R.TNRCH. Nº 0054-2018-ANA
Resumen
CUT N°:175131-2016.
IMPUGNANTE: SEDAPAL.
ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.
MATERIA: Retribución Económica.
SUBMATERIA: Por el uso de agua
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de revisión interpuesto por SEDAPAL contra la Resolución Directoral N°871-2017-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, porque el citado acto administrativo se emitió conforme a Ley.
MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Numeral 176.2 del Artículo 176°, numeral 177.1 del Artículo 177°, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No se requiere la notificación del informe técnico que sustenta la determinacion del monto por retribución económica puesto que son documentos preparatorios que no necesitan ser comunicados.
Marco normativo
Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Numeral 176.2 del Artículo 176°, numeral 177.1 del Artículo 177°, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

