2 del artículo 278° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

263-2024

Sumilla

Los cauces naturales de agua constituyen bienes asociados al agua, por lo que su desvío no autorizado constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal f) del artículo 277°; y numeral 278.2 del artículo 278° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas