RD Nº 0385-2025-ANA-AAA.CO
Resumen
Establecer la responsabilidad administrativa del señor Felipe Ale Tellería, e imponerle sanción de multa de 2 (dos) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de cancelación; por la conducta tipificadas como infracción administrativa , el numeral 1 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal “a” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2010- AG, por usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua en el predio de U.C. N° 07311 con un área bajo riego de 25.70 ha. aprox. y de U.C. N° 07312 con un área bajo riego de 2.40 ha del acuífero del valle de rio Caplina mediante el pozo de agua subterránea IRHS056. Las mismas que deben de ser canceladas, por los infractores en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Caplina Locumba, dentro del tercer día de efectuado el mismo.