R.TNRCH. Nº 0823-2019-ANA
Resumen
CUT N°:193921-2018.
SOLICITANTE: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.
SUBMATERIA: Licencia de uso de agua subterránea
SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°2918-2017-ANA-AAA-JZ-V. debido a que dicho acto administrativo no incurrió en algún vicio de nulidad
MARCO NORMATIVO: Numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; Numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua aprobado por Resolución Jefatural N°007-2015-ANA
SENTIDO: NO HABER MERITO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No corresponde la nulidad de oficio por cuanto se cumple con demostrar que cuenta con la certificación ambiental del proyecto que debe ser presentada en el procedimiento para la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, el cual constituye un trámite previo al procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua
Marco normativo
Numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; Numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua aprobado por Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

