CUT: 252424-2023.
IMPUGNANTE: Gaby Rivera de Gomero.
ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUBMATERIA: Delimitación de faja marginal.
SUMILLA: Los canales son bienes de dominio público hidráulico, por lo que corresponde que la Autoridad Nacional del Agua delimite los caminos de vigilancia. Cualquier controversia sobre la propiedad no es de competencia del Tribunal.
MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 15° y literal f) del numeral 2 del artículo 6° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 4° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.
SENTIDO: No haber mérito.