R.TNRCH. Nº 0314-2019-ANA

Resumen

CUT N°:219588-2018.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Echarati.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad

SUMILLA: Se declara de ofício la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Municipalidad Distrital de Echarati a través de la Notificación N° 038-2018-ANA-AAA.UV-ALA.CV de fecha 07.02.2018 dejándose sin efecto la Resolución Directoral N°579-2018-ANA/AAA XII.UV, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento y artículo 259° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

126-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento y artículo 259° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD Nº 0299-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Establecer Responsabilidad en la Municipalidad Distrital de Curibaya e imponer sanción de 2,. UIT por "Construir obras permanentes en una fuente natural de agua (carretera asfaltada) sin la debida autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua"

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD Nº 0298-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Establecer Responsabilidad en José Raúl Barrios Sanchez e imponer sanción de 2,5 UIT por "Destinar agua a un predio destinado al autorizado, sin la autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua"

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0302-2019-ANA

Resumen

CUT N°:217966-2018.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: Se declara improcedente la solicitud de nulidad presentada por el señor Fermín Beltrán Ancajima Ipanaqué contra la Resolución Administrativa N°037-95-RENOM-DRA-ATDRCH-L, debido a que ha prescrito la facultad de este órgano colegiado para ejercer de ofício la potestad de la nulidad administrativa.

MARCO NORMATIVO: Artículo 110° del TUO de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, Decreto Supremo 002-94-JUS

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

049-2019

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un periodo de dos años desde que el acto quedó consentido, En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo.

Marco normativo

Artículo 110° del TUO de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, Decreto Supremo 002-94-JUS

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD Nº 0297-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Establecer Responsabilidad en Laura Pajuelo Jiménez de Chino e imponer sanción de 2,0 UIT por "Destinar agua a un predio distinto al autorizado, sin la autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua"

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD Nº 0297-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Establecer Responsabilidad en José Raúl Barrios Sanchez e imponer sanción de 2,5 UIT por "Destinar agua a un predio destinado al autorizado, sin la autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua"

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0296-2019-ANA

Resumen

CUT N°:192270-2018.

IMPUGNANTES: Corina Betzabe Torres Torres, Julia Bezabet García Torres

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por las señoras Corma Betzabe Torres Torres y Julia Bezabet García Torres contra la Resolución Directoral N° 2011-2018-ANA-AAA-CH.CH por haberse desvirtuado los argumentos del recurso de apelación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 2º, 3º y  6°  del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 01 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1496-2018

Sumilla

Para el otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización se debe acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua.

Marco normativo

Artículo 2º, 3º y  6°  del Decreto Supremo N" 007-2015-MINAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0286-2019-ANA-AAA.PA

Resumen

Delimitar en ambas márgenes la faja marginal del rio Pisquicocha en un tramo de 1.40 kilómetros, que se encuentra ubicado en el distrito de Livitaca , de la provincia de Chumbivilcas, de la región Cusco, entre las coordenadas UTM - (WGS-84) Zona 19 S ; 218 032.00 E - 8 409 082.00 N , 217 642 . 00 E - 8 410 300.00 N , con un ancho de 8.00 metros conforme se detalla en el artículo 4º de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0285-2019-ANA-AAA.PA

Resumen

Rectificar el error material incurrido en el artículo 5º de la Resolución Administrativa 0913-2010 - ANA-ALA-AND., de fecha 06 de setiembre del 2010, en el extremo que se ha consignado asignar a los Señores Pedro Marcelino Ccasa Cuevas y Felipa Cuevas Tomaylla, de la Comisión de Regantes Ñawinpampanza, de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Andahuaylas , un volumen de agua superficial de hasta 3639.23 metros cúbicos (MC) anuales ( ... ), cuando lo correcto es que debe decir, Asignar a los Señores Pedro Marcelino Ccasa Cuevas y Felipa Cuevas Tomaylla, un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 3639 . 23 metros cúbicos (MC) anuales

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua