CUT N°:47969-2018.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
MATERIA: Revisión de Oficio.
SUBMATERIA: Revisión de oficio
SUMILLA: Se declara no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N°371-2018-ANA-AAA.JZ-ALA CHL. Asimismo, se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°919-2018-ANA-AAA JZ-V, al haberse determinado que fue emitida incurriendo en las causales de nulidad previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Finalmente se extingue la licencia de uso de agua superficial otorgada a favor de Orazul Energy Perú S.A. mediante la Resolución Administrativa N°371-2018-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL y se otorga una licencia de uso de agua a favor de la empresa Orazul Energy Egenor S. en C. por A., bajo las mismas condiciones técnicas descritas en la Resolución Administrativa N°371-2018-ANA-AAA.JZ-ALA-CHL.
MARCO NORMATIVO: Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N°022-2016-MINAGRI y Numeral 2.2 del Artículo 2° de la Resolución Jefatural N°021-2017-ANA y Numeral 1. y Numeral 2. del Artículo 10° Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
SENTIDO: NO HABER MERITO / NULIDAD / EXTINGUIR / OTORGAR