R.TNRCH. Nº 0035-2019-ANA

Resumen

CUT N°:185062-2018.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Por el uso del agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima  contra el acto administrativo contenido en la Carta  N°301-2018-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1301-2018

Sumilla

En consecuencia las retribuciones económicas por el uso del agua es el pago de forma obligatoria que debe abonarse al estado 

Marco normativo

Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0034-2019-ANA

Resumen

CUT N°:186063-2018.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Por el uso del agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima  contra el acto administrativo contenido en la Carta  N°220-2018-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1327-2018

Sumilla

En consecuencia las retribuciones económicas por el uso del agua es el pago de forma obligatoria que debe abonarse al estado 

Marco normativo

Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N° 26821

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0033-2019-ANA

Resumen

CUT N°:185225-2018.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Por el uso del agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima  contra el acto administrativo contenido en la Carta  N°267-2018-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1329-2018

Sumilla

el recurrente carece de fundamento al  pedido de anulación de recibo y se establece que el cobro de la retribución económica le
corresponde al Estado.

Marco normativo

Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0032-2019-ANA

Resumen

CUT N°:185773-2018.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Por el uso del agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima  contra el acto administrativo contenido en la Carta  N°283-2018-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1295-2018

Sumilla

En consecuencia las retribuciones económicas por el uso del agua es el pago de forma obligatoria que debe abonarse al estado 

Marco normativo

Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0031-2019-ANA

Resumen

CUT N°:185888-2018.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Por el uso del agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima  contra el acto administrativo contenido en la Carta  N°247-2018-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1399-2018

Sumilla

el recurrente carece de fundamento al  pedido de anulación de recibo y se establece que el cobro de la retribución económica le
corresponde al Estado.

Marco normativo

Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N° 26821

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0030-2019-ANA

Resumen

CUT N°:185883-2018.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Por el uso del agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima  contra el acto administrativo contenido en la Carta  N°354-2018-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1397-2018

Sumilla

En consecuencia las retribuciones económicas por el uso del agua es el pago de forma obligatoria que debe abonarse al estado. 

Marco normativo

Artículo 20° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N°26821

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0029-2019-ANA

Resumen

CUT N°:185326-2018.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Falta de Competencia

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima  contra el acto administrativo contenido en la Carta  N°228-2018-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 200°  de la Constitución Política del Perú 

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1345-2018

Sumilla

El cuestionamiento de los Decretos Supremos corresponden realizarlo por la Via de Acción Popular.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 200°  de la Constitución Política del Perú 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0027-2019-ANA

Resumen

CUT N°:177813-2018.

IMPUGNANTE: Empresa de Generación Eléctrica Arequipa S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: efectuar vertimiento sin autorización  

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Empresa de Generación Eléctrica Arequipa S.A.  contra la Resolución Directoral N°1499-2018-ANA-AAA I C-O de fecha 08.09.2018 por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Literal d)  del articulo 277º  Reglamento de la Ley  Nº29338. Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1198-2018

Sumilla

Se configura la infracción de vertimiento cuando no se cuenta con autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Literal d)  del articulo 277º  Reglamento de la Ley  Nº29338. Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0026-2019-ANA

Resumen

CUT N°:166225-2018.

IMPUGNANTE: Agrícola del Chira S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Improcedente por Extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Agrícola del Chira S.A.  contra la Resolución Directoral N°1814-2018-ANA-AAA-JZ-V, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Articulo 218° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N°27444 Ley del Procedimiento administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1168-2018

Sumilla

La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal.

Marco normativo

Articulo 218° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0025-2019-ANA

Resumen

CUT N°:99622-2018.

IMPUGNANTE: Facundo Mamaní Chullo.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Eximente de responsabilidad

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Facundo Mamaní Chullo contra la Resolución Directoral N°1453-2018-ANA/AAA I C-O, porque los argumentos planteados por el impugnante no desvirtúan la comisión de la infracción.

MARCO NORMATIVO: Articulo 109º de la Constitución Política del Perú

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1228-2018

Sumilla

La alegación de desconocimiento de la Ley  no configura la causal de eximente de responsabilidad.

Marco normativo

Articulo 109º de la Constitución Política del Perú

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor