R.TNRCH. Nº 0936-2025-ANA
Resumen
CUT: 119765-2025.
IMPUGNANTE: Doris Marilú Ordoñez Ciuse.
ÓRGANO: AAA Mantaro.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionar – Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.
SUMILLA: Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que su ocupación para actividades agrícolas constituye infracción en materia de recursos hídricos.
MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal f) del artículo 277º del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que su ocupación para actividades agrícolas constituye infracción en materia de recursos hídricos.
Marco normativo
Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal f) del artículo 277º del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.