R.TNRCH. Nº 0936-2025-ANA

Resumen

CUT: 119765-2025.

IMPUGNANTE: Doris Marilú Ordoñez Ciuse.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionar – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que su ocupación para actividades agrícolas constituye infracción en materia de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal f) del artículo 277º del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT.

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

613-2025

Sumilla

Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que su ocupación para actividades agrícolas constituye infracción en materia de recursos hídricos.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal f) del artículo 277º del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0930-2025-ANA

Resumen

CUT: 124160-2025.

IMPUGNANTE: Agrícola Sol de Villacurí S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras sin autorización.

SUMILLA: La perforación de un pozo en zona de veda constituye una circunstancia que se debe tomar en cuenta para determinar el monto de la multa.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 1°, literal b) del artículo 2° y numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANAl.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 10 UIT – Muy Grave.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

643-2025

Sumilla

La perforación de un pozo en zona de veda constituye una circunstancia que se debe tomar en cuenta para determinar el monto de la multa.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 1°, literal b) del artículo 2° y numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANAl.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0929-2025-ANA

Resumen

CUT: 128797-2025.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Higuerani.

ÓRGANO: ALA Caplina Locumba.

MATERIA: Tarifa de uso de agua.

SUBMATERIA: Utilización de la infraestructura hidráulica mayor.

SUMILLA: Todo usuario de agua integrante de un sistema hidráulico está obligado a pagar la tarifa en proporción al volumen de agua utilizada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 90° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

701-2025

Sumilla

Todo usuario de agua integrante de un sistema hidráulico está obligado a pagar la tarifa en proporción al volumen de agua utilizada.

Marco normativo

Artículo 90° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0924-2025-ANA

Resumen

CUT: 171828-2025.

ADMINISTRADO: Sindicato Energético S.A.

ÓRGANO: TNRCH.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Tarifa por uso de infraestructura hidráulica.

SUMILLA: El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas tiene competencia para resolver controversias referidas a la aprobación de la tarifa, y no para resolver acuerdos de pagos, compensación o descuentos del valor de la tarifa entre el operador y usuarios.

MARCO NORMATIVO: Artículo 4º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y numeral 45.1 del artículo 45º del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

908-2025

Administrado

Sindicato Energético S.A

Sumilla

El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas tiene competencia para resolver controversias referidas a la aprobación de la tarifa, y no para resolver acuerdos de pagos, compensación o descuentos del valor de la tarifa entre el operador y usuarios.

Marco normativo

Artículo 4º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y numeral 45.1 del artículo 45º del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0922-2025-ANA

Resumen

CUT: 5180-2024.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Arequipa.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Las obras permanentes de defensa ribereña requieren de la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 260.1 del artículo 206º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 3 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

895-2024

Sumilla

Las obras permanentes de defensa ribereña requieren de la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 260.1 del artículo 206º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0920-2025-ANA

Resumen

CUT: 164250-2022.

IMPUGNANTE: Ponderosa Minerals S.A.C.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: -Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización. -Efectuar vertimientos o reúso sin autorización.

SUMILLA: La prórroga de presentación de descargos al informe final de instrucción es una potestad de la autoridad, por lo que, el no concederla no afecta el derecho de defensa.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y d) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy Grave - 25.548 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

053-2025

Sumilla

La prórroga de presentación de descargos al informe final de instrucción es una potestad de la autoridad, por lo que, el no concederla no afecta el derecho de defensa.

Marco normativo

Numerales 1 y 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y d) del artículo 277º de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0917-2025-ANA

Resumen

CUT: 189572-2024.

IMPUGNANTE: M & I Contratistas Generales E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho.

SUMILLA: El uso del agua por parte de una empresa para sus trabajadores mediante mangueras, forma parte de la actividad productiva, por lo que no constituye un uso primario.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 2.05 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

405-2025

Sumilla

El uso del agua por parte de una empresa para sus trabajadores mediante mangueras, forma parte de la actividad productiva, por lo que no constituye un uso primario.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0915-2025-ANA

Resumen

CUT: 132828-2025.

IMPUGNANTE: Tconcreto S.A.C.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Impedir las inspecciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: Cuando se impide la actividad de fiscalización se configura infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 0.5 UIT - Leve.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

693-2025

Sumilla

Cuando se impide la actividad de fiscalización se configura infracción.

Marco normativo

Numeral 7 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277° de su Reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0911-2025-ANA

Resumen

CUT: 189196-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina San Antonio.

ÓRGANO:AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Formalización de licencia uso de agua.

SUMILLA: Se confirma la resolución cuando el defecto que dio lugar a la nulidad de oficio no fue subsanado en el procedimiento ni en la formulación del recurso de reconsideración.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° y el artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

146-2024

Sumilla

Se confirma la resolución cuando el defecto que dio lugar a la nulidad de oficio no fue subsanado en el procedimiento ni en la formulación del recurso de reconsideración.

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212° y el artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0910-2025-ANA

Resumen

CUT: 217921-2023.

IMPUGNANTE: Minera Aurífera Aluvial Cóndor S.A.C.

ÓRGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Constituye infracción la acción de efectuar vertimientos de aguas residuales en una fuente natural de agua, sin contar con la autorización correspondiente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy grave – 8.91 UIT.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

881-2024

Sumilla

Constituye infracción la acción de efectuar vertimientos de aguas residuales en una fuente natural de agua, sin contar con la autorización correspondiente.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas