R.TNRCH. Nº 0631-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 157612-2021.

IMPUGNANTE: Estefa Hortencia Cano Coacalla.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Estefa Hortencia Cano Coacalla contra la Resolución Directoral N° 0141-2022-ANA-AAA.TIT, debido a que el referido acto se ha emitido conforme a derecho.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador. 

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO:  Numeral 113.1 artículo 113° y  numeral 115.1 del artículo 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

348-2022

Sumilla

Se puede concluir que la delimitación de la faja marginal dispuesta en la resolución primigenia es de oficio, no siendo de obligación su notificación a la impugnante.

Marco normativo

Numeral 113.1 artículo 113° y  numeral 115.1 del artículo 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0630-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 160391-2021

IMPUGNANTE: Compañía Minera Argentum S.A.

ÓRGANO: DCERH.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Compañía Minera Argentum S.A. contra la Resolución Directoral N° 089-2022-ANA-DCERH, debido a que no subsanó satisfactoriamente el íntegro de las observaciones formuladas por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos en el Informe Técnico N° 048-2021- ANA-DCERH/JEMSM.

MATERIA: Autorizacion de reuso de Aguas residuales  Tratadas 

SUB MATERIA: Renovación (o Prórroga) de Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Domésticas Tratadas.

MARCO NORMATIVO: Artículo 134° y 140° Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.
Artículo 27° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

365-2022

Sumilla

Se ha demostrado que la impugnante no subsanó de manera satisfactoria el íntegro de las observaciones formuladas por la Dirección para poder acceder a la renovación requerida, justificándose la decisión adoptada en la resolución apelada.

Marco normativo

Artículo 134° y 140° Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.
Artículo 27° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0629-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 176269-2021.

IMPUGNANTE: Abraham Pampa Condori, representante del Proyecto Minero AFC-4.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Abraham Pampa Condori, representante del Proyecto Minero AFC-4, contra la Resolución Directoral N° 135-2022-ANA-AAA.TIT, debido a que sus argumentos impugnatorios han sido desvirtuados.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Arrojar residuos solidos en cauces o cuerpos de aguas 

MARCO NORMATIVO: Artículo 254° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

318-2022

Sumilla

Valorando los medios de prueba que han sido presentados por el impugnante, se debe indicar que los mismos no determinan una orientación distinta a la que ha sido expuesta en los fundamentos.

Marco normativo

Artículo 254° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0628-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 174486-2021.

IMPUGNANTE: Luis Felipe Denegri Falconi.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Luis Felipe Denegri Falconi contra la Resolución Directoral Nº 0177-2022-ANA-AAA.CHCH, por haberse desvirtuado los argumentos del recurso de apelación.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 3 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

372-2022

Sumilla

Este Tribunal considera que el impugnante si ha obtenido un beneficio económico con la comisión de la infracción, al haberse ahorrado los gastos administrativos requeridos para la tramitación del procedimiento de autorización de ejecución de obras hidráulicas.

Marco normativo

Literal a) del numeral 3 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0627-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 112475-2021.

IMPUGNANTE: Minera Shuntur S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Minera Shuntur S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 0194-2022-ANA-AAA.H.CH, debido a que dicho acto administrativo se ha emitido conforme a Ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 81.1 del artículo 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

399-2021

Sumilla

Al haberse evidenciado que no existe la disponibilidad del recurso hídrico para atender la demanda solicitada, se determina que la decisión adoptada por la administración se encuentra debidamente sustentada técnica y legalmente, y no advirtiendo alguna vulneración al Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numeral 81.1 del artículo 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0626-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 54917-2021.

IMPUGNANTE: Yura S.A.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Yura S.A. contra la Resolución Directoral N° 0412- 2021-ANA-AAA.UV, por haberse desvirtuado los argumentos del recurso de apelación.

MATERIA: Delimitación de la Faja Marginal.

SUB MATERIA: Modificación de la Delimitación de la Faja Marginal.

MARCO NORMATIVO: Artículo 923° y 925° Código Civil.
Artículo 2° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

321-2022

Sumilla

No existe propiedad privada sobre las fajas marginales, ya que son bienes de dominio público hidráulico por lo que tiene la condición de inalienables e imprescriptibles y que el objetivo de su delimitación es contar con espacios necesarios para la protección, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca, caminos de vigilancia u otros servicios, delimitada de acuerdo con criterios técnicos.

Marco normativo

Artículo 923° y 925° Código Civil.
Artículo 2° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0625-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 14141-2022.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Alto Apurímac.

ÓRGANO: ALA Alto Apurímac - Velille.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Alto Apurímac contra la Resolución Administrativa N° 0011-2022-ANA-AAA.PA-ALA.VE, debido a que sus argumentos de impugnación han sido desvirtuados.

MATERIA: Tarifa de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Utilizacion de la Infraestructura Hidraulica Mayor y Menor 

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 de su artículo 15° de la Autoridad Nacional del Agua.
Artículo 93° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 187.1 del artículo 187° de su Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

315-2022

Sumilla

El impugnante no ha subsanado todas las observaciones solicitadas por la Autoridad, por tanto, 
correspondía que el valor de la tarifa por el uso de la infraestructura hidráulica menor se determine de oficio y que, además, la Administración Local de Agua determine de oficio el incremento de hasta el cinco por ciento (5%).

Marco normativo

Numeral 4 de su artículo 15° de la Autoridad Nacional del Agua.
Artículo 93° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 187.1 del artículo 187° de su Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0624-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 215079-2019.

SOLICITANTE: OAJ/Jefatura ANA.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara no haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral Nº 745-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por no encontrarse incursa en alguna de las causales de nulidad contempladas en el artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Acreditacion de disponibilidad hidrica 

MARCO NORMATIVO: Artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

196 – 2021

Sumilla

Corresponde precisar que el solicitante cumple con las condiciones establecidas en la Ley para el otorgamiento de la licencia de uso de agua superficial.

Marco normativo

Artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0623-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 123411-2021.

IMPUGNANTE: Ronald Calderón Cadillo.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Ronald Calderón Cadillo contra la Resolución Directoral N° 1242-2021-ANA-AAA.CO, por haberse emitido conforme a Ley.

MATERIA: Autorización de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Ejecucion de obras 

MARCO NORMATIVO : Artículo 30° de la Ley General de Aguas, promulgada mediante el Decreto Ley N° 17752.
Numeral 1 del artículo 3° y numerales 1.1 y 1.2 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

354-2022

Sumilla

No se ha identificado que la solicitud del impugnante tenga como finalidad obtener una autorización de uso de agua del río para realizar estudios o ejecutar obras, en tanto que el proyecto expuesto por el impugnante y materia de análisis, es de naturaleza agrícola porque tiene como finalidad el cultivo de uva, por lo cual tampoco cumple con la característica de que se trate de labores transitorias o especiales.

Marco normativo

Artículo 30° de la Ley General de Aguas, promulgada mediante el Decreto Ley N° 17752.
Numeral 1 del artículo 3° y numerales 1.1 y 1.2 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0622-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 72358-2021.

IMPUGNANTE: Balvino Vicente Mamani Huacan.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Balvino Vicente Mamani Huacan contra la Resolución Directoral Nº 0206-2022-ANA-AAA.CO, y, en consecuencia, nulo de manera parcial el referido pronunciamiento, respecto de la solicitud de autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, por haber sido emitido vulnerando el principio del debido procedimiento (en su manifestación del derecho de defensa) disponiéndose la reposición del procedimiento.

MATERIA: Licencia de uso de agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica

MARCO NORMATIVO: subnumeral 1.2, del numeral 1, del artículo IV del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

338-2022

Sumilla

La Autoridad no consideró ni valoró los argumentos y documentos presentados por el impugnante en el escrito de subsanación de observaciones señaladas en la Carta el cual fue presentado antes de que se emitiera la resolución apelada, vulnerándose con ello el debido procedimiento, en su manifestación del derecho de defensa.

Marco normativo

subnumeral 1.2, del numeral 1, del artículo IV del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor