R.TNRCH. Nº 0307-2025-ANA

Resumen

CUT: 85325-2024.

IMPUGNANTE: José Alfredo Franco García.

ÓRGANO: ALA Pisco.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: El permiso de uso de agua no procede cuando el operador de la infraestructura hidráulica no otorga la conformidad de uso.

MARCO NORMATIVO: Artículo 34° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1171-2024

Sumilla

El permiso de uso de agua no procede cuando el operador de la infraestructura hidráulica no otorga la conformidad de uso.

Marco normativo

Artículo 34° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0302-2025-ANA

Resumen

CUT: 149646-2023

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de la Comunidad Campesina Ccachona.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho y construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Constituye infracción en materia de recursos hídricos usar el agua sin derecho y construir obras de cualquier tipo sin autorización.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

970-2024

Sumilla

Constituye infracción en materia de recursos hídricos usar el agua sin derecho y construir obras de cualquier tipo sin autorización.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0301-2025-ANA

Resumen

CUT: 268267-2023.

IMPUGNANTE: Inversiones y Representaciones Gasur E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Eximente de responsabilidad.

SUMILLA: La condición eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria no se configura si, en fecha posterior a la notificación de inicio de procedimiento sancionador, persiste la conducta que dio origen a la infracción.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1179-2024

Sumilla

La condición eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria no se configura si, en fecha posterior a la notificación de inicio de procedimiento sancionador, persiste la conducta que dio origen a la infracción

Marco normativo

Literal q) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0297-2025-ANA

Resumen

CUT: 59864-2022.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Nepeña.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: El balance hídrico realizado por la Autoridad, que acredita de disponibilidad hídrica, no se puede desvirtuar sin pruebas técnicas y/o legales de la misma fuente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI y Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

735-2024

Sumilla

El balance hídrico realizado por la Autoridad, que acredita de disponibilidad hídrica, no se puede desvirtuar sin pruebas técnicas y/o legales de la misma fuente

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI y Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0295-2025-ANA

Resumen

CUT: 35901-2024.

IMPUGNANTE: EPSEL S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador –Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: La Constancia de inscripción en el Registro Único para el Proceso de Adecuación Progresiva solo exonera la responsabilidad administrativa por la infracción de efectuar vertimientos sin autorización en fuente natural de agua.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

694-2024

Sumilla

La Constancia de inscripción en el Registro Único para el Proceso de Adecuación Progresiva solo exonera la responsabilidad administrativa por la infracción de efectuar vertimientos sin autorización en fuente natural de agua

Marco normativo

Literal q) del artículo 277° del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0294-2025-ANA

Resumen

CUT: 57663-2024.

IMPUGNANTE: EPSEL S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: La Constancia de inscripción en el Registro Único para el Proceso de Adecuación Progresiva solo exonera la responsabilidad administrativa por la infracción de efectuar vertimientos sin autorización en fuente natural de agua.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

090-2025

Sumilla

La Constancia de inscripción en el Registro Único para el Proceso de Adecuación Progresiva solo exonera la responsabilidad administrativa por la infracción de efectuar vertimientos sin autorización en fuente natural de agua.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0292-2025-ANA

Resumen

CUT: 82629-2024.

IMPUGNANTE: Florentina Serrano de Condori y Casiano Condori Sanjinez.

ÓRGANO: ALA Caplina – Locumba.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción de derecho de uso de agua.

SUMILLA: No procede el cierre de un pozo que cuenta con un derecho de uso otorgado, sin perjuicio de la fiscalización de la autoridad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del Artículo III del Título Preliminar y artículos 45 y 70º de la Ley del Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

728-2024

Sumilla

No procede el cierre de un pozo que cuenta con un derecho de uso otorgado, sin perjuicio de la fiscalización de la autoridad.

Marco normativo

numeral 4 del Artículo III del Título Preliminar y artículos 45 y 70º de la Ley del Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0288-2025-ANA

Resumen

CUT: 51163-2024.

IMPUGNANTE: Activos Mineros S.A.C.

ÓRGANO: AAA Mantaro

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Impedir las inspecciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: Cuando se impide la continuación de la actividad de fiscalización se configura la infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

951-2024

Sumilla

Cuando se impide la continuación de la actividad de fiscalización se configura la infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 7 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0285-2025-ANA

Resumen

CUT: 137833-2023.

IMPUGNANTE: Comités de Usuarios de Agua Yanaccollpa, Montepata – Huancané y Yana Machay.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: El solicitante tiene la facultad de responder o no la oposición formulada en el procedimiento sin que ello determine la improcedencia de su pedido.

MARCO NORMATIVO: Artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

983-2023

Sumilla

El solicitante tiene la facultad de responder o no la oposición formulada en el procedimiento sin que ello determine la improcedencia de su pedido.

Marco normativo

Artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0282-2025-ANA

Resumen

CUT: 147173-2022.

IMPUGNANTESComité de Usuarios de Agua Chivatopampa, Comité de Usuarios de Agua del Canal Chaupi Yarcca Ninabamba y Comité de Usuarios del Sector Hidráulico Río Torobamba (INCANTO).

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica de una fuente de agua que no aporta a otra, conforme a la evaluación técnica, no afecta a los usuarios de esta última.

MARCO NORMATIVO: Artículo 80 y 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y el artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

346-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica de una fuente de agua que no aporta a otra, conforme a la evaluación técnica, no afecta a los usuarios de esta última.

Marco normativo

Artículo 80 y 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y el artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas