R.TNRCH. Nº 0725-2019-ANA
Resumen
CUT N°:11010-2019.
SOLICITANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Tacna.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Notificación
SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°2795-2017-ANA/AAA I C-O y de la Resolución Directoral N°3521-2017-ANA/AAA I C-O solicitada por la Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Tacna, porque dichas resoluciones han sido emitidas conforme a Ley.
MARCO NORMATIVO: El artículo 10° y numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
SENTIDO: NO HABER MERITO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No cabe declarar la nulidad de oficio por supuesta falta de notificación cuando se notifica válidamente a la entidad que es sujeto del procedimiento no vulnerándose el derecho de defensa
Marco normativo
El artículo 10° y numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General