R.TNRCH. Nº 0596-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 212200-2021.

IMPUGNANTES: Arturo Ortega Jáuregui y Celia Margoth Rosales Hidalgo.

ÓRGANO: ALA Barranca.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Arturo Ortega Jáuregui contra la Resolución Administrativa N° 0103-2021-ANA-AAA.CF-ALA.B, por falta de legitimidad para obrar.

Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Celia Margoth Rosales Hidalgo contra la Resolución Administrativa N° 0103-2021-ANA-AAA.CF-ALA.B, por haberse desvirtuado sus argumentos de apelación.

Se declara que carece de objeto pronunciarse respecto a las quejas presentadas por la señora Celia Margoth Rosales Hidalgo y los señores Gabriel Céspedes Ramos, Eleodoro Eduardo Pérez Mendoza, Diógenes Bacilio Rojas, Fernando Teófilo Bartolo Somoza y Nilton Revelino Vega Padilla, contra la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador, aspectos generales.

SUB MATERIA: Medida Provisional.

MARCO NORMATIVO: Artículo 256° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 123° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

756-2021

Sumilla

El hecho de que el Informe Técnico no le haya sido notificado, de ninguna manera constituye una vulneración a su derecho de defensa, pues la resolución apelada detalla claramente los fundamentos que sustentan la decisión y recoge las principales conclusiones del referido informe técnico, se sustenta la verosimilitud y razonabilidad de la medida dictada.

Marco normativo

Artículo 256° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 123° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0595-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 23764-2022.

IMPUGNANTE: Minera Vanessa S.A.C.

ÓRGANO: ALA Ramis.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 0051-2022-ANA-AAA.TIT-ALA.RM por haberse emitido incurriendo en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo carece de objeto emitir pronunciamiento respecto del recurso de reconsideración interpuesto por Minera Vanessa S.A.C. contra la Resolución Administrativa Nº 0051-2022-ANA-AAA.TIT-ALA.RM.

MATERIA: Retribución Económica.

SUB MATERIA: Por usar el agua 

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

324-2022

Sumilla

Este Tribunal determina que órgano instructor, con la emisión de resolución apelada infringió el requisito de validez.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0594-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 23090-2022.

IMPUGNANTE: Central Azucarera Chucarapi Pampa Blanca S.A.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Central Azucarera Chucarapi Pampa Blanca S.A. contra la Resolución Administrativa Nº 0111-2022-ANA-AAA.CO-ALA.TAT, por haberse desvirtuado sus argumentos de apelación.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

335-2022

Sumilla

Se ha podido advertir que el órgano instructor ha valorado los medios probatorios de la resolución apelada, que fueron presentados en su oportunidad por la solicitante a fin de cumplir con los requisitos exigidos para acceder al procedimiento de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular. Por tanto, se desvirtúa que se haya vulnerado el principio de predictibilidad.

Marco normativo

Artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0593-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 156790-2021.

IMPUGNANTE: Rosalinda Marina Kacha Quispe.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Rosalinda Marina Kacha Quispe contra la Resolución Directoral Nº 0077-2022-ANA-AAA.TIT, por haberse desvirtuado sus argumentos de apelación.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularizacion o Formalización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo Nº 010-2020-MINAGRI.
Resolución Jefatural Nº 057-2021-ANA.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

328-2022

Sumilla

En el marco del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua se determina que la documentación presentada por el impugnante no resulta idónea para el cumplimiento de la exigencia establecida en la norma.

Marco normativo

Decreto Supremo Nº 010-2020-MINAGRI.
Resolución Jefatural Nº 057-2021-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0592-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 154483-2021.

IMPUGNANTE: Honorio Samuel Alférez García.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Honorio Samuel Alférez García contra la Resolución Directoral Nº 0094-2022-ANA/AAA.CO, por haberse desvirtuado sus argumentos de apelación.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización o formalizacion  de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.
Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

685-2021

Sumilla

Al evidenciarse que los apelantes ingresó su solicitud en fecha 03.11.2015, no se encontraba habilitada para acogerse al procedimiento de regularización de licencia de uso de agua, de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI y la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

Marco normativo

Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.
Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0591-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 30941-2020.

IMPUGNANTE: Yony Apolinario Olazábal Téllez.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Yony Apolinario Olazábal Téllez, en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 0181-2022-ANA-AAA.CO, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.10 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extincion y otorgamiento de Licencia de uso de agua 

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 54° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

Se aprecia del Informe que la Dirección de Gestión Ambiental Agraria del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego refiere que por tratarse de una actividad de siembra de frutales de 4.8 ha cuyas características y finalidad no generan impactos negativos significativos, por lo que, no se requiere contar con un instrumento de gestión ambiental.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 54° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0590-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 106792-2021.

IMPUGNANTE: Asociación Grupo Pre Cooperativo Juan XXIII.

ÓRGANO: ALA Zaña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Grupo Pre Cooperativo Juan XXIII contra la Resolución Administrativa N° 0024-2022-ANA-AAA.JZ-ALA.Z, por haberse desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Superavit hidrico.

MARCO NORMATIVO: Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

336-2022

Sumilla

No haber cumplido con acreditar ser propietario o poseedor legítimo del predio en el que hará uso eventual del recurso, para el otorgamiento del permiso de uso de agua.

Marco normativo

Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0589-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 124492-2021.

IMPUGNANTE: Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Alto Mayo.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Alto Mayo contra la Resolución Directoral N° 0180-2022-ANA-AAA.H, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces,  riberas o fajas marginales sin autorizacion.

MARCO NORMATIVO: Literal i) del numeral 1 del artículo 6° y artículo 7° de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 3° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

317-2022

Sumilla

Lo dispuesto por la administración respecto a que el impugnante cumpla con retirar el cerco de alambre de púas y postes de madera respetando los 50 m de delimitación de la faja marginal, es una medida razonable y proporcional con el bien jurídico protegido.

Marco normativo

Literal i) del numeral 1 del artículo 6° y artículo 7° de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 3° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0588-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 75346-2022.

IMPUGNANTE: Moisés Palomino Landa.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

SUMILLA: Se declara fundada la solicitud de nulidad, encauzada como un recurso de apelación, interpuesto por el señor Moisés Palomino Landa, en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 0239-2022-ANA-AAA.MAN, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.9 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidraulica publica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° y Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Martes, 18 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

398-2022

Sumilla

Resulta pertinente precisar que el recurso de reconsideración fue presentado dentro del plazo de los quince (15) días hábiles para interponer un recurso administrativo contra la resolución apelada debido a que esta fue notificada al impugnante el 18.04.2022, y los quince días vencían el 10.05.2022, siendo presentado 09.05.2022.

Marco normativo

Artículo 218° y Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0587-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 108164-2021.

IMPUGNANTE: Gobierno Regional de Lima.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Gobierno Regional de Lima contra la Resolución Directoral Nº 0288-2022-ANA-AAA.CF, por haberse vulnerado la debida motivación de la multa impuesta en el Informe Final de Instrucción; en consecuencia, se declara la nulidad de dicho acto administrativo, disponiéndose la reposición del procedimiento conforme lo señalado en el numeral 6.4 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 13 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

295-2022

Sumilla

El órgano de primera instancia concluyó en el informe final de instrucción no tipificó las infracciones en las que se hubiera incurrido, siguiendo la clasificación como leves, graves o muy grave, en aplicación del principio de razonabilidad.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor