R.TNRCH. Nº 0004-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 143508-2022

IMPUGNANTE: Segundo Santos Ramírez Alvarado

ORGANO:  ALA Motupe - Olmos - La Leche

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua

SUBMATERIA: Reconocimiento de Consejo Directivo 

SUMILLA: Se acepta el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el señor Segundo Santos Ramírez Alvarado contra la Carta N° 0443-2022-ANA-AAA.JZ-ALA.MOLL.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 201.2 del artículo 201º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Desistimiento

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

682 - 2022

Sumilla

Corresponde aceptar el desistimiento de un recurso administrativo debido a que el Tribunal no ha emitido una decisión final.

Marco normativo

Numeral 201.2 del artículo 201º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0003-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 57297-2021

IMPUGNANTE: Menorca Inversiones S.A.C.

ORGANO:  AAA Cañete-Fortaleza

MATERIA:  Licencia de uso de agua

SUBMATERIA:  Acreditación de disponibilidad hídrica

SUMILLA: Se acepta el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por Menorca Inversiones S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 0854-2022-ANA-AAA.CF, en consecuencia, queda firme dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 201.2 del artículo 201º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Desistimiento

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

648-2022

Sumilla

Corresponde aceptar el desistimiento de un recurso administrativo debido a que el Tribunal no ha emitido una decisión final.

Marco normativo

Numeral 201.2 del artículo 201º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0002-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 151006-2021

IMPUGNANTE: Adolfo Rojas Márquez

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica y Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico

SUMILLA: Se acepta el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el señor Adolfo Rojas Márquez, en representación del señor Víctor Obukhov contra la Resolución Directoral N° 0501-2022-ANA-AAA.CHCH, en consecuencia, queda firme dicho acto administrativo.


Se declara que carece de objeto pronunciarse respecto a la queja presentada por el señor Adolfo Rojas Márquez, en representación del señor Víctor Obukhov, contra la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, por haberse producido la sustracción de la materia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 126.3 del artículo 126 y numeral 201.2 del artículo 201º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aceptar Desistimiento

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

849-2022

Sumilla

Corresponde aceptar el desistimiento de un recurso administrativo debido a que el Tribunal no ha emitido una decisión final.


No procede la queja por defecto de tramitación, cuando la autoridad haya atendido el pedido del administrado.

Marco normativo

Numeral 126.3 del artículo 126 y numeral 201.2 del artículo 201º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0765-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 212789-2022.

SOLICITANTE: WSP Perú Consultoría S.A.

ÓRGANO: Dirección de Administración de Recursos Hídricos.

SUMILLA: Se declara que carece de objeto pronunciarse respecto a la queja presentada por la empresa WSP Perú Consultoría S.A. contra la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, por haberse producido la sustracción de la materia.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUB MATERIA: Queja por Defecto de Tramitación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto

 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

836-2022

Sumilla

La queja por defecto de tramitación tiene por finalidad impulsar el procedimiento o corregir irregularidades, pero, cuando la denuncia se basa en la demora del funcionario y el trámite ya culminó, se produce la sustracción de la materia en tanto no existe objeto sobre el cual pronunciarse.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0764-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 125547-2021.

SOLICITANTE: Candelaria Aedo Anampa.

ÓRGANO: AAA Pampas-Apurímac.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 850-2021-ANA-AAA.PA, solicitada por la señora Candelaria Aedo Anampa, por no haberse configurado ninguna de las causales de nulidad del acto administrativo previsto en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA:  Formalizacion de licencia de Uso de Agua   

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

458-2022

Sumilla

Se concluye que la resolución apelada que otorga la licencia de uso de agua agrarios a favor del administrado, ha sido emitida acorde con las disposiciones normativas, no existe mérito para declarar la nulidad.

Marco normativo

Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0763-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 127488-2021.

IMPUGNANTE: Constructora y Multiservicios Ranz S.A.C.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Constructora y Multiservicios Ranz S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 0254-2022-ANA-AAA.M, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

Se declara que carece de objeto pronunciarse respecto a la queja por defecto de tramitación presentada por Constructora y Multiservicios Ranz S.A.C contra la Autoridad Administrativa del Agua Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

612-2022

Sumilla

Por haberse demostrado la causalidad (nexo causal) entre el hecho infractor (conducta constitutiva de infracción) y el infractor, correspondía que la Administración imponga al impugnante una sanción administrativa por haberse acreditado su responsabilidad en los hechos constatados en la verificación técnica de campo, de manera que, la calificación de la infracción fue realizada de acuerdo con lo dispuesto en la norma siendo la multa impuesta una sanción administrativa que se encuentra dentro del rango mínimo para una infracción calificada como grave.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0762-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 2354-2022.

IMPUGNANTE: Sara Luz Salazar Salazar y Martha Elena Salazar Salazar.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por las señoras Sara Luz Salazar Salazar y Martha Elena Salazar Salazar contra la Resolución Directoral Nº 599-2022-ANA-AAA.CO, por haber sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Servidumbre de Agua 

SUB MATERIA: Extinción de Servidumbre de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 56º de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

742-2022

Sumilla

Se concluye que el acto administrativo emitido por el órgano desconcentrado de la Autoridad Nacional del Agua, se ha realizado respetando los actuados procedimentales y el principio del debido procedimiento.

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 56º de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0761-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 152290-2020.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico de Aguas Subterráneas - Clase A La Yarada.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico de Aguas Subterráneas - Clase A La Yarada, en aplicación del precedente de observancia obligatoria dispuesto en la Resolución N° 730-2017-ANA/TNRCH, mediante el cual se estableció que la delimitación de sectores y subsectores hidráulicos es potestad técnica de la Autoridad Nacional del Agua, la que se ejerce de oficio y no da lugar a actos impugnables.

MATERIA: Actualización de la Delimitación del Sector y Subsectores Hidráulicos.

SUB MATERIA: Delimitacion de faja marginal

MARCO NORMATIVO: Resolución N° 730-2017-ANA/TNRCH.
Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

441-2022

Sumilla

Atendiendo a que el recurso de apelación presentado por el impugnante se encuentra dirigida a cuestionar un acto administrativo no impugnable en el entendido que la delimitación de sectores y subsectores hidráulicos no está destinada a reconocer u otorgar derechos o intereses legítimos a los particulares, debido a que es una potestad técnica de la Autoridad Nacional del Agua de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento.

Marco normativo

Resolución N° 730-2017-ANA/TNRCH.
Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0770-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 178218-2021.

IMPUGNANTE: HS INMOBILIARIA S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se rectifica de oficio el error material advertido en la Resolución N° 0741-2022-ANA-TNRCH referido a la fecha de su emisión, la cual debe ser «15 de diciembre de 2022» en lugar de «15 de enero de 2022».

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA: Rectificación de Error Material.

MARCO NORMATIVO: artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Se rectifica 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

562-2022

Sumilla

La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo.

Marco normativo

artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0769-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 224459-2022.

SOLICITANTE: Yerson Ruffo Quispe Ortiz.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la queja por defecto de tramitación presentada por el señor Yerson Ruffo Quispe Ortiz contra la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra - Chincha, por haberse producido la sustracción de la materia.

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA: Queja por Defecto de Tramitación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto

 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

872-2022

Sumilla

La queja por defecto de tramitación tiene por finalidad impulsar el procedimiento o corregir irregularidades, pero, cuando la denuncia se basa en la demora del funcionario y el trámite ya culminó, se produce la sustracción de la materia en tanto no existe objeto sobre el cual pronunciarse.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor