R.TNRCH. Nº 0129-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 176295-2020.

IMPUGNANTE: Juana Sofía Pacohuanaco Roque.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Ausencia de agravio

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Juana Sofía Pacohuanaco Roque contra la Resolución Directoral N°543-2020-ANA/AAA.CO. por ausencia de agravio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 124º, articulo 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

546-2020

Sumilla

La apelación será declarada improcedente cuando el que recurre no expresa agravios respecto de la resolución impugnada.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 124º, articulo 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0024-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 121911-2020.

IMPUGNANTE: Rodrigo Moisés Ponce Chamorro.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:  Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización. Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Rodrigo Moisés Ponce Chamorro contra la Resolución Directoral N° 024-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA y, en consecuencia, nulo el referido acto administrativo. Asimismo, se dispone la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Rodrigo Moisés Ponce Chamorro mediante la Notificación N° 188-2019-ANA-AAA.CF-ALA. CHRL.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 1.11 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Fundado

Fecha de Resolución

Jueves, 21 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

440-2020

Sumilla

No existe certeza sobre los hechos respecto a los cuales se inicia el procedimiento administrativo sancionador, se deber verificar plenamente los hechos que sirven de motivo de sus decisiones para lo cual deberan adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la Ley.

Marco normativo

Numeral 1.11 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0144-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 152857-2020.

IMPUGNANTE: Construcción y Administración S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad de procedimiento administrativo sancionador

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la empresa Construcción y Administración S.A. a través de la Notificación Nº067-2017-ANA-AAA.CHCH-ALA.P en consecuencia se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto las Resoluciones Directorales Nº275-2020-ANA-AAA-CH.CH y Nº488-2020-ANA-AAA-CH.CH.

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

490-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0145-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 14060-2019.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo. 

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº068-2019 ANA-AAA-JZ-ALAMBP, por haberse determinado la existencia de la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y se declara improcedente la solicitud presentada por el señor José Silvestre Sullón Navarro sobre otorgamiento de la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

396-2020

Sumilla

Se advierte que el proyecto del administrado no califica como un proyecto de inversión pública, agrario o de saneamiento que beneficie "a una pluralidad de personas organizadas o entidades u organizaciones encargadas de brindar el servicio de suministro de agua", sino que se refiere a un proyecto agrícola a ser desarrollado en el predio del administrado para su beneficio particular.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0141-2021-ANA

Resumen

CUT N°:130421-2020.

IMPUGNANTE: ELECTROPERÚ S.A.

ÓRGANO: AAA Mantaro. 

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por ELECTROPERÚ S.A. contra la Resolución Directoral Nº 269-2020-ANA-AAA MANTARO, debido a que sus fundamentos impugnatorios han sido desvirtuados y se encuentra acreditada la comisión de la infracción establecida en el numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, concordada con el literal d del artículo 277º de su reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 279.3 del artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

471-2020

Sumilla

Los medios de prueba presentado por el impugnante, no determinan una orientación distinta a la que ha sido expuesta, ya que se encuentra acreditada la responsabilidad.

Marco normativo

Numeral 279.3 del artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0170-2021-ANA

Resumen

CUT N°:182035-2020.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directora/ Nº 1697-2018-ANA/AAA I C-O, debido a que no se configuran los supuestos de nulidad establecidos en los supuestos de nulidad de oficio contemplados en el artículo 213º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

588-2020

Sumilla

Se advierte que no corresponde evaluar, vía revisión de oficio, la validez de la resolución apelada debido a que tales aspectos fueron evaluados por la administración mediante sus Informes Técnicos, en los cuales se determinó que, por las caracteristicas de la obra, constituye una obra mínima de conformidad con lo descrito en el Reglamento.

Marco normativo

Artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0162-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 148217-2020.

IMPUGNANTE: Ubaldina Celia Coayla Fernández.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Ubaldina Celia Coayla Fernández contra la Resolución Directoral 852-2020-ANA/AAA.CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a) del artículo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

024-2021

Sumilla

Al haberse desarrollado el procedimiento respetando todas las etapas del procedimiento administrativo sancionador y el derecho de defensa de la impugnante, no se ha vulnerado el Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0139-2021-ANA

Resumen

CUT N°:213604-2019.

ÓRGANO: ALA Jequetepeque.

MATERIA: Revisión  de Oficio

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa Nº349-2019-ANA-AAA-V-JZ-ALA-J, por haber incurrido en la causal prevista en el numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del procedimiento administrativo conforme con el numeral 4.16 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

329-2020

Sumilla

Por no haberse producido la transferencia total del predio en el cual se destina el uso de agua, no correspondía que la administración local extinga y otorgue a favor del solicitante.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0161-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 148187-2020.

IMPUGNANTE: Juana Flora Fernández Cabana.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Juana Flora Fernández Cabana contra la Resolución Directoral 853-2020-ANA/AAA. CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a) del artículo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

011-2021

Sumilla

Al haberse desarrollado el procedimiento respetando todas las etapas del procedimiento administrativo sancionador y el derecho de defensa de la impugnante, no se ha vulnerado el Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0138-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 184348-2020.

SOLICITANTE: Municipalidad Provincial De Moho.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº108-2020-ANA-AAA.TIT, solicitada por la Municipalidad Provincial de Moho, por haberse emitido el referido acto administrativo conforme a ley. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

019-2021

Sumilla

Se considera que la resolución apelada se encuentra debidamente motivada y no adviertiéndose la existencia de ningún vicio, ni afectación del interés público o derechos fundamentales.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor