RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°0207-2025-ANA-AAA.M-ALA-BS

Resumen

Formalización del uso de agua de categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE). * Acreditar la disponibilidad hídrica; *Acreditar las obras de aprovechamiento hídrico; * OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial con fines acuícolas a favor de LIUSDAN ALBERT KAKIAS DUIRE.

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°0206-2025-ANA-AAA.M-ALA-BS

Resumen

Formalización del uso de agua de categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE). * Acreditar la disponibilidad hídrica; *Acreditar las obras de aprovechamiento hídrico; *OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial con fines acuícolas a favor de NELSON WISUM AYUI.

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.D. N° 0459-2025-ANA-AAA.HCH

Resumen

SANCIONAR administrativamente a Raúl Agustín Cadillo Huaraz identificado con DNI N° 32044649, por incurrir en la infracción contenida en el numeral 6) del artículo 120 de la Ley N° 29338 de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338, establecen que constituye infracción: " ocupar (…) los cauces de agua sin la autorización correspondiente; en el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, “Construir (…), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua obra de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta o en la infraestructura hidráulica mayor publica”; y en el numeral 3° del artículo del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, La ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional, concordantes con el literal b) del artículo 277º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, referida ejecutar obras hidráulicas sin autorización de la ANA, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; por lo que la sanción a imponer es equivalente a DOS COMA SETENTAYCINCO (2,75) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS vigente a la fecha de pago, multa que deberá pagar en el plazo de quince (15) días de notificada con la presente resolución, en el Banco de La Nación, a la Cuenta Corriente Nº 0000-877174, cuya denominación es: ANAMultas; debiendo remitir el comprobante de pago efectuado a la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey Chicama.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Junio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0643-2025-ANA

Resumen

CUT: 162310-2024.

IMPUGNANTE: Incot S.A.C. Contratistas Generales.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Autorización de uso de agua.

SUBMATERIA: Ejecución de obras.

SUMILLA: No corresponde exigir la presentación de un IGAPRO cuando el sector ha determinado que la obra para la cual se solicita la autorización de uso de agua requiere únicamente de la elaboración del Formato de Acciones.

MARCO NORMATIVO: Artículo 2° del TUO de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 094-2018-PCM, artículos 8° y 10° de las Disposiciones para la implementación de los numerales 8.7 y 8.8 del artículo 8 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 015-2018-MINAM y el artículo 33° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1346-2024.

Sumilla

No corresponde exigir la presentación de un IGAPRO cuando el sector ha determinado que la obra para la cual se solicita la autorización de uso de agua requiere únicamente de la elaboración del Formato de Acciones.

Marco normativo

Artículo 2° del TUO de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 094-2018-PCM, artículos 8° y 10° de las Disposiciones para la implementación de los numerales 8.7 y 8.8 del artículo 8 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 015-2018-MINAM y el artículo 33° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°0205-2025-ANA-AAA.M-ALA-BS

Resumen

Formalización del uso de agua de categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE). * Acreditar la disponibilidad hídrica; *Acreditar las obras de aprovechamiento hídrico; * OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial con fines acuícolas a favor de DIOGENES KUJA KASEN.

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.D. N° 0458-2025-ANA-AAA.HCH

Resumen

ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador seguido contra la empresa T&V CONSTRUCTORES y PROVEEDORES S.A.C., por haberse vulnerado el Principio de Causalidad, al no haberse demostrado eficientemente como el administrado capta el agua del cauce del rio culebras y sea el responsable de la construcción de la poza en dicho cauce, según los fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Junio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°0204-2025-ANA-AAA.M-ALA-BS

Resumen

Formalización del uso de agua de categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE). * Acreditar la disponibilidad hídrica; *Acreditar las obras de aprovechamiento hídrico; * OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial con fines acuícolas a favor de FELIPE UMPUNCHIG SHUVI.

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°0203-2025-ANA-AAA.M-ALA-BS

Resumen

Formalización del uso de agua de categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE). * Acreditar la disponibilidad hídrica; *Acreditar las obras de aprovechamiento hídrico; * OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial con fines acuícolas a favor de ISAI KASEN PAATI.

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 0642-2025-ANA

Resumen

CUT: 7838-2023.

IMPUGNANTE: Asesoría, Diseño y Construcción Contratistas Generales S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.

SUMILLA: No puede haber retroactividad cuando la norma es la misma desde la ocurrencia del hecho hasta la actualidad.

MARCO NORMATIVO: El numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° del Reglamento de referida Ley.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 2.1 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

665-2024.

Sumilla

No puede haber retroactividad cuando la norma es la misma desde la ocurrencia del hecho hasta la actualidad.

Marco normativo

El numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° del Reglamento de referida Ley.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°0202-2025-ANA-AAA.M-ALA-BS

Resumen

Formalización del uso de agua de categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE). * Acreditar la disponibilidad hídrica; *Acreditar las obras de aprovechamiento hídrico; *OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial con fines acuícolas a favor de ELOISA PAATI ANTUNCE.

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Mayo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua