R.TNRCH. Nº 1095-2025-ANA

Resumen

CUT: 151812-2025.

IMPUGNANTE: Técnica Avícola S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículo 1666° del Código Civil, Numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

796-2025

Sumilla

La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículo 1666° del Código Civil, Numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1093-2025-ANA

Resumen

CUT: 195683-2025.

IMPUGNANTE: Meleniza Mata Yupanqui.

ÓRGANO: ALA Barranca.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Por el Principio de Seguridad Jurídica de los derechos otorgados, no corresponde otorgar la extinción y otorgamiento por cambio de titular cuando no se ha acreditado la transferencia por parte del titular de la licencia ni otro hecho jurídico justificativo de la adquisición legítima del predio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1043-2025

Sumilla

Por el Principio de Seguridad Jurídica de los derechos otorgados, no corresponde otorgar la extinción y otorgamiento por cambio de titular cuando no se ha acreditado la transferencia por parte del titular de la licencia ni otro hecho jurídico justificativo de la adquisición legítima del predio.

Marco normativo

Numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1092-2025-ANA

Resumen

CUT: 192201-2025.

IMPUGNANTE: Kervin Alex Flores Santillán.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: En los ríos amazónicos es posible autorizar el uso temporal de fajas marginales y riberas, por lo tanto, el no contar con dicha autorización constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 16° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1022-2025

Sumilla

En los ríos amazónicos es posible autorizar el uso temporal de fajas marginales y riberas, por lo tanto, el no contar con dicha autorización constituye infracción sancionable

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 16° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1091-2025-ANA

Resumen

CUT: 137215-2024.

IMPUGNANTE: Corporación Villacurí S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: No corresponde autorizar la ejecución de un pozo de reemplazo cuando el periodo de inoperatividad del pozo primigenio es mayor a seis meses.

MARCO NORMATIVO: Sub literal b.2 del literal b) del artículo 7° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

046-2025

Sumilla

No corresponde autorizar la ejecución de un pozo de reemplazo cuando el periodo de inoperatividad del pozo primigenio es mayor a seis meses.

Marco normativo

Sub literal b.2 del literal b) del artículo 7° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA. Sentido: Infundado.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1087-2025-ANA

Resumen

CUT: 169866-2025.

IMPUGNANTE: Benito Ramos Flores.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: No corresponde declarar la extinción y otorgamiento cuando la transferencia no es realizada por el titular de la licencia o el solicitante no presenta documentos de titularidad del predio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

942-2025

Sumilla

No corresponde declarar la extinción y otorgamiento cuando la transferencia no es realizada por el titular de la licencia o el solicitante no presenta documentos de titularidad del predio

Marco normativo

Numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1086-2025-ANA

Resumen

CUT: 38317-2024.

IMPUGNANTE: Proyecto Especial Tambo Ccaracocha – PETACC.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Dañar, obstruir o destruir las defensas, naturales o artificiales, de las márgenes de los cauces.

SUMILLA: Se considera autor de la infracción a la persona natural o jurídica que se encarga de la ejecución de la obra sin perjuicio de la responsabilidad directa del ejecutor.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal p) del artículo 277º del Reglamento de la referida Ley.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 3 UIT y Grave.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1317-2024

Sumilla

Se considera autor de la infracción a la persona natural o jurídica que se encarga de la ejecución de la obra sin perjuicio de la responsabilidad directa del ejecutor.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal p) del artículo 277º del Reglamento de la referida Ley.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1083-2025-ANA

Resumen

CUT: 178247-2025.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Huambo.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimiento sin autorización.

SUMILLA: La infracción de efectuar vertimientos sin autorización no queda excluida por consultas previas que realiza el administrado para efecto de conocer el marco legal.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 2.1 UIT – Grave

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

931-2025

Sumilla

La infracción de efectuar vertimientos sin autorización no queda excluida por consultas previas que realiza el administrado para efecto de conocer el marco legal.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1082-2025-ANA

Resumen

CUT: 177111-2025.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Cochamal.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimiento sin autorización.

SUMILLA: Las infracciones continuadas no permiten el inicio del cómputo de la prescripción salvo que haya cesado la acción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 252.1 y 252.2 del artículo 252° y artículo 259º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

SENTIDO: 2.1 UIT – Grave.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

916-2025

Sumilla

Las infracciones continuadas no permiten el inicio del cómputo de la prescripción salvo que haya cesado la acción.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 252.1 y 252.2 del artículo 252° y artículo 259º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1081-2025-ANA

Resumen

CUT: 204525-2025.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Carhuaz.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Realizar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: El uso de un canal rústico para realizar el vertimiento de aguas residuales acredita un acto intencional.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 3 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1102-2024

Sumilla

El uso de un canal rústico para realizar el vertimiento de aguas residuales acredita un acto intencional.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1074-2025-ANA

Resumen

CUT: 113012-2024.

IMPUGNANTE: Southern Peru Copper Corporation, sucursal del Perú.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: La información histórica que se utiliza para un estudio de acreditación de disponibilidad hídrica puede constituir un insumo válido cuando, según el informe técnico, las condiciones hidrogeológicas del acuífero no han variado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 81.2 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

216-2025

Sumilla

La información histórica que se utiliza para un estudio de acreditación de disponibilidad hídrica puede constituir un insumo válido cuando, según el informe técnico, las condiciones hidrogeológicas del acuífero no han variado.

Marco normativo

Numeral 81.2 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor