R.TNRCH. Nº 0579-2025-ANA
Resumen
CUT: 128667-2024.
IMPUGNANTE: Álvaro Saavedra Armas..
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.
SUMILLA: La obstrucción de la faja marginal mientras se mantenga, constituye una infracción permanente, por lo que se descarta la aplicación retroactiva de la Ley de Recursos Hídricos.
MARCO NORMATIVO: Numeral 5) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338, concordante con el literal o) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos - Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023- 2014-MINAGRI.
SENTIDO: Infundado.
SANCION: 2.5 UIT – Grave.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La obstrucción de la faja marginal mientras se mantenga, constituye una infracción permanente, por lo que se descarta la aplicación retroactiva de la Ley de Recursos Hídricos.
Marco normativo
Numeral 5) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338, concordante con el literal o) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos - Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023- 2014-MINAGRI.