R.TNRCH. Nº 0275-2025-ANA

Resumen

CUT: 199918-2023.

IMPUGNANTE: Enrique Medina García.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: - Dañar u obstruir los cauces. - Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ejecución de obras y la ocupación sin autorización constituyen infracciones sancionables.

MARCO NORMATIVO: Literales b) y f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

724-2024

Sumilla

Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ejecución de obras y la ocupación sin autorización constituyen infracciones sancionables.

Marco normativo

Literales b) y f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0274-2025-ANA

Resumen

CUT: 276237-2023.

IMPUGNANTE: Jacinto Vicente Canchanya Piceros.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: El uso del agua para fines turísticos extraída mediante tuberías no constituye un uso primario.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º de su reglamento. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

722-2024

Sumilla

El uso del agua para fines turísticos extraída mediante tuberías no constituye un uso primario.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0273-2025-ANA

Resumen

CUT: 257871-2023.

IMPUGNANTE: Eulogio Ccolqque Huallpa.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: El uso primario del agua no contempla la ejecución de obras de perforación de un pozo sin autorización, por lo que constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1224-2024

Sumilla

El uso primario del agua no contempla la ejecución de obras de perforación de un pozo sin autorización, por lo que constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0272-2025-ANA

Resumen

CUT: 224593-2023.

IMPUGNANTE: Empresa Administradora Cerro S.A.C

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Contaminación de fuentes naturales.

SUMILLA: Cuando se acredita que la descarga de una empresa impacta en un cuerpo de agua superando los estándares de calidad ambiental vigentes, se configura la infracción por contaminación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 8 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal c del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

310-2024

Sumilla

Cuando se acredita que la descarga de una empresa impacta en un cuerpo de agua superando los estándares de calidad ambiental vigentes, se configura la infracción por contaminación.
 

Marco normativo

Numeral 8 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal c del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0271-2025-ANA

Resumen

CUT: 265864-2023.

IMPUGNANTE: Carlos Alberto Aquino Gonzales Centeno Torrez.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Faja marginal.

SUBMATERIA: Modificación.

SUMILLA: La modificación de la faja marginal debe estar sustentada en un estudio técnico de acuerdo con la metodología aprobada por la autoridad.

MARCO NORMATIVO: Artículo 14° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

975-2024

Sumilla

La modificación de la faja marginal debe estar sustentada en un estudio técnico de acuerdo con la metodología aprobada por la autoridad.

Marco normativo

Artículo 14° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.
 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0259-2025-ANA

Resumen

CUT: 164542-2023.

IMPUGNANTE: Tomás Olórtegui Lozano.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: El otorgamiento de la acreditación de disponibilidad hídrica no autoriza la ejecución de obras.

MARCO NORMATIVO: Artículos 80º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y el artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1021-2024

Sumilla

El otorgamiento de la acreditación de disponibilidad hídrica no autoriza la ejecución de obras.

Marco normativo

Artículos 80º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y el artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0258-2025-ANA

Resumen

CUT: 156148-2024.

IMPUGNANTE: H2olmos S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Obras mínimas.

SUMILLA: El plazo de la autorización de ejecución de obras mínimas se otorga considerando las características de la obra a ejecutarse.

MARCO NORMATIVO: Artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1117-2024

Sumilla

El plazo de la autorización de ejecución de obras mínimas se otorga considerando las características de la obra a ejecutarse.

Marco normativo

Artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0256-2025-ANA

Resumen

CUT: 74539-2024.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Espinar.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados. - Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorización

SUMILLA: La disposición de desmonte en el cauce, ribera y faja marginal que ocasiona su obstrucción constituye una infracción en materia de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el Literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

083-2025

Sumilla

La disposición de desmonte en el cauce, ribera y faja marginal que ocasiona su obstrucción constituye una infracción en materia de recursos hídricos.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el Literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0245-2025-ANA

Resumen

CUT: 150027-2023.

IMPUGNANTE: Epifanía Lima Mamani, Dolores Lima Mamani, Bernardina Lima Mamani y Serapio Lima Mamani.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Impedir el uso del agua o las servidumbres de agua, a sus respetivos titulares o beneficiarios.

SUMILLA: Se acredita la infracción de impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua cuando en la inspección ocular se constata la clausura de un tramo de un canal de riego.

MARCO NORMATIVO: Literal n) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 18 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1276-2024

Sumilla

Se acredita la infracción de impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua cuando en la inspección ocular se constata la clausura de un tramo de un canal de riego.

Marco normativo

Literal n) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0254-2025-ANA

Resumen

CUT: 232876-2023.

IMPUGNANTE: Carlos Santillán Delgado.

ÓRGANO: Carlos Santillán Delgado.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos .

SUBMATERIA: -Construir o modificar obras sin autorización -Usar el agua sin derecho.

SUMILLA: Se configura las infracciones de ejecutar obras hidráulicas y usar el agua cuando no se cuenta con la autorización y el derecho de uso de agua respectivo otorgados por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículos 44° y 45°, y numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y los literales a) y b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 18 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

390-2024

Sumilla

Se configura las infracciones de ejecutar obras hidráulicas y usar el agua cuando no se cuenta con la autorización y el derecho de uso de agua respectivo otorgados por la Autoridad Nacional del Agua.
 

Marco normativo

Artículos 44° y 45°, y numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y los literales a) y b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor